Repsol recusa al presidente de la CNMC por ¡°enemistad manifiesta¡±
La petrolera acusa al jefe de Competencia y a dos consejeras de parcialidad, de buscar objetivos pol¨ªticos y de multar a la petrolera por cumplir la ley
Guerra abierta entre Repsol y Competencia. La mayor petrolera espa?ola ha presentado un duro escrito ante la Comisi¨®n Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) en el que recusa a su presidente, Jos¨¦ Mar¨ªa Mar¨ªn, y dos consejeras, Idoia Zenarrutzabeitia y Mar¨ªa Ortiz, por un expediente sancionador contra la compa?¨ªa. Esos tres consejeros suponen la mayor¨ªa de la sala de Competencia de la CNMC.
Repsol pide su recusaci¨®n por la contaminaci¨®n y prejuicios en la instrucci¨®n del expediente (falta de imparcialidad objetiva) y por ¡°enemistad manifiesta¡± (falta de imparcialidad subjetiva), que es una causa recogida por la ley, y cree que es ¡°un caso claro de desviaci¨®n de poder¡±.
Seg¨²n el contenido del escrito al que ha tenido acceso EL PA?S, Repsol acusa a Mar¨ªn de querer multar a la compa?¨ªa por cumplir la ley en lo referente a la adaptaci¨®n de los contratos de las gasolineras, de saltarse los criterios de la Direcci¨®n de Competencia y de buscar objetivos pol¨ªticos en su actuaci¨®n.
La compa?¨ªa llega incluso a amenazar con demandar a los tres consejeros por ¡°da?os y perjuicios¡± en caso de que ¡°los recusados persistan en su actitud de seguir conociendo del asunto, actuando de manera absolutamente parcial y sesgada y por ello ocasionando continuos agravios e irregularidades¡±. Repsol pide que se abstengan voluntariamente y que si no lo hacen sea el Pleno de la CNMC el que decida.
Mar¨ªn fue un alto directivo de Cepsa, principal competidor de Repsol, durante muchos a?os, aunque eso no forma parte de la recusaci¨®n. La propia Cepsa, multada en el mismo caso, plante¨® hace unas semanas la posible recusaci¨®n de Mar¨ªn, pero ni siquiera fue admitida a tr¨¢mite, pues Cepsa no present¨® un escrito de recusaci¨®n como tal ni aleg¨® ninguna de las causas previstas en la ley, seg¨²n fuentes jur¨ªdicas.
Repsol, en cambio, ha presentado un duro escrito ante el pleno del Consejo. La compa?¨ªa considera que existe un ¡°sentimiento personal de rechazo o aversi¨®n¡± hacia Repsol y las dem¨¢s petroleras por parte de Mar¨ªn.
Divisi¨®n en el organismo
La CNMC tiene dos salas, la de Competencia y la de Supervisi¨®n Regulatoria, cada una con cinco miembros. Los 10 forman el Pleno del consejo. La recusaci¨®n llega en un momento en que la sala de Competencia est¨¢ partida en dos. En casi todas las decisiones importantes los tres consejeros recusados votan en un sentido y los otros dos (Fernando Torremocha y Benigno Vald¨¦s) formulan votos particulares en que descalifican la decisi¨®n aprobada.
Esa divisi¨®n da alas a las empresas a la hora de impugnar las decisiones, pues los consejeros conocen bien el funcionamiento del organismo y se?alan los puntos d¨¦biles de las resoluciones, dando argumentos muy valiosos a las empresas. En esta recusaci¨®n, Repsol se vale de algunos de esos argumentos y cita expresamente la "divisi¨®n radical en la sala, que ponen de manifiesto los constantes y contundentes votos particulares a sus resoluciones principales en este asunto".
Un proceso suspendido
La Comisi¨®n Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha puesto ya multas de 2,5 millones a Cepsa y 750.000 euros a BP por el incumplimiento de la misma resoluci¨®n de 2009 sobre fijaci¨®n indirecta de precios a gasolineras mediante ciertos contratos y pr¨¢cticas. La multa de Repsol, sin embargo, se ha retrasado porque, antes de la recusaci¨®n de la mayor¨ªa de los componentes de la sala de Competencia de la CNMC, Repsol ha tomado otra iniciativa ante los tribunales.
La petrolera present¨® el 13 de enero un recurso especial para la protecci¨®n de los derechos fundamentales ante la sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional y solicit¨® la suspensi¨®n de los acuerdos de la CNMC en el expediente, seg¨²n se revela en el propio escrito de recusaci¨®n. Repsol considera que se est¨¢ vulnerando su derecho de defensa.
La CNMC accedi¨® a paralizar el expediente hasta que la Audiencia Nacional decida sobre esta petici¨®n de Repsol. Por eso, la multa a la compa?¨ªa que preside Antonio Brufau se ha retrasado. Su importe podr¨ªa situarse entre los 5 y los 10 millones, seg¨²n c¨¢lculos de personas conocedoras del expediente.
Las fuentes jur¨ªdicas conocedoras del escrito de recusaci¨®n consideran muy dif¨ªcil que prospere esa petici¨®n de suspensi¨®n ante la Audiencia Nacional. Los tribunales son poco propicios a aceptar medidas cautelares en esas demandas de protecci¨®n de derechos fundamentales cuando son presentadas por empresas y cuando adem¨¢s el da?o es de car¨¢cter meramente econ¨®mico y por tanto, reparable al decidir sobre el fondo de los casos, seg¨²n las fuentes jur¨ªdicas consultadas.
