Los bancos tendr¨¢n que informar a los clientes sobre gastos poco habituales
La propuesta de C¨®digo Mercantil delimita responsabilidades en robos o fraudes
La banca tendr¨¢ la obligaci¨®n de ponerse en contacto inmediatamente con sus clientes cuando los gastos cargados a sus tarjetas de cr¨¦dito se salgan del patr¨®n habitual, seg¨²n consta en la propuesta de nuevo C¨®digo Mercantil elaborado por un grupo de 60 expertos y presentado recientemente por el Ministerio de Justicia.
El nuevo C¨®digo busca regular el uso de tarjetas en ¨¢reas que hasta ahora se reg¨ªan por lo establecido en contratos, o por el criterio de cada entidad. Y dedica un cap¨ªtulo al asunto, en el que incluye la obligaci¨®n de los bancos de ¡°comunicar sin demora al titular de la tarjeta todas aquellas operaciones cuyo importe o frecuencia excedan de lo que determina el historial habitual del cliente¡±.
Estas operaciones podr¨ªan servir de indicio de que la tarjeta en cuesti¨®n ha sido objeto de robo o fraude. Si el banco no avisa, seg¨²n la redacci¨®n de la propuesta de reforma del C¨®digo Mercantil, tendr¨ªa que asumir los gastos irregulares en caso de fraude. ¡°Si el banco no avisase al cliente al detectar en su cuenta operaciones cuyo importe o frecuencia excedan lo habitual, estar¨ªamos ante el incumplimiento de una obligaci¨®n del contrato y podr¨ªa generar la obligaci¨®n de indemnizar. Pero, al no haber mayor concreci¨®n, ser¨¢ la jurisprudencia que vayan sentando los tribunales la que determine los l¨ªmites de la responsabilidad de las entidades¡±, explican fuentes de la Comisi¨®n de Codificaci¨®n que ha elaborado el documento.
No obstante, las mismas fuentes a?aden que en la redacci¨®n de este supuesto se ha tenido en cuenta la legislaci¨®n y jurisprudencia marcada en otros pa¨ªses del entorno.
El gasto con tarjetas, a la baja
Los indicios de recuperaci¨®n no llegan a uno de los grandes bar¨®metros del consumo: las tarjetas de cr¨¦dito o d¨¦bito. El importe de las operaciones realizadas en el primer trimestre del a?o se contrajo un 3,12% frente al mismo periodo del a?o pasado. Esta ca¨ªda es similar a la del ¨²ltimo trimestre de 2012 y sit¨²an estos seis meses en los m¨¢s negativos de este indicador desde la recesi¨®n de 2009.
La ca¨ªda del uso de tarjeta muestra el empeoramiento del clima econ¨®mico de 2012 y el arranque de 2013, seg¨²n los datos del Banco de Espa?a. Baja en mayor proporci¨®n el importe de las transacciones que
No es la misma conclusi¨®n que se saca en las retiradas de efectivo de cajeros autom¨¢ticos. Los usuarios sacaron menos dinero en el primer trimestre (24.748 millones, un 3,66% menos), pero a¨²n rebajaron m¨¢s las visitas que hacen a las m¨¢quinas: 209.280, un 6,18% menos.
El n¨²mero de las tarjetas de circulaci¨®n en Espa?a tambi¨¦n ha remitido desde 2009. En el primer trimestre hab¨ªa 68,17 millones, el volumen m¨¢s bajo desde 2005. El proceso de concentraci¨®n del sector financiero y la mayor sofisticaci¨®n de los sistemas de pago son dos causas que explican esta ca¨ªda, junto con la decisi¨®n de algunos clientes de reducir el n¨²mero de tarjetas para ahorrar.
Muchas entidades ya informan a sus clientes en casos similares, ya sea por mensaje de texto al m¨®vil u otros tipos de comunicaciones. Albert Figueras, director de medios de pagos del Banco Sabadell, explica que su entidad, y otras, comunican operaciones sospechosas, como ¡°un gasto o una retirada de efectivo de un cajero que se haga en dos pa¨ªses o dos ciudades diferentes con poco espacio de tiempo, o una transacci¨®n muy importante, fuera de lo habitual. Ah¨ª compruebas con el usuario porque puede ser correcto, pero tambi¨¦n indicio de problemas¡±.
La propuesta de la Comisi¨®n de Codificaci¨®n, que trabajan desde 2006 en la reforma del C¨®digo vigente (data de 1885), tiene que ser refrendada a¨²n por el Gobierno, cuyo borrador no se conocer¨¢ hasta final de a?o.
¡°El C¨®digo lo que hace es poner orden en aspectos en los que hab¨ªa un vac¨ªo¡±, a?ade Figueras. Aclara, por ejemplo, lo que ocurre en caso de robo o extrav¨ªo.¡°La utilizaci¨®n no autorizada de la tarjeta por un tercero no producir¨¢ efecto alguno desde que se hubiera comunicado la p¨¦rdida o la sustracci¨®n al emisor en la forma establecida en el contrato. La prueba de que la comunicaci¨®n se ha efectuado corresponde al titular de la tarjeta¡±, se?ala el art¨ªculo 673-5. Sin embargo, advierte que ¡°antes de la comunicaci¨®n el contratante soportar¨¢ las consecuencias del uso no autorizado conforme a lo dispuesto en la legislaci¨®n sobre servicios de pago".
Las entidades tendr¨¢n la obligaci¨®n de remitir al titular de la tarjeta ¡°un resumen detallado de las operaciones realizadas, en el que se har¨¢ constar la fecha y el importe de cada operaci¨®n, as¨ª como la identidad del empresario o de la entidad asociada en que se hubiere realizado, la fecha de remisi¨®n del resumen y, si la tarjeta fuera de cr¨¦dito, la fecha de vencimiento de la obligaci¨®n de pago¡±. El usuario podr¨¢ impugnar cualquier operaci¨®n en el plazo de un mes siguiente desde la fecha de recepci¨®n del citado resumen. Entonces el banco dispondr¨¢ de 15 d¨ªas para, o bien rectificar el error, o bien para ¡°explicar en lenguaje comprensible¡± la liquidaci¨®n impugnada, con copia de los comprobantes o fundamentos de la operaci¨®n cuestionada.
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