El juez de Abengoa allana el camino para que Ericsson entre en Ezentis
El titular del juzgado n¨²nero 2 de Sevilla desestima la solicitud de concurso necesario pedida por los bonistas del grupo andaluz
El juez Pedro M¨¢rquez, titular del juzgado n¨²mero dos de lo mercantil de Sevilla, ha desestimado la solicitud de concurso necesario de Abentel, filial de Abengoa, solicitada por los bonistas de este grupo, sobre la base de que no ha resultado acreditado la venta a Ericsson de dicha filial ni el sobreseimiento generalizado de pagos por parte de esta empresa.
En relaci¨®n con la primera cuesti¨®n el auto del juez argumenta que no puede compararse la venta de la unidad de negocio a Ericsson con la posterior venta por esta de la sociedad Excellence Field Factory (EFF) a Ezentis, por lo que el Juzgado no puede entrar a valorar esta cuesti¨®n. Es decir, la empresa que preside Guillermo Fern¨¢ndez Vidal libra un obst¨¢culo para cerrar la operaci¨®n, que ha sido aprobada por su junta general de accionistas recientemente y que supone que Ericsson pase a tener el 11% de su capital. La decisi¨®n del juez puede ser recurrida.?
Abengoa transmiti¨® en julio de 2016 por un euro su negocio de telecomunicaciones a Ericsson que el pasado mes de abril lo habr¨ªa transmitido a la cotizada Ezentis en un valor de 29,5 millones de euros. Seg¨²n los bonistas, el precio de la compraventa a Ericsson se habr¨ªa visto gravemente afectado por las deudas asumidas por esta ¨²ltima. Con ocasi¨®n de la venta del negocio de telecomunicaciones, Abentel qued¨® sin actividad alguna, sin empleados y, a priori, sin m¨¢s deuda que la asumida por Ericsson. Sin embargo, la sentencia de 25 de julio de 2017, que daba la raz¨®n a los bonistas, cambi¨® sensiblemente la fotograf¨ªa de Abentel que ya no quedaba como una sociedad sin actividad, activos ni deudas.
La sentencia abr¨ªa la v¨ªa a los bonistas para reclamar el ¨ªntegro de sus cr¨¦ditos a Abengoa y a aquellas sociedades garantes de los mismos entre las que se encuentra Abentel Telecomunicaciones. Por ello, los bonistas dirigieron reiterados requerimientos al presidente de? Abengoa y a cada uno de sus consejeros. Sin embargo, tras siete meses, la compa?¨ªa sevillana a¨²n no ha acatado los t¨¦rminos de la sentencia, a pesar de la venta de sus principales activos y, concretamente, de su filial americana Atl¨¢ntica Yield a la canadiense Algonquin en casi 1.000 millones de d¨®lares.
Estas reticencias llevaron a los bonistas a la ejecuci¨®n judicial de los bonos y a la solicitud del concurso necesario de varias de las filiales por entender que se encontraban en una situaci¨®n de insolvencia por imposibilidad de pago a sus acreedores. Adem¨¢s, en relaci¨®n con Abentel, una de las filiales cuyo concurso necesario se solicitaba, los bonistas mantienen que se ha producido una venta de activos en fraude de acreedores.
A ra¨ªz de la sentencia, Abentel deb¨ªa abonar a los bonistas la nada despreciable suma de 10 millones. Los bonistas defienden que la liquidaci¨®n de Abentel se habr¨ªa llevado a cabo en perjuicio de acreedores, concretamente en fraude de los cr¨¦ditos de los propios bonistas que se han visto privado de los activos de la compa?¨ªa entregados a favor del resto de acreedores cuyos cr¨¦ditos quedaron cubiertos por Ericsson.
Exigibilidad de los cr¨¦ditos
En relaci¨®n con el impago por parte de Abentel de sus obligaciones a los bonistas el auto mantiene que estos no han acreditado la exigibilidad de sus cr¨¦ditos. Esto se produce a pesar de la claridad de la sentencia de 25 de septiembre del mismo juez, titular del Juzgado n¨²mero 2 de Sevilla, resolvi¨® el 25 de septiembre de 2017 el incidente de impugnaci¨®n presentado por determinados bonistas contra el Acuerdo de Refinanciaci¨®n de Abengoa y 42 filiales que, junto a diversos bancos y fondos, pactaron una quita del 97% para estos bonistas y todos aquellos acreedores financieros que no se hubieran adherido al acuerdo de refinanciaci¨®n.
En este sentido, se?ala el juez sobre su propio antecedente que ¡°las manifestaciones contenidas en la sentencia 442/2017 relativas a la naturaleza o al car¨¢cter l¨ªquido, vencido o exigible de un cr¨¦dito no tienen car¨¢cter vinculante para resolver sobre la solicitud de declaraci¨®n de concurso necesario objeto del presente procedimiento¡±.
Conviene recordar que la exigibilidad de los cr¨¦ditos de los bonistas constituy¨® la piedra angular que permiti¨® a Abengoa allegar las mayor¨ªas suficientes para sacar adelante el Acuerdo de Refinanciaci¨®n sobre las 23 sociedades filiales garantes de las emisiones de bonos. Sin embargo, cuando los bonistas han querido hacer valer esta exigibilidad frente a las mismas sociedades el Juez M¨¢rquez parece no tenerlo tan claro.
Este diario se ha puesto en contacto con los representantes de los bonistas para conocer su opini¨®n sobre la inadmisi¨®n de su solicitud de concurso. En relaci¨®n con el mismo han manifestado que consideran a Pedro M¨¢rquez un juez ecu¨¢nime y que, aunque no comparten su criterio, comprenden la enorme responsabilidad que conllevan sus resoluciones. No se expresan, sin embrago, si van a recurrir la decisi¨®n.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.