El caso que ha dado lugar al enconado enfrentamiento es el supuesto incumplimiento parcial de una resoluci¨®n de 2009 (recurrida ante los tribunales) que castigaba a Repsol, Cepsa y BP por fijaci¨®n indirecta de los precios de los carburantes a empresarios independientes que operan bajo su marca por lo que les impon¨ªa multas y les obligaba a cambiar una serie de pr¨¢cticas La CNMC abri¨® expediente sancionador porque consideraba que Repsol no estaba cumpliendo esa resoluci¨®n.
El detonante ¨²ltimo han sido dos acuerdos adoptados el pasado 18 de diciembre en dicho expediente, en parte contra el criterio de los t¨¦cnicos de la Direcci¨®n de Competencia. Uno es el llamado acuerdo de recalificaci¨®n. Repsol, al igual que los votos particulares, considera que no se ha cambiado la calificaci¨®n sino que lo que se ha hecho es cambiar la fecha del periodo de supuesto incumplimiento, llev¨¢ndolo "hasta la actualidad (y m¨¢s all¨¢)", seg¨²n denuncia el escrito.
La compa?¨ªa considera que, salt¨¢ndose el criterio de los t¨¦cnicos de la Direcci¨®n de Competencia, se extiende el periodo de incumplimiento "sin tener en cuenta que no ha habido investigaci¨®n o acto de instrucci¨®n alguno para verificar el supuesto incumplimiento". Uno de los votos particulares subraya que acerca de ese periodo que se a?ade, el Consejo realmente no sabe nada sobre el incumplimiento. El escrito de Repsol acusa a los consejeros de actuar como "juez y parte" al saltarse la instrucci¨®n por parte de la Direcci¨®n de Competencia.
Esta direcci¨®n, adem¨¢s, reconoc¨ªa que Repsol hab¨ªa adaptado sus contratos con las gasolineras a la ley 11/2013 sobre hidrocarburos, inicialmente aprobada mediante un decreto ley, y, al igual que los votos particulares, consideraba que al cumplir la ley no pod¨ªa seguir sancion¨¢ndose por ellos. Pero los tres consejeros recusados contradicen a la Direcci¨®n de Competencia y extienden el incumplimiento m¨¢s all¨¢ de la entrada en vigor de la ley. El escrito considera que con ello "la sala act¨²a arbitrariamente porque decide ignorar la aplicaci¨®n de la ley (¡) imponiendo su particular visi¨®n sectorial como guardi¨¢n de la competencia frente a la voluntad expl¨ªcita del legislador". La CNMC, sin embargo, considera que los cambios legales no eximen del cumplimiento de la resoluci¨®n sancionadora de 2009, seg¨²n ha declarado al comunicar las multas a Cepsa y?a BP Oil Espa?a.
En su escrito, Repsol considera que ese acuerdo de recalificaci¨®n as¨ª como otro acuerdo por el que se pide a Repsol informaci¨®n sobre su cifra de negocio (para graduar la multa) anticipan la decisi¨®n final, anticipan que la infracci¨®n existe, que es muy grave y que dura hasta la actualidad con lo que la petrolera considera que "la decisi¨®n final est¨¢ prejuzgada". La sala de Competencia, por as¨ª decirlo, habr¨ªa realizado funciones de instrucci¨®n del expediente que corresponder¨ªan a la Direcci¨®n de Competencia y que con ello se ha contaminado y perdido la imparcialidad objetiva.
"Desviaci¨®n de poder"
La compa?¨ªa tambi¨¦n cita en la demanda unas declaraciones recientes de Mar¨ªn: "Hemos conseguido que la gasolina est¨¦ m¨¢s barata que el caf¨¦ del Starbucks". Y arremete contra ellas: "Adem¨¢s de lo impropio de este tipo de declaraciones y comparaciones respecto de quien preside no un ¨®rgano pol¨ªtico sino un organismo supervisor independiente del Estado, esta confesi¨®n evidencia que la preocupaci¨®n real de la sala de Competencia es la de hacer una determinada pol¨ªtica de precios en el sector, m¨¢s que velar por que ¨¦stos (sean altos, medios o bajos) sean fijados por los agentes econ¨®micos del mercado en libre y efectiva competencia".
El escrito considera que es "un caso claro de desviaci¨®n de poder" en que esos consejeros de la CNMC usan sus competencias o potestades para fines distintos de los previstos.
Los contratos de la pol¨¦mica
- Competencia consider¨® en 2009 que los contratos de suministro en exclusiva de Repsol, Cepsa y BP inclu¨ªan cl¨¢usulas y pr¨¢cticas que supon¨ªan una fijaci¨®n indirecta de precios y limitaban la competencia. Inst¨® a cambiar los contratos de las gasolineras tanto DODO (dealer owned-dealer operated, en la que empresarios independientes son due?os y gestores) como CODO (company owned-dealer operated, propiedad de la petrolera, pero gestionadas por un tercero).
- La ley 11/2013 prohibi¨® que los contratos de suministro en exclusiva contengan cl¨¢usulas que "fijen, recomienden o incidan, directa o indirectamente, en el precio de venta al p¨²blico del combustible". Pero esa prohibici¨®n se limita a las gasolineras DODO y no a las CODO.
- La Direcci¨®n de Competencia y dos de los cinco consejeros de la sala de Competencia consideran que no se puede sancionar a Repsol si cumple la ley. Los tres consejeros recusados creen que el cambio legal no exime a Repsol de multa si no cumple su resoluci¨®n de 2009.
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