?Afecta el coronavirus al r¨¦gimen de visitas de los hijos de parejas separados? ?es legal salir a la calle para llevarlos?
Los abogados de familia llevan varios d¨ªas recibiendo una avalancha de consultas de padres y madres con dudas sobre c¨®mo afecta el estado de alarma a las medidas adoptadas tras el divorcio
El estado de alarma, la prohibici¨®n de circular por la calle y el miedo al contagio instalado en muchas familias ha disparado las consultas legales de padres y madres separados con hijos sobre c¨®mo deben gestionar el r¨¦gimen de visitas de los menores. ?Se mantiene lo establecido en el convenio aunque resulte de dif¨ªcil aplicaci¨®n? ?qu¨¦ pasa si uno de los dos progenitores tiene una profesi¨®n de riesgo? ?es legal salir a la calle para entregarle a los ni?os a la expareja? Seg¨²n relatan los abogados de familia, la actual situaci¨®n plantea una serie de dudas legales que no siempre tienen una respuesta clara. De hecho, seg¨²n reclaman algunos de ellos, ser¨ªa conveniente que la autoridad competente (las consejer¨ªas de familia o el Ministerio de Justicia, sugieren) publicara alg¨²n tipo de gu¨ªa o protocolo que resolviera algunas cuestiones b¨¢sicas que muchos padres y madres ya est¨¢n planteando.?
?Se mantiene el r¨¦gimen de visitas?
Rosa L¨®pez, socia de ABA Abogadas, explica que mientras no exista una resoluci¨®n judicial que modifique lo recogido en el convenio regulador o sentencia que establece los t¨¦rminos de la separacion, "estos deben cumplirse en su estrictos t¨¦rminos". No obsante, m¨¢s all¨¢ de legalismos, la letrada recomienda aplicar en todo caso "el sentido com¨²n y el inter¨¦s del menor y de quienes nos rodean". Es decir, si se produce alguna situaci¨®n de riesgo o excepcional que aconseje no aplicar lo contenido en dichos documentos, los padres deber¨¢n acordar la mejor soluci¨®n. Una opini¨®n que comparte Delia Rodr¨ªguez, socia directora del bufete Vestalia Asociados. "Salvo nuevos acontecimientos, lo acordado sigue vigente. Nada apunta a que lo contenido en el convenio o en la sentencia sea se tenga que suspender".
?Pueden salir los padres a la calle para entregar a los ni?os?
Sentada la premisa anterior, la duda que plantean muchos padres y madres es si pueden bajar a la calle para entregar a los menores a su expareja o, si trabajan, para dejarlos el familiar que se haga cargo de ellos normalmente. Delia Rodr¨ªguez cree que s¨ª. El art¨ªculo 7,1.e) del Real Decreto del estado de alarma determina que, entre las personas que pueden circular por las v¨ªas de uso p¨²blico, se encuentran aquellas que se dediquen a la "asistencia y cuidado de mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables". En todo caso, como ella misma aclara, esta conclusi¨®n la extae haciendo una "interpretaci¨®n expansiva" del precepto. "Estos traslados son necesarios para garantizar el cuidado de los ni?os y dar cumplimiento a una resoluci¨®n judicial vigente", reflexiona; "en todo caso, se echa de menos una declaraci¨®n oficial que d¨¦ tranquilidad a las familias y se aclare esto".
Rosa L¨®pez, por su parte, entiende que esta situaci¨®n podr¨ªa encajar en el art¨ªculo 7.1.d) del real decreto, cuando se refiere al "retorno al lugar de residencia habitual". Aunque, de nuevo, el literal de texto podr¨ªa plantear alguna objeci¨®n.
Es indiferente que los padres vivan en provincias distintas o a una distancia considerable, unos 40 o 50 kil¨®metros. El traslado, mientras no haya un cierre de fronteras provinciales, en principio, deber¨¢ realizarse.
?C¨®mo justificarlo ante la polic¨ªa?
