Tacones y corbata por contrato
El caso de una empleada enviada a casa en Londres por no llevar el calzado exigido por la empresa alienta el debate sobre las normas de vestuario de las empresas
Durante algo m¨¢s de dos a?os, Luz, gu¨ªa e int¨¦rprete de Patrimonio Nacional, eludi¨® vestir con el uniforme estipulado paras las empleadas. Consideraba que la blusa se transparentaba y, sobre todo, que los zapatos de tac¨®n marcados como reglamentarios para el personal femenino no eran apropiados para su trabajo como gu¨ªa. La compa?¨ªa, una instituci¨®n p¨²blica que gestiona todo tipo de bienes del Estado ¨Cdesde Palacios y Conventos hasta archivos--, termin¨® por sancionarla y la suspendi¨® seis meses sin empleo y sueldo. Luz recurri¨® la sanci¨®n en los tribunales. ¡°Consideraba que las exigencias de vestuario atentaban contra su dignidad y eran discriminatorias¡±, apunta ?ngel Vargas, el abogado de Comisiones Obreras que llev¨® el caso. En 2015, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid le dio la raz¨®n.
El caso, que ha sentado jurisprudencia en Espa?a, es similar al de la brit¨¢nica Nicola Thorp, que hace diez d¨ªas fue enviada a casa sin paga por no vestir zapatos de tac¨®n, tal y como ped¨ªa Portico, la subcontrata que la emple¨® para las oficinas londinenses de PriceWaterhouseCooper (PWC). El caso de Thorp, que ha lanzado una petici¨®n para que el Parlamento brit¨¢nico proh¨ªba a las compa?¨ªas obligar a las mujeres llevar tacones y que supera ya las 141.200 firmas, ha vuelto a reabrir el debate sobre la potestad de las empresas a la hora de exigir pautas de vestuario a sus empleados. Y, sobre todo, si en esos c¨®digos abundan elementos considerados sexistas o discriminatorios.
¡°No permitirles [a las mujeres] que calcen zapatos sin tac¨®n que s¨ª utilizan los hombres de su misma categor¨ªa supone una actitud empresarial que no resulta objetivamente justificada y por ello discriminatoria¡±, determinaron los jueces en el caso de Patrimonio Nacional. El uso de tacones, que no se exige a los hombres que hacen ese mismo trabajo, ¡°no s¨®lo no aporta ning¨²n beneficio ni ventaja, sino que puede adem¨¢s perjudicar la salud de las trabajadoras¡±, dice la sentencia que, sin embargo, no entra de fondo en la cuesti¨®n de la blusa. La gu¨ªa, que ejerc¨ªa en San Lorenzo del Escorial, tuvo que ser readmitida y la sanci¨®n anulada.
De forma expl¨ªcita o t¨¢cita, un buen n¨²mero de empresas marcan un c¨®digo de vestuario para sus empleados. Ra¨²l Rojas, socio de laboral del despacho de abogados ?cija, explica que es legal que las compa?¨ªas puedan establecer esas pautas ¡°siempre que no sean discriminatorias y est¨¦n dentro de una proporcionalidad¡±. No obstante, deben informar a los empleados de qu¨¦ es obligatorio y dejar muy claro que si no cumplen esos c¨®digos pueden enfrentarse a una sanci¨®n, apunta el abogado.
La mayor¨ªa de las empresas con pautas de vestimenta las argumentan en la cultura empresarial y los usos habituales en el sector. Tambi¨¦n en la necesidad de dar una imagen cuidada y acorde cuando se est¨¢ de cara al p¨²blico. Portico, la compa?¨ªa que contrat¨® a Thorp, ya ha asegurado que revisar¨¢ sus c¨®digos de vestuario, que incluyen no s¨®lo el uso de zapatos de tac¨®n en las mujeres sino tambi¨¦n sombra de ojos o que s¨®lo debe llevarse un pendiente en cada oreja.
PWC afirma que no obliga a sus empleados a seguir unas reglas de vestimenta. Sin embargo, esta empresa, como muchas otras, tienen un c¨®digo recomendado tanto para hombres como para mujeres. En ¨¦l se sugiere chaqueta y corbata para ellos y traje sastre, falda hasta la rodilla o pantal¨®n de traje para ellas, junto con blusa y americana, por ejemplo. "Son pautas de sentido com¨²n que siguen el c¨®digo del mundo en el que nos movemos¡±, apunta un portavoz de la compa?¨ªa. En algunos pa¨ªses americanos, como M¨¦xico, esas recomendaciones constan de un documento de la empresa con una veintena de p¨¢ginas sobre la etiqueta recomendada en un entorno ¡°profesional de negocios¡± y otro ¡°casual de negocios¡±.
