Hacienda excluye definitivamente a los jugadores extranjeros de la ¡®ley Beckham¡¯
Los deportistas profesionales que ganen menos de 600.000 euros dejar¨¢n de tributar al 24%
La conocida como ley Beckham, por el jugador ingl¨¦s que fich¨® el Real Madrid, ha dejado definitivamente fuera a los deportistas profesionales. La reforma fiscal que presenta estos d¨ªas, por cap¨ªtulos, el Ministerio de Hacienda, modifica la reforma de esta ley que hicieron los socialistas en 2010 para limitar las enormes ventajas fiscales que se otorgaban a los impatriados. Pero, sobre todo, establece una excepci¨®n significativa: excluye de este r¨¦gimen en favor de los trabajadores desplazados, "la relaci¨®n laboral especial de los deportistas profesionales".?
Hasta la reforma de 2010, los jugadores extranjeros de f¨²tbol eran los principales beneficiados de un r¨¦gimen fiscal aprobado en 2005 y dise?ado en teor¨ªa para atraer trabajadores cualificados en otras ¨¢reas, como la ciencia. Gracias a este r¨¦gimen, que dio a los clubes espa?oles una enorme ventaja en los fichajes, los gal¨¢cticos tributaban en el impuesto de la renta por todo lo que cobraban al a?o de rendimientos del trabajo como mileuristas: al tipo m¨ªnimo del 24%.
En 2010, este tipo fiscal tan ventajoso se limit¨® a los trabajadores extranjeros (incluidos futbolistas) que cobrasen menos de 600.000 euros al a?o. Con rentas superiores, se empez¨® a aplicar la escala habitual, con un tipo del 43% a partir de los 120.000 euros. Eso s¨ª, la reforma no afect¨® a los jugadores ni otros trabajadores extranjeros que ya disfrutaban de la ventaja de tributar al 24%.
La nueva vuelta de tuerca del Gobierno del PP excluye a los deportistas profesionales extranjeros de este r¨¦gimen fiscal. Es decir, a partir de ahora, si trabajan en Espa?a (y por tanto tienen aqu¨ª su residencia), tributar¨¢n como cualquier trabajador espa?ol, al 45% (47% en 2015) a partir de los 60.000 euros de ingreso por rendimientos del trabajo.
Para el resto de trabajadores extranjeros desplazados, los requisitos son similares: para acogerse a este r¨¦gimen no pueden haber residido en Espa?a los 10 a?os anteriores a su nuevo desplazamiento a territorio espa?ol. Y podr¨¢n beneficiarse de este r¨¦gimen durante cinco a?os. Lo que s¨ª cambia es la estructura fiscal. A partir de ahora no habr¨¢ un l¨ªmite (600.000 euros), sino que los primeros 600.000 euros tributar¨¢n al 24% y el resto lo har¨¢ al 45%.
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