Aqu¨ª s¨ª que el vac¨ªo legal es total. En todo caso, Rodr¨ªguez recomienda, cuando se salga a la calle para entregar a los hijos a la expareja, llevar consigo una copia del convenio regulador o de la sentencia que contiene las medidas, as¨ª como el libro de familia. "Es la mejor manera para demostrar que has salido a la calle con una raz¨®n amparada por la norma. El libro de familia permite acreditar que tienes menores a tu cargo", explica.
?Puede un progenitor negarse a entregar a los menores?
Las realidades familiares son diversas y no siempre sencillas de manejar, especialmente tras una situaci¨®n tan conflictiva como una separaci¨®n. Por ello, M¨®nica Ruiz, tambi¨¦n socia de ABA Abogados, aconseja a los padres y madres "no adoptar decisiones unilaterales de suspensi¨®n del r¨¦gimen de visitas o incluso del r¨¦gimen de custodia compartida". Los menores, explica, incluso en una situaci¨®n tan dif¨ªcil como el estado de alarma, "tienen derecho a seguir manteniendo relaci¨®n con ambos progenitores y a recibir su afecto".
?Qu¨¦ debe hacer un padre o una madre si el otro adopta la decisi¨®n unilateral de no entregarle a los ni?os? La letrada recomienda acudir al procedimiento fijado en el art¨ªculo 158 del C¨®digo Civil, que regula el procedimiento a trav¨¦s del cual un juez puede dictar las medidas que considere oportunas para evitar que se causen perjuicios a un menor. A trav¨¦s de este mecanismo, "y en defecto de acuerdo, se pueden establecer de manera inmediata las medidas a ejercer si es que la fijada en convenio o resoluci¨®n judicial pudieran ser de imposible cumplimiento. Y hasta abogar¨ªa por la fijaci¨®n de sanciones", asevera Ruiz.
Delia Rodr¨ªguez, por su parte, entiende que existen casos de fuerza mayor en los que se deber¨¢ aplicar el sentido com¨²n y el inter¨¦s superior de los ni?os m¨¢s que nunca. "Pero aqu¨ª es donde vienen los problemas, porque la casu¨ªstica es infinita". Y pone como ejemplo, un progenitor que no quiera entregar al otro a sus hijos comunes porque tenga una profesi¨®n de riesgo o conviva con alguien que est¨¦ contagiado del coronavirus. En todo caso, advierte que estas son situaciones excepcionales y que, quien adoptara una decisi¨®n as¨ª, "deber¨¢ justificarla el d¨ªa de ma?ana ante un juez".
?Es delito incumplir el r¨¦gimen de visitas?
Desde 2015 no es delito incumplir el r¨¦gimen de visitas. Sin embargo, una decisi¨®n unilateral en este sentido puede tener consecuencias civiles en forma de una revisi¨®n de las medidas en contra de quien ha tomado esa determinaci¨®n "si se demuestra que la adopt¨® de manera irracional o injustificada", aclara Rodr¨ªguez.
?Puede los padres adoptar acuerdos temporales?
Las abogadas coinciden en que el acuerdo entre progenitores y sentido com¨²n es la mejor soluci¨®n en estos casos, siempre guiado por el inter¨¦s superior del menor. "Cualquier pacto que se alcance durante el estado de alarma no vincula a posteriori. Es decir, no genera actos propios ni condiciona la resoluci¨®n de futuros conflictos, porque se trata de un periodo excepcional con circunstancias no habituales que desaparecer¨¢n cuando cese esta crisis", aclara M¨®nica Ruiz.
"Que prime el sentido com¨²n", pide Rodr¨ªguez, que recuerda, adem¨¢s, que los deberes de informaci¨®n y comunicaci¨®n de los peque?os con los padres con los que no est¨¢n fisicamente "se mantienen absolutamente todos". De hecho, insiste en que es obligatorio dar detalle en cuanto a su salud a la expareja e, incluso, facilitar llamadas "que den tranquilidad y sensaci¨®n de seguridad a los ni?os".
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