El Constitucional suspende la tasa a los dep¨®sitos de Valencia
El Gobierno ha aprobado un impuesto igual para todas las comunidades
El Tribunal Constitucional ha admitido este mi¨¦rcoles el recurso del ejecutivo central contra el art¨ªculo de la Ley de Medidas Fiscales de la Generalitat Valenciana de diciembre de 2013 que prev¨¦ un impuesto sobre los dep¨®sitos bancarios y ha suspendido provisionalmente la entrada en vigor de dicho precepto.
Es decir, el pleno del TC, que est¨¢ reunido esta semana, ha suspendido a petici¨®n del Gobierno el art¨ªculo 161 de la Ley de la Generalitat Valenciana de Medidas Fiscales, de Gesti¨®n Administrativa y Financiera y de Organizaci¨®n de la Generalitat. El recurso del ejecutivo central se basa en que los tributos de las comunidades aut¨®nomas no pueden recaer sobre actos sometidos a grav¨¢menes estatales. Adem¨¢s, el Gobierno central ha aprobado su propia ley sobre la tasa y que impone un pago del 0,03% por los dep¨®sitos. La recaudaci¨®n ir¨ªa a las propias autonom¨ªas.
Adem¨¢s, invoca el precepto legal de acuerdo al cual se suspende el art¨ªculo impugnado una vez sea admitido a tr¨¢mite el recurso, suspensi¨®n que se mantendr¨¢ por cinco meses, en tanto no se toma una decisi¨®n sobre el fondo. Sobre esta segunda cuesti¨®n, el fondo del asunto, no se pronuncia el Constitucional al admitir a tr¨¢mite cualquier recurso.
La ley recurrida introduce un nuevo impuesto propio y directo que grava los dep¨®sitos captados por las entidades de cr¨¦dito en la Comunidad Valenciana, medida con la cual prev¨¦ recaudar 230 millones de euros en 2014 el ejecutivo valenciano.
El Gobierno central considera que la Constituci¨®n establece que "la potestad originaria para establecer tributos corresponde al Estado" y que la potestad tributaria de las comunidades aut¨®nomas "encuentra sus l¨ªmites no s¨®lo en los principios constitucionales, sino, adem¨¢s, en las leyes que dicte el Estado en el ¨¢mbito de sus propias competencias y en desarrollo de las previsiones constitucionales".
En el mismo acto de admisi¨®n a tr¨¢mite de este recurso el tribunal de garant¨ªas ha dado traslado de su decisi¨®n al Congreso de los Diputados, al Senado, al Gobierno de la Generalitat Valenciana y a las Cortes Valencianas para que se personen en el proceso y formulen sus alegaciones.
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