La Audiencia rechaza una querella contra Salgado, Sebasti¨¢n y Endesa
Causa Com¨²n les acusaba de permitir a Enel cobrar por Costes de Transici¨®n a la Competencia
El juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno ha rechazado admitir a tramite la querella presentada por la Organizacion Nacional de Consumidores de Espa?a Causa Com¨²n contra la exvicepresidenta del Gobierno Elena Salgado, el exministro de Industria Miguel Sebasti¨¢n, el exsecretario de Estado de Energ¨ªa Pedro Luis Mar¨ªn Uribe y Endesa por el cobro de 1.562 millones de euros por parte de la el¨¦ctrica con cargo a los llamados Costes de Transici¨®n a la Competencia (CTC).
La querella, presentada por la comisi¨®n de supuestos delitos de prevaricaci¨®n en comisi¨®n por omisi¨®n y estafa agravada bajo la forma del delito masa, les acusaba de haber permitido a la filial de Enel el cobro de esta cantidad como consecuencia del suministro el¨¦ctrico que dicha compan¨ªa presta a los ciudadanos para compensar a las el¨¦ctricas por las inversiones realizadas antes de la liberalizaci¨®n del sector.
Seg¨²n los querellantes, esto supuso una estafa, porque con la subida de los precios del petroleo y del gas esta forma de actuar determin¨® que la compa?¨ªa cobrara mas de lo inicialmente previsto, repercuti¨¦ndolo en los consumidores hasta su derogaci¨®n mediante Real Decreto 7/2006 de medidas urgentes en el sector energ¨¦tico.
En un auto, el juez Moreno se?ala que tras el examen y estudio de las actuaciones, las diligencias practicadas en su dia por la Fiscal¨ªa Anticorrupci¨®n, as¨ª como del expediente remitido por el Ministerio de Industria, Turismo y Energ¨ªa "se llega a la conclusi¨®n de que los hechos denunciados no son constitutivos de los delitos de prevaricaci¨®n y estafa, pues no concurren los presupuestos exigidos reiteradamente por la jurisprudencia para la existencia de los mismos".
A?ade que, "a tenor de los datos y elementos existentes, ha de concluirse que la querella en cuesti¨®n cuando menos no es fundada a efectos penales, al no revestir los hechos caracteres de delito", por lo que no procede admitirla a tr¨¢mite.
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