Un juez obliga al Popular a devolver a un cliente su inversi¨®n en la ampliaci¨®n
La sentencia, contra la que cabe recurso, declara nula la compra en el banco propiedad del Santander porque la situaci¨®n financiera que recog¨ªa el folleto no era la real
El Juzgado de Primera Instancia n¨²mero 11 de Oviedo dicto con fecha del 23 de marzo una sentencia en la que declara ¡°la anulaci¨®n de la suscripci¨®n de acciones¡± realizada por un inversor entre el 6 de junio y el 30 de noviembre de 2016 porque la informaci¨®n que ofreci¨® la entidad sobre sus cuentas en el folleto de la ampliaci¨®n de capital de ese a?o ¡°era totalmente distinta de la real¡±.
El litigio se centraba en compras de varios paquetes de t¨ªtulos (5.000 acciones en total) que el cliente hizo en la ampliaci¨®n de capital de la entidad y meses despu¨¦s. El juez obliga al banco, ahora propiedad del Santander, a devolver el dinero, porque considera en el folleto de la ampliaci¨®n de capital se daba ¡°una imagen de solvencia que conduc¨ªa a una valoraci¨®n err¨®nea sobre su situaci¨®n financiera¡±.
La sentencia, la primera que se conoce que da la raz¨®n a un demandante por la ampliaci¨®n, se puede recurrir, porque es de primera instancia. Pero puede suponer un punto de inflexi¨®n: el Popular fue liquidado por las autoridades europeas el 6 de junio y vendido al Santander. Todos los accionistas del Popular perdieron toda su inversi¨®n.
El Banco Santander, tras la compra, ofreci¨® unos bonos de compensaci¨®n a accionistas del Popular que hubieran acudido a aquella ampliaci¨®n del 2016. Pod¨ªan recuperar su inversi¨®n, si cumpl¨ªan condiciones bastante estrictas: la inversi¨®n deb¨ªa estar depositada en el Popular Espa?a o en el Santander en el momento de la resoluci¨®n y renunciar a emprender acciones legales. Este plan de compensaci¨®n iba dirigido a 115.000 clientes del Popular que compraron acciones durante la ampliaci¨®n de capital de mayo de 2016 u obligaciones subordinadas en julio de 2011.
El plan tuvo aceptaci¨®n (el Santander coloc¨® el 78% de los bonos de compensaci¨®n), pero algunos exaccionistas decidieron seguir por la v¨ªa de la justicia.
Una informaci¨®n que no era real
En su auto, el juez de Oviedo se?ala que el Popular debe devolver los 5.454 euros de la inversi¨®n m¨¢s intereses, y el cliente devolver los t¨ªtulos y su rentabilidad devengada. ¡°No se trata aqu¨ª que las acciones hayan disminuido de valor como consecuencia de la marcha de la empresa (...) sino que es un hecho que la sociedad emisora de las acciones las ofrezca al salir a Bolsa mediante una informaci¨®n que reflejaba una situaci¨®n financiera totalmente distinta de la real, algo por completo ajeno a las advertencias gen¨¦ricas que pudiera haber hecho la demandanda [el Popular] respecto a los riesgos de la inversi¨®n¡±, sentencia el juez.
Adem¨¢s de las acciones, la sentencia declara tambi¨¦n nula una compra de obligaciones subordinadas por 30.000 euros que el mismo demandante hizo en julio de 2011?¡ªlas compr¨® en una oficina bancaria por recomendaci¨®n de una empleada que le asegur¨® que ten¨ªan muy buena rentabilidad y unas condiciones muy ventajosas de amortizaci¨®n¡ª y obliga tambi¨¦n a la entidad a devolver el capital suscrito.
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