La Justicia europea confirma la decisi¨®n contra Telef¨®nica por r¨¦gimen fiscal
El Tribunal General de la Uni¨®n Europea (TJUE) desestim¨® hoy por ileg¨ªtimo el recurso de casaci¨®n interpuesto por Telef¨®nica contra la decisi¨®n de devolver las ventajas fiscales incluidas en el impuesto de sociedades de Espa?a.
Como ya ocurri¨® en la ¨²ltima decisi¨®n del tribunal de abril de 2012, los jueces de Luxemburgo han considerado que Telef¨®nica carece de legitimidad activa para interponer el recurso de casaci¨®n, pues contesta a una decisi¨®n dirigida a Espa?a y no a la compa?¨ªa.
El derecho comunitario solo prev¨¦ el recurso si se demuestra que la persona f¨ªsica o jur¨ªdica esta afectada individualmente por la decisi¨®n o porque quiera contestar a un acto reglamentario que no incluya medidas de ejecuci¨®n si dicho acto le afecta.
La sentencia del TJUE asegura que "Telef¨®nica no se encontraba cubierta por ninguno de esos supuestos".
El caso se remonta a 2007, cuando la Comisi¨®n Europea (CE) inici¨® un procedimiento de investigaci¨®n formal sobre la ley espa?ola del impuesto sobre sociedades.
Esta norma inclu¨ªa ventajas fiscales que permit¨ªan a las empresas espa?olas amortizar el fondo de comercio por la compra de participaciones en empresas extranjeras.
En 2009, el Ejecutivo comunitario declar¨® incompatible con el mercado ¨²nico el r¨¦gimen espa?ol cuando ¨¦ste se aplicaba a adquisiciones de participaciones en empresas establecidas en la UE, y orden¨® a Espa?a la recuperaci¨®n de dichas ventajas fiscales.
No obstante, la Comisi¨®n permiti¨® que el r¨¦gimen controvertido se pudiese aplicar a las adquisiciones de participaciones realizadas antes del 21 de diciembre de 2007, fecha de publicaci¨®n en el Diario Oficial de la Uni¨®n Europea de la decisi¨®n formal.
El BBVA, Telef¨®nica, Ebro Foods y Modelo Continente Hipermercados solicitaron que el Tribunal General anulase esta decisi¨®n, a alegar que se ve¨ªan "individualmente afectados" por la misma.
La Corte de Luxemburgo recuerda ahora que el derecho europeo s¨®lo contempla aquellos recursos de anulaci¨®n presentados por personas f¨ªsicas o jur¨ªdicas contra los actos "de los que sean destinataria o que la afecten directa e individualmente".
En este caso, el Tribunal consider¨® ya en 2009 que la decisi¨®n impugnada no se dirigi¨® ni a BBVA, ni a Telef¨®nica, ni a Ebro Foods ni a Modelo Continente Hipermercados.
La Corte de Luxemburgo declar¨® inadmisibles los recursos de las citadas empresas espa?olas, al concluir que ¨¦stas no han demostrado que se vieran "individualmente afectadas" por la devoluci¨®n de las ventajas fiscales ordenada por el Ejecutivo comunitario.
Telef¨®nica present¨® entonces un nuevo recurso que fue ya desestimado en 2012 y que ahora, en casaci¨®n, la ¨²ltima instancia, se confirma definitivamente.
"Telef¨®nica no tiene legitimaci¨®n activa para presentar un recurso directamente ante el Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea contra la decisi¨®n de la Comisi¨®n", se?alaron hoy los jueces.
El Tribunal General de la UE no se entromete, sin embargo, en el derecho que podr¨ªa ejercer Telef¨®nica de acudir a la justicia espa?ola.
"(Telef¨®nica) puede en su caso recurrir ante la justicia espa?ola en su caso todas las medidas nacionales de ejecuci¨®n que la decisi¨®n comporte", se?ala la sentencia.
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