Un tribunal da cuatro a?os a un mal estudiante para que termine la FP antes de retirarle la manutenci¨®n paterna
Entiende que es suficiente para que el chico, de veinti¨²n a?os, finalice su formaci¨®n y encuentre trabajo. Fueron menos duros que el juez de instrucci¨®n, que le dio un utim¨¢tum de tan solo un a?o
La obligaci¨®n legal de mantener a los hijos hasta que estos sean econ¨®micamente independientes no es indefinida. Una vez que alcanzan la mayor¨ªa de edad, los j¨®venes deben demostrar cierto inter¨¦s en terminar los estudios o encontrar trabajo para seguir viviendo de sus padres. Dicho de otro modo, los jueces establecen unos l¨ªmites temporales para no perpetuar de modo indefinido el deber de los progenitores.
Este es el caso sentenciado recientemente por la Audiencia Provincial de Asturias, en el que el tribunal da un plazo de cuatro a?os a un joven de veintiuno para concluir sus estudios antes de dejar de percibir la pensi¨®n paterna. No obstante, el fallo (cuyo texto puede consultar aqu¨ª) aumenta en tres a?os el l¨ªmite a la paga que hab¨ªa fijado el juzgado en primera instancia. Seg¨²n los magistrados, un a?o es poco tiempo para finalizar la formaci¨®n iniciada para poder acceder con garant¨ªas al mercado laboral. En cambio, estiman, cuatro a?os es un periodo ¡°suficiente¡± para terminar el curso y buscar trabajo.
El chico hab¨ªa demandado a su progenitor, solicitando al juez una paga de 350 euros mensuales. El juzgado, en cambio, estipul¨® 150 euros al mes (actualizable con el IPC), durante un m¨¢ximo de un a?o. Seg¨²n se relata en la sentencia, el joven hab¨ªa tenido dificultades para terminar la ense?anza obligatoria. Fue repetidor de 2? de la ESO, en el que solo hab¨ªa conseguido aprobar Educaci¨®n F¨ªsica. Adem¨¢s, debido al ¡°escaso o nulo rendimiento¡± obtenido en el plan general, tuvo que realizar los dos ¨²ltimos cursos a trav¨¦s del programa de diversificaci¨®n curricular.
A pesar de todo, el joven no dej¨® su formaci¨®n. Durante el a?o acad¨¦mico 2018/2019, estuvo matriculado en el curso 2? del ciclo formativo de grado medio de Electromec¨¢nica de Veh¨ªculos Autom¨®viles en un Instituto de Educaci¨®n Secundaria. Adem¨¢s, en el momento de presentar el recurso ante el tribunal asturiano, se hab¨ªa inscrito para cursar estudios de grado superior, en concreto, el ciclo superior de Automoci¨®n para obtener un t¨ªtulo de t¨¦cnico.
Tiempo para estudiar
La Audiencia asturiana acoge, en parte, sus argumentos. Reconoce que ha demostrado un ¡°inter¨¦s en completar su formaci¨®n¡± en esa rama de la ense?anza ¡°con miras a conseguir una capacitaci¨®n profesional que le permita obtener un puesto de trabajo en el sector¡±. Por este motivo, considera adecuado mantener la pensi¨®n de alimentos durante un periodo suficiente que le permita terminar el curso y desarrollar una actividad laboral. Para los magistrados, un a?o es un plazo excesivamente corto (seg¨²n el Ministerio de Educaci¨®n, la duraci¨®n del ciclo superior es de 2.000 horas), por lo que fija un periodo m¨¢ximo de cuatro en el que el padre est¨¢ obligado a seguir pasando la pensi¨®n.
Seg¨²n razona el tribunal, esta decisi¨®n es coherente con el criterio general de establecer un l¨ªmite a las pensiones de alimentos para los hijos mayores de edad que siguen dependiendo econ¨®micamente de sus padres. La justicia les exige una ¡°conducta diligente en la b¨²squeda de su autonom¨ªa personal y econ¨®mica¡±. Al mismo tiempo, afirman los magistrados, de este modo ¡°se advierte contra la pasividad en la lucha por la vida y la propia independencia¡±. Para mantener la pensi¨®n, por tanto, deben darse dos requisitos. Por un lado, que el alimentista siga form¨¢ndose o intentando obtener un empleo y no se observe comportamientos tales como ¡°dejadez, desidia, desinter¨¦s en el desarrollo de una actividad laboral¡±. Por otro, que el progenitor alimentante tenga ingresos suficientes para hacer frente a sus necesidades.
Por otro lado, el tribunal rechaza aumentar la cuant¨ªa de la paga a la cantidad de 350 euros. La raz¨®n es que la cantidad fijada por el juez, 150 euros, es proporcional a los ingresos de su progenitor, como exige el art¨ªculo 146 del C¨®digo Civil. Adem¨¢s, a?ade el tribunal, esta decisi¨®n tambi¨¦n es coherente con la solicitud del joven. El solicitante aleg¨® que su progenitor ingresaba dos mil euros mensuales, por lo que la pensi¨®n reclamada supon¨ªa un 17,5 % de su renta. Aplicando este mismo porcentaje a los ingresos reales del padre, unos mil euros mensuales, y teniendo en cuenta debe hacer frente a las cuotas de dos pr¨¦stamos, el resultado coincide con la cuant¨ªa fijada de 150 euros al mes.
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