La Defensora del Pueblo pregunta a Hacienda por el IBI
Para el Supremo los suelos calificados como urbanizados tributar¨¢n como r¨²sticos si no est¨¢n listos para edificar
Con la normativa actual sobre suelo, desde que se inscribe el planeamiento de una finca como suelo urbanizado en el Catastro, el propietario debe tributar por esta como si fuera urbana. Hasta el pasado 30 de mayo, fecha en la que el Tribunal Supremo dict¨® una sentencia?en la que indica que si un suelo se ha calificado como urbanizado pero en realidad no ha llegado a tener las caracter¨ªsticas del solar urbano: accesos de agua, gas, luz y viarios, tributar¨¢ como suelo r¨²stico.
Este asunto ha merecido la atenci¨®n de la defensora del pueblo, Soledad Becerril, dado que "existen municipios que aprobaron un Plan General de Ordenaci¨®n Urbana en una etapa de expansi¨®n y desarrollo inmobiliario, que nunca se ha desarrollado por el cambio en la situaci¨®n econ¨®mica", indica en su nota de prensa. Y se ha dirigido a la Secretar¨ªa de Estado de Hacienda para preguntar "c¨®mo va a adaptar los datos y valores catastrales del suelo calificado como urbano no desarrollado al contenido de la sentencia del Tribunal".
El Tribunal Supremo coincide con el criterio del defensor del pueblo que, en su informe monogr¨¢fico La Realidad Catastral en Espa?a, publicado en 2012, "ya se?alaba la necesidad de acomodar la valoraci¨®n catastral al principio de capacidad econ¨®mica real. Para la Instituci¨®n, valorar con fines tributarios un inmueble por encima de su valor de mercado, supone gravar una riqueza ficticia o inexistente", explica en la nota de prensa.
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