Patinetes, terrazas y taxis: la hiperactividad normativa de los Ayuntamientos
Los consistorios responden a la par¨¢lisis legislativa multiplicando las complejas ordenanzas municipales
Los Ayuntamientos est¨¢n siendo los grandes protagonistas de la actividad normativa de los ¨²ltimos meses. Textos como los que contienen la regulaci¨®n anticontaminaci¨®n de Madrid y Barcelona, la moratoria a la apertura de nuevos bares en M¨¢laga o las m¨²ltiples reglamentaciones municipales sobre patinetes el¨¦ctricos han ocupado el espacio abandonado por la escasa actividad legislativa nacional y auton¨®mica, fruto de la situaci¨®n de interinidad en el Estado y las complejas composiciones de los Parlamentos regionales.
Quienes siguen de cerca la realidad local detectan un incremento en la ambici¨®n regulatoria de los Consistorios. ¡°Los Ayuntamientos actuales tienen un perfil mucho m¨¢s pol¨ªtico que hace unos a?os¡±, subraya Jos¨¦ Vicente Morote, socio de Andersen Tax & Legal. Una circunstancia que les lleva a abordar cuestiones que sobrepasan sus competencias o que chocan con otras normativas. ¡°Antes eran m¨¢s desarrollistas, se limitaban a concretar lo que dec¨ªa la legislaci¨®n estatal o auton¨®mica, pero ahora son m¨¢s innovadores, y eso est¨¢ generando una mayor conflictividad¡±, se?ala el letrado.
Concepci¨®n Campos, secretaria de Administraci¨®n local y codirectora de la Red Localis, cree que esta tendencia se explica porque el alcalde y los concejales son la primera l¨ªnea de respuesta a los ciudadanos. ¡°Conocen los problemas de modo muy directo y sienten la imperiosa necesidad de resolverlos. No pueden esperar¡±. En su opini¨®n, hay otros dos factores que han disparado la presi¨®n sobre los equipos municipales: la creciente velocidad a la que se producen los cambios sociales (como ha sucedido, por ejemplo, con el incremento de la preocupaci¨®n por el clima) y la necesidad de dar respuesta a las nuevas realidades, como los veh¨ªculos compartidos o los pisos tur¨ªsticos.
Y todo ello, seg¨²n Pedro Gonz¨¢lez Torroba, profesor de Deusto Business School y coordinador general de econom¨ªa del Ayuntamiento de Madrid, agravado por un marco competencial que no est¨¢ bien definido, lo que abona una actitud ¡°expansiva¡± por parte de los municipios en materia regulatoria.
El instrumento legal con el que cuentan los Ayuntamientos para regular la vida de las ciudades son las ordenanzas municipales, normas cuya redacci¨®n resulta especialmente compleja. Al tener el rango jer¨¢rquico de un reglamento, estos textos deben respetar el contenido de toda la normativa de nivel superior (las leyes estatales y auton¨®micas y la legislaci¨®n europea), as¨ª como la jurisprudencia que las interpreta. Tambi¨¦n principios constitucionales como la libertad de empresa o la libre competencia. ¡°Y no todos los Ayuntamientos tienen enormes equipos de juristas como en las grandes ciudades¡±, recuerda Campos, que admite que es ¡°enormemente complicado¡± elaborar una norma que sea ¡°inatacable¡±.
Adem¨¢s, el rango reglamentario convierte a las ordenanzas en un blanco f¨¢cil para cualquiera que se sienta agraviado por su articulado. As¨ª, mientras una ley solo puede impugnarse ante el Tribunal Constitucional, las normas municipales son recurribles por cualquier ciudadano u organizaci¨®n ante la jurisdicci¨®n ordinaria. ¡°Y eso las convierte en especialmente vulnerables¡±, apunta Alberto Palomar, socio de Broseta y exmagistrado de lo contencioso-administrativo. De hecho, son pocas las ordenanzas que nacen sin enemigos. Sin ir m¨¢s lejos, en Barcelona, la Plataforma Afectados Restricciones Circu?latorias ya ha anunciado que recurrir¨¢ la Zona de Bajas Emisiones (ZBE), en vigor desde el pasado 1 de enero.
Adem¨¢s, como apunta Palomar, los jueces son especialmente exigentes con la regulaci¨®n municipal. ¡°En materia tributaria, por ejemplo, hay numeros¨ªsimas sentencias que tumban tasas porque dicen que el informe econ¨®mico-financiero era insuficiente o inv¨¢lido. Y eso no lo vemos en normas de rango superior¡±. Este argumento sirvi¨® para que, en mayo del pasado a?o, la justicia anulara la tasa municipal con la que el Ayuntamiento de Valencia quer¨ªa cobrar a las compa?¨ªas el¨¦ctricas y otras energ¨¦ticas por el uso del espacio p¨²blico para el cableado de la luz, el gas o el agua. Las ordenanzas fiscales o urban¨ªsticas, por afectar a dos materias especialmente sensibles, cuentan con un procedimiento espec¨ªfico de aprobaci¨®n.
Tumbada la norma del taxi
La suma de todos estos elementos provoca que exista un goteo constante de sentencias judiciales que anulan total o parcialmente ordenanzas municipales. Solo en los ¨²ltimos meses, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y Le¨®n ha tumbado la normativa del taxi del Ayuntamiento de Valladolid o la regulaci¨®n de algunas zonas de terrazas de Salamanca. Y el TSJ catal¨¢n ha declarado nulo que Reus pudiera multar a las personas que pidieran limosna. Una conflictividad que no sale gratis.
A los problemas propios de la anulaci¨®n de cualquier norma en forma de inseguridad, incertidumbre o retrasos hay sumar el riesgo de que genere un perjuicio econ¨®mico para la Administraci¨®n por culpa de devoluciones dinerarias o indemnizaciones a los perjudicados.
Para contrarrestar estos efectos negativos, Concepci¨®n Campos recomienda dar m¨¢s importancia al tr¨¢mite de alegaciones con el que se inicia la elaboraci¨®n de las ordenanzas municipales. Una fase que abre un di¨¢logo entre el Consistorio y los potenciales afectados que puede ayudar a reducir el peligro de impugnaci¨®n. En todo caso, como relata Jos¨¦ Vicente Morote, ¡°los ciudadanos y las empresas est¨¢n cada vez m¨¢s pendientes de las normas en cuanto inician su camino¡±. Una etapa previa que, subraya este experto, aunque ralentiza la tramitaci¨®n, logra una normativa m¨¢s participativa y democr¨¢tica. Y en consecuencia, a la larga, menos conflictiva.
Tomar la fresca
El contenido de algunas ordenanzas municipales puede sorprender por lo pegado a lo cotidiano que resultan. El Ayuntamiento de Cullera (Valencia) decidi¨® regular la forma en que los vecinos tomaban la fresca (sacar sillas a la calle para pasar la tarde) despu¨¦s de que se produjeran algunos roces con viandantes por el uso de las aceras. C¨®rdoba solo permite regar las plantas de los balcones entre la medianoche y las ocho de la ma?ana, para no molestar a los transe¨²ntes. Resulta llamativa la multa de 100 euros que Terrassa (Barcelona) impuso a dos septuagenarios por recoger olivas de los ¨¢rboles de los parques. Como despu¨¦s las intercambiaban por aceite, un polic¨ªa local los sancion¨® porque la ordenanza de convivencia democr¨¢tica prohib¨ªa ejercer trabajos en la v¨ªa p¨²blica sin autorizaci¨®n.
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