La Audiencia Nacional ve excesivos los servicios m¨ªnimos que fij¨® Air Europa
La sentencia da la raz¨®n a Sepla, que denunci¨® que en la huelga de septiembre se lleg¨® a exigir el 100% de los servicios a los trabajadores en algunas rutas
La Audiencia Nacional ha estimado el recurso presentado por el sindicato de pilotos Sepla contra la resoluci¨®n del Ministerio de Fomento en la que se defin¨ªan los servicios m¨ªnimos en la huelga de Air Europa al considerar que ¨¦stos fueron "desproporcionados" y no estuvieron plenamente justificados. Seg¨²n la sentencia, la Audiencia Nacional entiende que "la extensi¨®n de los servicios m¨ªnimos no resulta plenamente justificada y puede considerarse desproporcionada en particular cuando se fija en el 100%, no se diferencia en relaci¨®n con posibilidades alternativas, o se incluyen los vuelos que coinciden, siquiera m¨ªnimamente, con la jornada huelgu¨ªstica".
En este sentido, subraya que la determinaci¨®n concreta de los servicios m¨ªnimos que realiz¨® el ministerio imped¨ªa conocer "por qu¨¦ los servicios m¨ªnimos quedaban establecidos en esta precisa cifra y no en una distinta". Estos servicios m¨ªnimos, a?ade, resultan adem¨¢s claramente desproporcionados en los casos en que se establece para toda la totalidad de los servicios, al privar de toda incidencia a la huelga convocada.
De acuerdo con la jurisprudencia reflejada en la sentencia, se debe exigir que la fijaci¨®n de estos servicios se base en criterios objetivos puesto que "la causalizaci¨®n o motivaci¨®n de los servicios esenciales y m¨ªnimos" suponen l¨ªmites al ejercicio de un derecho fundamental como es el de la huelga. Asimismo, sostiene que la fijaci¨®n de estos servicios por parte de la Administraci¨®n P¨²blica est¨¢ condicionada por el presupuesto de que los servicios esenciales no son da?ados o puestos en peligros por una huelga, por la proporcionalidad entre la huelga y la restricci¨®n prevista, por el principio de proporcionalidad cuantitativa y por los requisitos de neutralidad e imparcialidad.
Adem¨¢s, el juez lamenta que el abogado del Estado haya aludido a que la huelga coincidi¨® con la temporada de verano cuando se convoc¨® a partir del 22 de septiembre de 2011 y que "en su parquedad" no haya ofrecido ning¨²n argumento "de relieve" que preste una atenci¨®n concreta a la naturaleza indefinida de la huelga convocada por la aerol¨ªnea.
Hasta el 100% de servicios m¨ªnimos
En la orden de Fomento se obligaba a los pilotos a realizar el 100 % de los servicios m¨ªnimos en los vuelos transoce¨¢nicos y en los que conectan la pen¨ªnsula con cualquiera de los archipi¨¦lagos, as¨ª como a un 50 % para los vuelos entre dos ciudades espa?olas o entre Espa?a y otra ciudad a menos de seis horas de vuelo de distancia.
Tras conocerse la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, y contra la que cabe recurso, el Sepla ha mostrado su satisfacci¨®n y conf¨ªa en que siente un precedente de manera que la Administraci¨®n valore "m¨¢s a conciencia" lo que se debe considerar como servicio m¨ªnimo.
Por ello, insiste en que "no cabe que se establezcan servicios m¨ªnimos del 100 %, que parecen responder m¨¢s a los intereses empresariales que a una verdadera voluntad de garantizar la movilidad de los ciudadanos".
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