El Supremo avala la empresa creada por Agbar y el ?rea Metropolitana de Barcelona para el abastecimiento de agua
El alto tribunal da la raz¨®n a la compa?¨ªa y revoca una sentencia previa que anulaba el contrato
El Tribunal Supremo ha avalado este mi¨¦rcoles la sociedad mixta Aig¨¹es de Barcelona, constituida en 2012 para llevar el suministro de agua a 23 municipios del ?rea Metropolitana de Barcelona (AMB) y gestionar todo el ciclo del agua de los 36 municipios que forman parte de la corporaci¨®n. El tribunal ha estimado los recursos presentados contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a que revoc¨® los acuerdos por el que el AMB aprob¨® la creaci¨®n de la empresa mixta. El Supremo revoca esa sentencia y considera legal el procedimiento empleado por la administraci¨®n para adjudicar el servicio.
Aig¨¹es de Barcelona es una empresa de capital p¨²blico-privado participada por Agbar (70%), Criteria Caixa (15%) y por el ?rea Metropolitana de Barcelona (15%) creada en 2012 tras un acuerdo entre el AMB, entonces gobernado por CiU y PSC, y Agbar. La sociedad factur¨® el pasado a?o 426 millones de euros y gan¨® 22,9 millones. En el momento de su creaci¨®n, Suez, el propietario franc¨¦s de Agbar, se?al¨® que los 35 a?os de validez del convenio de creaci¨®n de la compa?¨ªa supon¨ªan un negocio de 3.500 millones de euros.
Acciona, Aqualia, Seasa y Aguas de Valencia decidieron llevar el acuerdo a los tribunales y el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) anul¨® en marzo de 2016 la concesi¨®n a la empresa p¨²blico-privada liderada por Agbar de la gesti¨®n del agua en el ¨¢rea metropolitana de Barcelona al considerar que la Administraci¨®n no justific¨® suficientemente su decisi¨®n de no convocar concurso p¨²blico para adjudicar el contrato, decisi¨®n que fue recurrida por la empresa al Supremo. En la sentencia notificada este mi¨¦rcoles, la Sala de lo Contencioso-administrativo da la raz¨®n a la sociedad al concluir que la decisi¨®n de adjudicar el servicio mediante un procedimiento negociado, en vez de con un concurso p¨²blico, est¨¢ avalada por la Ley de Contratos del Sector P¨²blico.
El Tribunal Supremo considera asimismo que, pese a que la competencia de la gesti¨®n del agua es municipal, eso no presupone, como demandaban las empresas demandantes, que se deba municipalizar el servicio, sino que solo tienen la competencia. De la misma forma que se opone a la versi¨®n que concesi¨®n con la que explotaba el servicio Agbar, tal y como afirmaba Agbar, fuera provisoria, ya que en ning¨²n caso las administraciones competentes asumieron el servicio. Hace una especial referencia a los a?os 1966 y 1982, cuando en sendas negociaciones hubo oportunidad de asumir ese servicio.?
El fallo supone un varapalo para las pretensiones de Barcelona en Com¨², el partido de gobierno de Ada Colau, que ve¨ªa en una ratificaci¨®n del fallo del TSJC una oportunidad para abrir un proceso de municipalizaci¨®n en los 23 municipios en los que Aguas de Barcelona ofrec¨ªa el suministro de agua. La sentencia del Supremo dificulta sus planes y pone fin a un litigio que, m¨¢s all¨¢ de los juzgados, se ha trasladado a los despachos. Colau, presidenta del AMB adem¨¢s de alcaldesa, ha admitido su decepci¨®n tras conocer el fallo: "No nos gusta y nos ha sorprendido sobre esta operaci¨®n de privatizaci¨®n del agua", informa Jos¨¦ ?ngel Monta?¨¦s. Colau se ha sentido extra?ada por que la sentencia del Supremo resuelve "en un sentido absolutamente contrario a la que se hizo" por el TSJC y ha afirmado que su gobierno no dar¨¢ m¨¢s opiniones hasta hacer una lectura a fondo.
Los enfrentamientos entre el equipo de Colau, que preside el ?rea Metropolitana de Barcelona ¡ªtitular en materia de aguas en Catalu?a¡ª, y Agbar han sido continuos. El ¨²ltimo, por la decisi¨®n del AMB de reducir la tarifa del agua en los municipios controlados por Aguas de Barcelona m¨¢s de lo que hab¨ªa propuesto la compa?¨ªa.
Una de las batallas que enfrentaban los comunes y a Agbar era la valoraci¨®n que se hizo de los activos que Agbar aportaba a la nueva sociedad, que consideraba excesivos. Con la sentencia del Supremo, Agbar considera ratificado el importe de 476 millones con el que los valor¨®, as¨ª como la existencia de los t¨ªtulos concesionales con los que ofrec¨ªa el suministro de agua, cuestionados en la sentencia en primera instancia del TSJC.
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