Los accionistas deber¨¢n aprobar las grandes operaciones en las cotizadas
El Consejo de Ministros da luz verde al anteproyecto de ley de buen gobierno en las empresas
Las grandes operaciones en las cotizadas, como compras o fusiones, deber¨¢n recibir luz verde de la junta de accionistas si supone m¨¢s del 25% de sus activos en balance. Es una de las medidas incluidas en la ley sobre normas para el buen gobierno en las empresas que prepara el Ejecutivo, y a cuyo Anteproyecto de Ley ha dado este viernes luz verde el Consejo de Ministros. El Gobierno asume as¨ª los cambios propuestos por el comit¨¦ de expertos, al que le encarg¨® la elaboraci¨®n del proyecto. Entre otras novedades, la entrada en vigor de la ley supondr¨¢ dar m¨¢s poder a los accionistas a la hora de aprobar las subidas salariales y el nombramiento de los consejeros no durar¨¢ seis a?os, sino cuatro, periodo tras el cual deber¨¢ ser renovado.
Al anteproyecto de ley todav¨ªa le queda cierto recorrido, ya que, tras el visto bueno del Ejecutivo, deber¨¢ ahora someterse al tr¨¢mite de audiencia p¨²blica, para su vuelta posterior al Consejo de Ministros y el inicio de la tramitaci¨®n parlamentaria. Incorpora muchas de las ideas que recomend¨® la comisi¨®n de expertos, creada el 10 de mayo de 2013, para elaborar un estudio sobre las mejores pr¨¢cticas en materia de gobierno corporativo e impulsar las iniciativas al respecto.
Entre las novedades, destaca la atribuci¨®n a la junta de "decisi¨®n sobre operaciones esenciales (aquellas en las que el volumen de la operaci¨®n supere el 25% del total de activos del balance)". Adem¨¢s, se reduce del 5% al 3% el capital social necesario para ejercer los derechos de minor¨ªa. Se reduce el n¨²mero m¨¢ximo de acciones que se podr¨ªan exigir para poder asistir a la junta desde el 1 por 1.000 a 1.000 acciones. Tambi¨¦n se establece que las asociaciones de accionistas deber¨¢n inscribirse en un registro especial en la CNMV y el cumplimiento de una serie de obligaciones contables y de informaci¨®n.
Cuando el cargo de presidente y consejero ejecutivo recaigan en una misma persona, el nombramiento del presidente del consejo requerir¨¢ el voto favorable de los dos tercios de los miembros del consejo. Adem¨¢s, se deber¨¢ nombrar entre los independientes un consejero coordinador (lead independent director) al que se faculta para solicitar la convocatoria del consejo, ampliar el orden del d¨ªa, coordinar a los consejeros no ejecutivos y dirigir la evaluaci¨®n del presidente. El consejo de administraci¨®n deber¨¢ adem¨¢s realizar una evaluaci¨®n anual de su funcionamiento y el de sus comisiones. Y los cargos de consejeros tendr¨¢n un periodo m¨¢ximo de cada nombramiento no exceda de 4 a?os, frente a los 6 actuales.
M¨¢s control sobre los sueldos
Buna parte de los cambios de la ley estar¨¢n vinculados a las retribuciones de la c¨²pula de la compa?¨ªa. "La remuneraci¨®n de los administradores deber¨¢ ser razonable, acorde con la situaci¨®n econ¨®mica de la sociedad y con las funciones y responsabilidades que les sean atribuidas y el sistema de remuneraci¨®n deber¨¢ estar orientado a promover la rentabilidad y sostenibilidad de la sociedad en el largo plazo", se?ala Econom¨ªa. La ley exigir¨¢ adem¨¢s que "se firme un contrato con el consejero, que incluir¨¢ los distintos conceptos retributivos. Se aprobar¨¢ por una mayor¨ªa cualificada del consejo y la abstenci¨®n de los interesados".
Adem¨¢s, la pol¨ªtica de retribuciones deber¨¢ ser aprobada por la junta (voto vinculante), previo informe de la comisi¨®n de nombramientos y retribuciones, al menos cada tres a?os. Los sueldos no podr¨¢n cambiarse sin la aprobaci¨®n de la junta y el informe debe ser exhaustivo, e incluir la parte fija y variable de los salarios, as¨ª como las primas o las indemnizaciones. Si la junta no da el visto bueno al informe salarial, "en caso de voto negativo, deber¨¢ realizarse una nueva propuesta de pol¨ªtica de remuneraciones".
En la norma tambi¨¦n se ampl¨ªa el alcance de las sanciones, "m¨¢s all¨¢ del resarcimiento del da?o causado, incluyendo la devoluci¨®n del enriquecimiento injusto", explica en un comunicado el Ministerio de Econom¨ªa. Se facilita la interposici¨®n de la acci¨®n social de responsabilidad al reducir la participaci¨®n necesaria (del 5 al 3% en cotizadas) y permitiendo su interposici¨®n directa (sin esperar a la junta) en caso de infracci¨®n del deber de lealtad.
Las modificaciones de esta norma inciden sobre todo en las sociedades cotizadas, aunque tambi¨¦n incluye novedades relacionadas con todo tipo de sociedades. En este sentido, por ejemplo, la norma establece que "se deber¨¢n votar separadamente las propuestas de acuerdo para aquellos asuntos que sean sustancialmente independientes", se propone extender a todas las empresas la prohibici¨®n de voto del socio que resulte beneficiado en determinados casos muy claros de conflicto de inter¨¦s y se exige al menos el 1% del capital para poder ejercer la acci¨®n de impugnaci¨®n, cuyo plazo se ampl¨ªa de 40 d¨ªas a un a?o.
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