Convenios colectivos
Lo m¨¢s habitual es que las empresas expliciten que los empleados deben dar una ¡°imagen cuidada y aseada¡±. Esto es lo que se recoge en numerosos convenios colectivos. Tambi¨¦n hay otros que son m¨¢s expl¨ªcitos en sus exigencias. Como el de los Casinos Comar de Madrid, que indica de manera muy clara que ¡°las mujeres deber¨¢n trabajar ligeramente maquilladas¡± y que ¡°los hombres deben afeitarse diariamente¡±. Un caso com¨²n en el sector de la hosteler¨ªa.
El uniforme reglamentario de las enfermeras y auxiliares de los Hospitales Pascual ¡ªcentros concertados de Andaluc¨ªa¡ª, fue durante a?os un traje que inclu¨ªa cofia y falda. ¡°No hab¨ªa opci¨®n, como para los compa?eros varones, de llevar casaca y pantal¨®n de pijama, pero muchas empezamos a usarlo igualmente. Sobre todo por comodidad¡±, explica Adela Sastre, auxiliar de enfermer¨ªa. Sastre, afiliada a CCOO y durante el conflicto, presidenta del comit¨¦ de empresa, empez¨® a trabajar en el hospital Pascual de C¨¢diz en 1976, cuando a¨²n no hab¨ªa cumplido los 18 a?os. Cuenta que al principio todas usaban falda y cofia. ¡°Luego los tiempos fueron cambiando¡±.
Durante unos cuantos a?os nadie llam¨® la atenci¨®n a las enfermeras de los hospitales Pascua por no llevar la cofia y la falda reglamentarias. Hasta que un d¨ªa, sin avisar, la empresa empez¨® a quitarles dinero de la n¨®mina en concepto de sanci¨®n. La empresa argumentaba que el uniforme contribu¨ªa a la ¡°buena imagen de la empresa¡±. Las enfermeras llegaron hasta el Supremo, que termin¨® por darles la raz¨®n y consider¨® la imposici¨®n de la falda y la cofia discriminatorios.
Los jueces no han considerado todos los casos de este tipo. En 2001, por ejemplo, una sentencia estableci¨® que entraba dentro del poder de la direcci¨®n de Renfe exigir a las trabajadoras de AVE a llevar como prenda uniforme una falda. A?os despu¨¦s, no obstante, el Ministerio de Fomento ¡ªdel que depende la compa?¨ªa de ferrocarriles¡ª acababa con esa obligatoriedad. ¡°El uso imperativo de la prenda atenta contra la dignidad y la salud de las mujeres¡±, dijo la entonces titular del ¨¢rea Magdalena ?lvarez.
Patrones sexistas
Los c¨®digos de vestuario empresariales no siempre son escritos. ¡°En algunas empresas no es obligatorio el uso de traje y corbata o traje sastre, ni siquiera se recomienda de manera expl¨ªcita, pero los empleados dan por supuesto que deben usarlo. Quiz¨¢ no sea causa de despido no llevarlo, pero lo m¨¢s probable es que la personas que no se asimilan a los patrones del resto no sea renovada; adem¨¢s, el resto de compa?eros suele penalizar estos casos¡±, dice la abogada Susana Mateo.
Expl¨ªcitos o no, Laura Nu?o, directora de la c¨¢tedra de G¨¦nero de la Universidad Rey Juan Carlos, se?ala que los atuendos obedecen a ¡°marcas de g¨¦nero¡±, los estereotipos sociales distintos para los hombres y las mujeres. ¡°Y esas marcas de g¨¦nero, que suelen obedecer a la ley del agrado de los hombres, se ceban con la apariencia y el atuendo¡±, expone. ¡°Y eso va desde el burka hasta los zapatos de tac¨®n. Todos somos productos de la moda y el patriarcado, pero los atuendos generalmente suelen coartar la movilidad de las mujeres, son inc¨®modos y no obedecen a la l¨®gica, como el caso de los tacones¡±.
Lo importante, incide la vicesecretaria de Igualdad de UGT, Cristina Anto?azas, es que los empleados puedan decidir c¨®mo vestirse. ¡°Es inaceptable que se exija a las trabajadoras llevar falda o tacones. Si hay uniforme, debe quedar a la elecci¨®n de quien lo viste usar una prenda u otra¡±, apunta.
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