?Tengo que ir a trabajar? ?Cu¨¢ndo recupero las horas perdidas? Preguntas y respuestas sobre las nuevas medidas
El endurecimiento del confinamiento no afecta a quien ya estuviera teletrabajando, se dedique a actividades consideradas esenciales o ya hubiera suspendido su actividad por un ERTE
El Gobierno ha decidido endurecer el confinamiento para intentar frenar la expansi¨®n del coronavirus: el presidente, Pedro S¨¢nchez, anunci¨® el s¨¢bado la paralizaci¨®n de todas las actividades no esenciales desde el pr¨®ximo lunes 30 de marzo hasta el jueves 9 de abril, ambos incluidos.
La medida, que ha sido aprobada este domingo en un Consejo de Ministros extraordinario, trata de limitar lo m¨¢ximo posible la circulaci¨®n de personas y as¨ª detener la curva de contagios. A continuaci¨®n, una lista de preguntas y respuestas sobre las nuevas reglas que empezar¨¢n a aplicarse a partir del lunes.
?Qu¨¦ actividades se consideran esenciales?
Los servicios esenciales son aquellos considerados necesarios para el mantenimiento de las funciones sociales b¨¢sicas (la salud, la seguridad, el bienestar social y econ¨®mico de los ciudadanos) o el eficaz funcionamiento de las instituciones del Estado y las Administraciones p¨²blicas, como el sector sanitario, las fuerzas de seguridad, las telecomunicaciones y la industria energ¨¦tica. El real decreto publicado este domingo a ¨²ltima hora incluye un anexo de 25 puntos con las actividades que seguir¨¢n funcionando.
Entre ellas aparecen las que ya estaban previstas en varios art¨ªculos del real decreto de 14 de marzo con el que se establec¨ªa el estado de alarma: establecimientos comerciales minoristas de alimentaci¨®n, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, establecimientos farmac¨¦uticos, m¨¦dicos, ¨®pticas y productos ortop¨¦dicos, productos higi¨¦nicos, prensa y papeler¨ªa, combustible para la automoci¨®n, estancos, equipos tecnol¨®gicos y de telecomunicaciones, alimentos para animales de compa?¨ªa, comercio por Internet, telef¨®nico o correspondencia y lavander¨ªas, restauraci¨®n a domicilio, las actividades necesarias a garantizar el suministro de energ¨ªa el¨¦ctrica, productos derivados del petr¨®leo y gas natural.
Adem¨¢s, podr¨¢n seguir funcionando las empresas necesarias para suministrar productos y servicios a estas actividades esenciales, como las dirigidas a garantizar alimentos y bebidas, productos higi¨¦nicos o medicamentos. Tambi¨¦n continuar¨¢n operando los servicios bancarios, abogados y notarios, las empresas de telecomunicaciones, audiovisuales y servicios inform¨¢ticos esenciales, la recogida de basura, los servicios de limpieza y los que brinden protecci¨®n y atenci¨®n a las v¨ªctimas de violencia de g¨¦nero y asistan a dependientes y personas con discapacidad. Aqu¨ª se puede consultar el decreto con la lista completa de actividades.
?Qu¨¦ ocurre con los trabajadores?
La paralizaci¨®n de las actividades no consideradas esenciales no implica que los trabajadores afectados dejen de percibir el sueldo. Continuar¨¢n cobrando con normalidad remunerados por sus empresas gracias a unos permisos retribuidos recuperables. Cuando la situaci¨®n de emergencia termine, recuperar¨¢n las horas de trabajo no prestadas de forma gradual.
?Qu¨¦ pasa si no se puede interrumpir la actividad de golpe?
El decreto reconoce, en el art¨ªculo 5, la posibilidad de seguir trabajando este lunes en aquellos casos en los que ¡°resulte imposible interrumpir de modo inmediato la actividad¡±. El texto detalla sin embargo que este supuesto est¨¢ permitido con ¡°el ¨²nico prop¨®sito de llevar a cabo las tareas imprescindibles para poder hacer efectivo el permiso retribuido recuperable sin perjudicar de manera irremediable o desproporcionada la reanudaci¨®n de la actividad empresarial¡±.
?La medida afecta al teletrabajo?
La ministra de Trabajo, Yolanda D¨ªaz, s¨ª que ha advertido en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que el teletrabajo no est¨¢ afectado por la medida. Es decir, en aquellos casos en que es posible trabajar a distancia, hay que hacerlo.
?Y los trabajadores ya afectados por un ERTE?
La ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, Mar¨ªa Jes¨²s Montero, y la de Trabajo, Yolanda D¨ªaz, han especificado este domingo en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministro extraordinario que los permisos retribuidos recuperables no afectar¨¢n a aquellos empleados que ya est¨¢n teletrabajando, a quienes se les haya suspendido la actividad a trav¨¦s de un Expediente de Regulaci¨®n Temporal de Empleo (ERTE), est¨¦n de baja por incapacidad temporal o de permiso de maternidad y paternidad, trabajen en los servicios considerados esenciales o en actividades que hayan tenido que cerrar en consecuencia a la declaraci¨®n del estado de alarma.
?Cu¨¢ndo se devuelven las horas no trabajadas?
D¨ªaz ha insistido en que el esfuerzo para superar esta crisis tiene que ser tanto de empresas como de trabajadores. Ha aclarado que, mientras que las compa?¨ªas garantizan el pago de los salarios, los empleados, por su parte, tendr¨¢n que devolver las horas no trabajadas antes del 31 de diciembre. ¡°Hablamos de 15 d¨ªas, pero en realidad son 8 d¨ªas laborables¡±, ha subrayado D¨ªaz, al incluir los festivos de la Semana Santa.
¡°No son unas vacaciones obligatorias. Hay empresas que han reducido jornadas. Empresas que han acudido a la distribuci¨®n irregular de las horas. Dejamos que cada sector pueda negociar c¨®mo va a hacer la devoluci¨®n de las horas. Son jornadas que han de ser devueltas y hay de plazo hasta el 31 de diciembre de 2020¡å, ha enfatizado D¨ªaz.
?C¨®mo se recuperan las horas?
La ministra de Trabajo no ha especificado cu¨¢ntos trabajadores se ver¨¢n afectados por la medida, y ha dicho que la devoluci¨®n de las horas deber¨¢ cumplir con el art¨ªculo 34 del Estatuto de los Trabajadores: respetar los descansos de jornada diarios y semanales y ser compatible con el derecho a la conciliaci¨®n. Asimismo, ha agregado que se han creado mecanismos de negociaci¨®n con los principales sindicatos y con los m¨¢s representativos de cada sector para decidir c¨®mo organizar esta devoluci¨®n. Las empresas m¨¢s peque?as que no est¨¦n sindicalizadas se dotar¨¢n de una comisi¨®n ad hoc.
?Ya no se pueden solicitar ERTEs?
D¨ªaz ha explicado que la nueva medida no implica que las empresas no vayan a poder seguir solicitando ERTE. En los casos en los que los trabajadores est¨¦n sujetos a un ERTE de reducci¨®n de jornada (que no implique la suspensi¨®n total de la actividad) se compensar¨ªa con esta medida supletoria, es decir, la parte de la jornada que hasta ahora se viniera realizando dejar¨ªa de hacerse por este permiso retribuido recuperable.
?Otros pa¨ªses han paralizado las actividades no esenciales?
Espa?a no es el ¨²nico pa¨ªs que ha congelado todas las actividades no consideradas esenciales. Italia, por ejemplo, endureci¨® las restricciones y estableci¨® el cierre de todas las actividades productivas no esenciales hace una semana.
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