Los entes y organismos p¨²blicos pueden hacer despidos colectivos desde hoy
Seg¨²n el real decreto ley 1483/2012, que public¨® ayer el Bolet¨ªn Oficial del Estado (BOE), los funcionarios quedan excluidos de los despidos colectivos, mientras que el personal laboral fijo que hubiera adquirido esa condici¨®n a trav¨¦s de un proceso tendr¨¢n "prioridad de permanencia" para seguir en su puesto.
Las regulaciones de empleo aplicables en las administraciones p¨²blicas podr¨¢n justificarse en causas econ¨®micas, t¨¦cnicas, organizativas o de producci¨®n, tal y como est¨¢n previstas en el sector privado.
Se entender¨¢ por causas econ¨®micas una "insuficiencia presupuestaria sobrevenida y persistente para la financiaci¨®n de los servicios p¨²blicos correspondientes".
A esta situaci¨®n se puede llegar por dos v¨ªas: porque en el ejercicio anterior la administraci¨®n p¨²blica en la que se integra el departamento afectado hubiera presentado una situaci¨®n de d¨¦ficit presupuestario y porque los cr¨¦ditos, transferencias o aportaciones patrimoniales se hayan minorado en 5 % en el ejercicio corriente o un 7 % en los dos anteriores.
En el borrador que el Gobierno envi¨® a los sindicatos en verano la reducci¨®n en el presupuesto era del 10 %, con lo que ahora, al bajarlo al 5 %, las administraciones tienen m¨¢s f¨¢cil acogerse a ese requisito para reducir sus plantillas.
La indemnizaci¨®n del despido por causas econ¨®micas es de 20 d¨ªas por a?o trabajado, con un tope de doce mensualidades, lo que supone igualarla a la del sector privado.
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