El Supremo da la raz¨®n a Iberdrola en el cese de un consejero de ACS
Los jueces consideran probado que representaba a un competidor
El Tribunal Supremo ha dado la raz¨®n a la el¨¦ctrica Iberdrola por el cese de Jos¨¦ Mar¨ªa Loizaga, que fue de forma ef¨ªmera consejero de la el¨¦ctrica en representaci¨®n del grupo ACS. El grupo presidido por Florentino P¨¦rez era por entonces el primer accionista de Iberdrola. Al producirse una vacante en el consejo de administraci¨®n de la el¨¦ctrica, ACS ejerci¨® su derecho a ocupar esa plaza por el criterio de representaci¨®n proporcional. Sin embargo, la junta vot¨® acto seguido su destituci¨®n alegando que representaba a un competidor.
ACS impugn¨® esa decisi¨®n de la junta y el caso ha llegado hasta el Tribunal Supremo, donde los magistrados han rechazado el recurso del grupo constructor.
El recurso de casaci¨®n se fundaba en que la Audiencia Provincial hab¨ªa desconocido la doctrina de la Sentencia del Tribunal Supremo de 5 de diciembre de 2008 al no haber tenido en cuenta ¡°las circunstancias¡± del caso, conforme a las que deber¨ªa haber concluido la inexistencia de un conflicto de competencia permanente y estructural entre ambos grupos empresariales (ACS e Iberdrola).
Los jueces del Supremo desestiman el recurso porque la competencia entre ambos grupos es una situaci¨®n de hecho que no puede ser revisada en esa instancia y que, adem¨¢s, hab¨ªa sido valorada y analizada rigurosamente y conforme a Derecho por los tribunales anteriores que se ocuparon del caso y que concluyeron que ¡°la competencia entre las partes en conflicto alcanza la intensidad suficiente para calificarla de directa, estructural y permanente¡±.
El valor de la sentencia es m¨¢s bien simb¨®lico, puesto que ACS est¨¢ de retirada en el capital de la el¨¦ctrica, donde tiene ya una peque?a participaci¨®n.
La sentencia, fechada el pasado 11 de noviembre, se ha conocido d¨ªas despu¨¦s de otra dictada el 12 de noviembre que anulaba algunos art¨ªculos de los estatutos de Iberdrola aprobados en aquella junta tambi¨¦n por un recurso de ACS.
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