Somos pareja de hecho, ?c¨®mo hacemos la declaraci¨®n de la renta?
Solo los matrimonios pueden rendir cuentas en la Agencia Tributaria de forma conjunta, y muchas veces no conviene. Para el resto, debe ser individual. ?Y si hay hijos?
Estar casado y ser pareja de hecho no es lo mismo, al menos a los ojos de Hacienda. Ahora que ha llegado la gran cita con la Agencia Tributaria, es necesario saber que los cambios de?estatus civil no tienen todos el mismo peso en cuanto a fiscalidad: ¨²nicamente?los matrimonios tienen derecho a presentar la declaraci¨®n de la renta de forma conjunta. Esta posibilidad, conveniente solo en determinados supuestos, no est¨¢ contemplada para las uniones civiles. Si hay hijos de por medio, la tributaci¨®n puede ser conjunta, pero no de toda la familia, sino de uno de los progenitores con sus hijos.?
¡°La unidad familiar condiciona la posibilidad de hacer la declaraci¨®n conjunta, y para el IRPF solo son unidad familiar los c¨®nyuges no separados legalmente y sus hijos, o uno de los progenitores m¨¢s la totalidad de sus hijos que convivan con ¨¦l¡±, resume Marta Gonz¨¢lez ?lvaro, subdirectora del Gabinete de Estudios de la Aedaf (Asociaci¨®n Espa?ola de Asesores Fiscales).?
Adolfo Jim¨¦nez, presidente de Asefiget (Asociaci¨®n Espa?ola de Asesores Fiscales y Gestores Tributarios), confirma que, en caso de no tener hijos,?la ¨²nica manera para hacer la declaraci¨®n conjunta es estar casados. Pero que muchas veces no conviene escoger esta f¨®rmula. Entonces, ?cu¨¢l es la diferencia entre uno y otro r¨¦gimen???
Estoy casado, ?merece la pena hacer la declaraci¨®n conjunta?
La declaraci¨®n conjunta no siempre sale beneficiosa para los contribuyentes; al contrario: suele compensar m¨¢s la individual.?¡°La conjunta conviene solo si uno de los c¨®nyuges no recibe ingresos o estos son muy bajos¡±, explica?Domingo Remoj¨®n, director de iAsesoria.com y experto de iAhorro.com. ?C¨®mo saber por cu¨¢l optar?
La convivencia de padres e hijos no es condici¨®n suficiente para unificar las rentas del hogar
Hacienda ofrece la posibilidad de simular una declaraci¨®n para saber cu¨¢l es la modalidad que m¨¢s nos conviene: en su nueva herramienta RENTA WEB, hasta ofrece la posibilidad de realizar las dos declaraciones a la vez para conocer cu¨¢l es el resultado m¨¢s ventajoso. Es una cuesti¨®n de n¨²meros. En la declaraci¨®n de la renta no tributan los primeros 5.550 euros?¡ªel m¨ªnimo personal, de 5.150 hasta el a?o pasado¡ª: esta cantidad, si las declaraciones se presentan por separado,?se deduce de la base imponible?de cada uno de los c¨®nyuges. Si el contribuyente es mayor de 65 a?os, esta cifra sube hasta los 6.700 euros, y hasta los 8.100 para los mayores de 75. As¨ª, el monto total exento si la declaraci¨®n se hace de manera individual se sit¨²a en los 11.100 euros ¡ª13.400 para los mayores de 65 y 16.200 para los mayores de 75¡ª.
Si se opta por la declaraci¨®n conjunta, tambi¨¦n se aplica el m¨ªnimo personal de 5.550 euros, pero solo una vez. A esta cantidad, por otro lado, hay que sumarle 3.400 euros de reducci¨®n por tributaci¨®n conjunta, lo que da como resultado final?8.950 euros, 2.150 euros menos en comparaci¨®n con la individual.?¡°Adem¨¢s, hay que tener en cuenta que el IRPF es progresivo, y que cu¨¢nto m¨¢s crece sube el tipo marginal¡±, recuerda Gonz¨¢lez:?¡°Con la declaraci¨®n individual rompes el impuesto¡±, lo que puede resultar ventajoso en determinadas circunstancias.
¡°La conjunta tambi¨¦n compensa si uno de los c¨®nyuges ha tenido p¨¦rdidas o rendimientos negativos¡±, dice Remoj¨®n. Por ejemplo, si los ¨²nicos ingresos de uno de los dos proceden de un inmueble en alquiler, y estos son inferiores a los gastos, puede ser recomendable hacer la declaraci¨®n conjunta porque de esta manera se minorar¨ªa la renta del otro, ejemplifica Gonz¨¢lez. ¡°Pero siempre hay que echar cuentas¡±, a?ade.
Las cosas cambian cuando los contribuyentes est¨¢n casados y tienen hijos. Si hacen la declaraci¨®n conjunta, ah¨ª tienen que aparecer todas las rentas de la unidad familiar. En este caso, se aplica una vez el m¨ªnimo personal de 5.550 euros, la reducci¨®n por tributaci¨®n conjunta de 3.400 euros y el m¨ªnimo familiar por hijo ¡ªque tiene que ser menor de 25 a?os, convivir con los padres y no tener rentas por encima de los 8.000 euros o no declarar ingresos superiores a 1.800. Esta reducci¨®n va de los 2.400 para el primer hijo ¡ª2.800 para los menores de tres a?os¡ª?hasta los 4.500 para el cuarto.?
Si se decide tributar de manera individual, los padres no pueden imputarse cada uno el hijo al 100%. ¡°Los m¨ªnimos familiares siempre se aplican para los hijos, pero si un matrimonio hace la declaraci¨®n individual esta reducci¨®n se asigna de manera prorrateada¡±, aclara Gonz¨¢lez. Es decir, el m¨ªnimo familiar se aplica a cada uno de los progenitores al 50%, pero no habr¨¢ reducci¨®n por tributaci¨®n conjunta.?
?Y si vivo con mi pareja y nuestros hijos, sin estar casados?
La normativa fiscal no reconoce a las parejas de hecho como unidad familiar, y tampoco a las parejas que conviven sin ning¨²n v¨ªnculo: es como si no hubiera relaci¨®n alguna entre los dos, lo que implica que la ¨²nica opci¨®n disponible es hacer la declaraci¨®n de manera individual. Lo que s¨ª est¨¢ contemplado, en el caso de tener hijos, es hacer la declaraci¨®n conjuntamente con ellos, pero solo uno de los padres puede imputarse a los hijos menores que tenga en com¨²n con su pareja.?
A efectos del IRPF, el n¨²cleo conformado por un progenitor y sus hijos es el segundo y ¨²ltimo tipo de unidad familiar que existe, y se asimila a la familia monoparental. En el caso de las parejas de hecho que tengan un hijo en com¨²n, sin embargo, no se aplica la reducci¨®n por tributaci¨®n conjunta de este tipo de unidad familiar ¡ªque ser¨ªa de 2.150 euros¡ª si el contribuyente convive?con el padre o la madre de alguno de los hijos de la unidad familiar.?El m¨ªnimo familiar por hijo, por otro lado, s¨ª funciona con los mismos porcentajes contemplados para los matrimonios.?¡°Aunque muchas veces no hay beneficio por hacer la declaraci¨®n conjunta, hay discriminaci¨®n para las parejas de hecho, ya que no se les est¨¢ dando el mismo tratamiento de un matrimonio¡±, concluye Gonz¨¢lez.
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