Clifford Chance considera que los cambios en las concesiones favorecen al Estado frente a los bancos
El despacho de abogados Clifford Chance considera que los recientes cambios aprobados sobre la responsabilidad patrimonial de la Administraci¨®n (RPA) en las autopistas de peaje otorga al Estado preferencia de cobro frente a terceros, entre ellos bancos, y aleja la posibilidad de un acuerdo.
Esta actuaci¨®n por parte de la Administraci¨®n, se?ala el despacho, podr¨¢ ser impugnada por la v¨ªa administrativa o contenciosa aunque, salvo que se acuerde su suspensi¨®n, de momento producir¨¢ sus efectos, lamentan en un comunicado.
El pasado viernes, el Gobierno reconoci¨® al Estado la posibilidad de minorar la responsabilidad patrimonial de la Administraci¨®n (RPA) en aquellos supuestos en los que el Estado se vea obligado a hacerse cargo del pago de las expropiaciones de las autopistas de peaje por el impago de la concesionaria en concurso.
Sin embargo, el despacho considera que el efecto pr¨¢ctico de esta reforma es que la Administraci¨®n se adelanta a otros acreedores a la hora de recuperar los importes satisfechos por justiprecios en vez de cobrar en funci¨®n del rango que le corresponda como acreedor en el concurso de acreedores de las autopistas de peaje.
Esto, se?alan, afecta a otros titulares de cr¨¦ditos ordinarios, entre ellos las entidades financieras acreedoras de la concesionaria de la autopista y los acreedores comerciales.
Asimismo, el bufete responde al Ministerio de Fomento en que esta reforma no puede justificarse en el hecho de no abonar dos veces el pago de la expropiaci¨®n por parte del Estado, ya que en la pr¨¢ctica no existe la posibilidad de que el mismo acabe asumiendo en dos ocasiones este pago.
En este contexto, Clifford Chance entiende que en el caso de que la norma sea objeto de un recurso de inconstitucionalidad, ¨¦sta solo podr¨¢ ser enjuiciada por el Tribunal Constitucional a trav¨¦s de una cuesti¨®n de inconstitucional si se diese el caso.
Al tratarse de una norma con rango de ley, el despacho asegura que se ha alterado el orden concursal de pago de los cr¨¦ditos otorgando a la Administraci¨®n privilegios de cara al cobro.
Ello, a?ade, altera el r¨¦gimen jur¨ªdico de la concesi¨®n y afecta a los derechos adquiridos por la concesionaria y por terceros de manera retroactiva.
Por ello, advierte de que esta actuaci¨®n del legislador "parece descartar" la posibilidad de una negociaci¨®n entre las partes afectadas, que se hab¨ªa venido debatiendo desde hace meses, como medio de dar viabilidad a las concesionarias en situaci¨®n de concurso.
El sobrecoste de las expropiaciones, la p¨¦rdida de poder adquisitivo de los ciudadanos y la existencia -en muchas ocasiones- de carreteras gratuitas que cubren el mismo trayecto, ha llevado a varias autopistas de peaje al concurso de acreedores.
Es el caso de las cuatro autopistas radiales de Madrid proyectadas durante el Gobierno de Jos¨¦ Mar¨ªa Aznar (R-2, R-3, R-4 y R-5), del Eje Aeropuerto; de la AP-41, que conecta Madrid y Toledo; la AP-36, que discurre entre Oca?a (Toledo) y La Roda (Albacete); y la Cartagena (Murcia) y Vera (Almer¨ªa).
Fomento negocia desde hace tiempo con constructoras, concesionarias y entidades financieras la creaci¨®n de una entidad similar a la extinta Empresa Nacional de Autopistas (ENA).
Inicialmente, el valor residual de estas concesiones estaba previsto que representase el 20 % del capital de la empresa, en tanto que el 80 % restante ser¨¢ controlado por la Sociedad Estatal de Infraestructuras de Transporte Terrestre (Seittsa).
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