La Audiencia apunta a Rato como responsable de las tarjetas opacas
La sala de lo penal ha confirmado la fianza de tres millones que el juez Fernando Andreu impuso al expresidente de Bankia
La Audiencia Nacional ha confirmado la fianza de 3 millones de euros que impuso el juez Fernando Andreu al expresidente de Bankia, Rodrigo Rato, por considerarle responsable de la emisi¨®n de las tarjetas opacas?de Caja Madrid, situadas al margen de "cualquier atisbo de legalidad". En un auto, la secci¨®n tercera de la sala de lo penal desestima as¨ª el recurso que el exbanquero interpuso contra su fianza, que Andreu le fij¨® el pasado 16 de octubre por "consentir, propiciar y aceptar" el sistema de tarjetas opacas con las que 83 exconsejeros y exdirectivos cargaron m¨¢s de 15 millones entre 1999 y 2012.
Rato se opuso alegando su derecho a ser tratado como inocente al adelantar un juicio inculpatorio y manten¨ªa que no eran ciertas las conclusiones a las que lleg¨® Andreu por no haberse "investigado absolutamente nada" sobre el origen de la emisi¨®n y entrega de las visas.
Sin embargo, para la Audiencia, las diligencias que ha practicado hasta ahora ponen de relieve que se trataba de tarjetas de cr¨¦dito "emitidas al margen del circuito establecido con car¨¢cter general y ordinario, sin que existiera precepto estatutario o reglamentario, acuerdo o decisi¨®n adoptada por alg¨²n ¨®rgano que soporte la existencia y la operativa de las mismas".
Y la emisi¨®n de las mismas "era responsabilidad" de Rato, que adem¨¢s de presidente de Caja Madrid, primero, y de Bankia, despu¨¦s, fue beneficiario de una de ellas cuando dispon¨ªa de otra para gastos de representaci¨®n que s¨ª fueron aprobadas por el Consejo de Administraci¨®n.
Ello sit¨²a el uso de las tarjetas opacas "al margen de cualquier atisbo de legalidad y, lo que es m¨¢s importante, de espaldas a cualquier tipo de fiscalizaci¨®n que pudiera acreditar su adecuada utilizaci¨®n".
Si los pl¨¢sticos hubieran formado parte de su retribuci¨®n, tal y como defendi¨® Rato en su declaraci¨®n ante el juez, "deber¨ªan haber sido contabilizadas como tales" sobre la base de un acuerdo previo de los ¨®rganos directivos, "lo que no ha sido as¨ª", subraya la sala.
En este sentido, se?ala la importancia de que los gastos se cargaran en dos cuentas "claramente inapropiadas", que inclu¨ªan "regularizaciones por fraudes, negligencias, errores internos, deficiencias de los sistemas y reclamaciones de la oficina del cliente", unos conceptos que "poco o nada tienen que ver con un complemento retributivo". Asimismo, le recrimina que dijera al instructor que no se le hubiera advertido de que esta pr¨¢ctica pod¨ªa vulnerar la Ley de Cajas. "Tal ignorancia en una persona que ostentaba el cargo de presidente del Consejo de Administraci¨®n resulta inexcusable", se?alan los magistrados antes de insistir en que precisamente por su condici¨®n no pod¨ªa desconocer el reflejo que ten¨ªan en la contabilidad de la caja ni que se omitieran en su n¨®mina.
Por ello, le recuerdan que "el principio de confianza no excluye el necesario deber de vigilancia de los miembros del Consejo", que deben evitar que se "distraigan fondos de la sociedad", y "si el asunto ata?e a las propias retribuciones", la "inaceptable excusa" del desconocimiento "decae todav¨ªa con m¨¢s fundamento". As¨ª, la Audiencia cree que "la voluntad real" era la "ocultaci¨®n de esos gastos a los organismos auditores y reguladores". Dado que no se prev¨¦ un cierre pr¨®ximo de la investigaci¨®n, unido a los "s¨®lidos indicios de la comisi¨®n de un delito de administraci¨®n desleal", la elevada responsabilidad civil que se le pueda llegar a imponer y el gran n¨²mero de perjudicados existentes (accionistas, acreedores o meros clientes), hacen que la decisi¨®n de Andreu sea "plenamente ajustada a derecho", concluye.
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