El Supremo rechaza indemnizar por las ¡®stock options¡¯ de Telef¨®nica
Desestima las peticiones de Javier Revuelta y Pedro P¨¦rez, que ped¨ªan 2,3 millones a Hacienda
La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha desestimado los recursos de los exdirectivos de Telef¨®nica Javier Revuelta del Peral y Pedro P¨¦rez Fern¨¢ndez de la Fuente, que reclamaban una indemnizaci¨®n al Gobierno de 1,2 millones de euros y 1,1 millones, respectivamente, al considerar que se les caus¨® un da?o patrimonial por haber tenido que ingresar a Hacienda esas cantidades en virtud de una disposici¨®n de la ley del IRPF de 1999 que fue declarada posteriormente inconstitucional.
La tributaci¨®n se refer¨ªa al cobro por el primero de ellos de 1.429 millones de pesetas (8,5 millones de euros) por stock options cuando sali¨® de Telef¨®nica en 1999, y en el caso de P¨¦rez, por el cobro de 1.289 millones de pesetas (7,7 millones de euros) por el mismo concepto, seg¨²n ha informado el Supremo en un comunicado.
Entre otros argumentos, el Supremo destaca que la sentencia del Tribunal Constitucional que declar¨® la nulidad del precepto discutido se?al¨® expresamente que la inconstitucionalidad no permit¨ªa revisar situaciones que ya hubiesen adquirido firmeza. como suced¨ªa en el caso de ambos recurrentes.
As¨ª, el alto tribunal indica que la sentencia del Constitucional se?al¨® expresamente que la incostitucionalidad de la citada norma del IRPF no permit¨ªa revisar situaciones firmes como en el caso de ambos exconsejeros, cuya situaci¨®n tributaria fue definitivamente fijada por sentencia de la secci¨®n segunda del Tribunal Supremo, que entendi¨® aplicable, sin reproche alguno, el precepto legal posteriormente declarado inconstitucional.
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