El Gobierno prorroga hasta 2017 la suspensi¨®n de los desahucios
Luz verde a la Ley de segunda oportunidad que deja reestructurar deudas a los ciudadanos
El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes extender en dos a?os, hasta 2017, el periodo de suspensi¨®n de lanzamientos sobre viviendas habituales de colectivos especialmente vulnerables, que venc¨ªa en el mes de mayo.
La medida se incluye dentro del Real Decreto Ley de mecanismos de segunda oportunidad y reducci¨®n de la carga financiera y otras medidas de orden social, con el que el Gobierno persigue facilitar el desendeudamiento de la econom¨ªa espa?ola y ampliar la protecci¨®n de los colectivos m¨¢s vulnerables por la crisis. La norma ha sido aprobada por el Consejo de Ministros y se espera que ma?ana salga publicada en el Bolet¨ªn Oficial del Estado (BOE) para su entrada en vigor.
Seg¨²n los ¨²ltimos datos disponibles, los desahucios aumentaron durante el primer semestre de 2014 con un avance del 17%, lo que equivale a 1.218 viviendas, seg¨²n la estad¨ªstica del Banco de Espa?a.
Con la nueva norma, el Ejecutivo flexibiliza los criterios que dan acceso al c¨®digo de buenas pr¨¢cticas para deudores hipotecarios e incrementa el l¨ªmite anual de renta familiar hasta tres veces el Indicador P¨²blico de Rentas M¨²ltiples (IPREM). Hasta ahora se calculaba por 12 pagas y ahora se har¨¢ por 14, con lo que pasa de 19.170,39 euros a 22.365,42 euros en 2015. Tambi¨¦n se ampl¨ªan los supuestos de especial vulnerabilidad para incluir a los mayores de 60 a?os.
El Gobierno tambi¨¦n ha decidido elevar el l¨ªmite de precio de adquisici¨®n de los inmuebles que podr¨¢n beneficiarse del c¨®digo de buenas pr¨¢cticas. A partir de ahora, este podr¨¢ superar en un 20% el precio medio arrojado por el ¨ªndice elaborado por el Ministerio de Fomento con un l¨ªmite de 300.000 euros --250.000 euros para la daci¨®n en pago--, cuando antes estaba en 250.000 euros.
Finalmente, se ampl¨ªan las medidas a las que se pueden acoger los beneficiarios del c¨®digo de buenas pr¨¢cticas. Se elimina la aplicaci¨®n de las cl¨¢usulas suelo a los deudores situados en el nuevo umbral del c¨®digo.
El ministro de Econom¨ªa, Luis de Guindos, ha recordado que este c¨®digo de buenas pr¨¢cticas ha permitido 12.000 reestructuraciones de deuda, 35.000 daciones en pago, 2.000 hogares beneficiados por el Fondo Social de Vivienda y 12.000 lanzamientos paralizados.
La situaci¨®n de los desahucios ha provocado cierta alarma social en Espa?a. Seg¨²n los ¨²ltimos datos difundidos por el Banco de Espa?a, el n¨²mero de casas que han pasado a ser propiedad de la banca por impago ha bajado un 30% frente al primer semestre de 2013, hasta los 19.565. Es importante diferenciar entre lo que es vivienda habitual, lo que implica que la familia afectada se queda en la calle, u otro tipo de inmueble o segunda residencia. Adem¨¢s, de las m¨¢s de 19.500 entregas de casas utilizadas como residencia, 7.131 fueron procesos voluntarios con acuerdo entre el banco y el embargado, muchos menos que los 12.719 del primer semestre de 2013. Bajando al detalle, las daciones en pago pasaron a representar el 31,5% de las ejecuciones de primera vivienda al 29,5% entre enero y junio de 2014.
Segunda oportunidad
El Decreto aprobado este viernes por el Consejo de Ministros contiene tambi¨¦n la Ley de segunda oportunidad, una norma en el ¨¢mbito concursal para deudores de buena fe con cargas que incorpora por primera vez a las personas f¨ªsicas. De este modo se pretende conciliar intereses de acreedores y deudores mediante procedimientos con garant¨ªas que permitir¨¢n afrontar el pago de deudas de forma ordenada.
De Guindos ha explicado que la norma ampl¨ªa y flexibiliza los acuerdos extrajudiciales de pagos para facilitar la reestructuraci¨®n de deudas, una opci¨®n a la que podr¨¢n acceder empresas, empresarios y particulares. Tambi¨¦n se permite que los acuerdos alcanzados se extiendan a acreedores con garant¨ªa real cuando concurran las mayor¨ªas previstas.
El Gobierno refuerza en esta norma la figura del mediador concursal, que ser¨¢ designado por un notario o registrador. En el caso de empresas, las funciones de mediaci¨®n podr¨¢n ser realizadas por las C¨¢maras Oficiales de Comercio, mientras que el notario podr¨¢ tener este cometido para las personas f¨ªsicas.
Adem¨¢s, se establecen reglas de procedimiento especialmente simplificadas para particulares en cuestiones relativas a plazos de designaci¨®n y convocatoria de acreedores y se reducen significativamente los aranceles notariales y registrales. La normativa establece que durante el plazo de negociaciones se suspender¨¢n las ejecuciones de bienes necesarios para la actividad, entre ellos la vivienda habitual.
Exoneraciones de deuda
Para personas f¨ªsicas con deudas se establece un nuevo sistema de exoneraci¨®n de deudas que se aplicar¨¢ tras la conclusi¨®n de un concurso por liquidaci¨®n o por insuficiencia de masa. En primer lugar, se mantiene la posibilidad actual de exoneraci¨®n de deudas al concluir la liquidaci¨®n siempre que se paguen los cr¨¦ditos privilegiados, contra la masa y, si no se ha intentado un acuerdo extrajudicial de pagos, el 25% de los cr¨¦ditos ordinarios como se prev¨¦ en la actualidad.
Alternativamente, cuando no se hayan podido satisfacer los anteriores cr¨¦ditos y siempre que el deudor acepte someterse a un plan de pagos durante los 5 a?os siguientes para el abono de las deudas no exoneradas (contra la masa y aqu¨¦llos que gocen de privilegio general), el deudor podr¨¢ quedar exonerado del resto de sus cr¨¦ditos, excepto los p¨²blicos y por alimentos (pensiones alimenticias).
Para la liberaci¨®n definitiva de las deudas, el deudor deber¨¢ hacer frente en ese per¨ªodo a las deudas no exoneradas o realizar un esfuerzo sustancial para su satisfacci¨®n. En caso de acreedores con garant¨ªa real, la parte que podr¨¢ exonerarse ser¨¢ aquella que no hubiera quedado cubierta en la ejecuci¨®n de la garant¨ªa.
La exoneraci¨®n de deudas podr¨¢ revocarse en el citado plazo de cinco a?os a solicitud de los acreedores cuando se acredite que se han ocultado ingresos o bienes o el deudor consiguiera una sustancial mejora de su situaci¨®n.
Asimismo, se declaran exentas de IRPF las rentas que pudieran ponerse de manifiesto como consecuencia de quitas y daciones en pago de deudas, establecidas en un convenio, en un acuerdo extrajudicial de pagos o como consecuencia de la exoneraci¨®n de deudas.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.