Multa de 10.000 euros a una empresa que despidi¨® a cuatro empleados por dar positivo en covid
La compa?¨ªa riojana del sector agr¨ªcola someti¨® a todos sus trabajadores a una prueba PCR
La Inspecci¨®n de Trabajo y Seguridad Social de La Rioja ha multado a una empresa de Logro?o que despidi¨® a cuatro de sus trabajadores por dar positivo en coronavirus tras las pruebas a las que fue sometida toda la plantilla el pasado mes de septiembre. De los 53 empleados con los que contaba esta compa?¨ªa dedicada al sector agr¨ªcola tan solo cuatro de ellos obtuvieron un resultado positivo, y como consecuencia de ello se quedaron sin su puesto de trabajo. En vista de esta actuaci¨®n, la Inspecci¨®n abri¨® un expediente sancionador a la empresa por considerar que se hab¨ªa producido una discriminaci¨®n laboral, tipificada como muy grave, y por la que deber¨¢ hacer frente a una multa de 10.000 euros.
Seg¨²n las conclusiones del acta de infracci¨®n abierta por el organismo, y a la que ha tenido acceso EL PA?S, los afectados ¡°vieron extinguida su relaci¨®n laboral por decisi¨®n unilateral de la empresa¡±, y por tanto, ¡°queda claro que por parte de la empresa se ha incurrido en un trato discriminatorio ocasionado por el resultado de PCR positiva de los trabajadores afectados¡±.
Fuentes pr¨®ximas a la Inspecci¨®n a?aden que los cuatro trabajadores afectados desarrollaban su actividad en distintas explotaciones agrarias desde poco antes de ser despedidos. Uno de ellos tan solo llevaba un d¨ªa trabajando. Tras confirmarse su contagio, la empresa decidi¨® poner fin a la relaci¨®n laboral, y lo hizo, adem¨¢s, con efectos previos a la fecha a la que obtuvieron los resultados de las pruebas PCR (7 y 14 de septiembre, respectivamente).
Por ese motivo, ninguno de los cuatro trabajadores pudo acceder a la situaci¨®n de incapacidad temporal por situaci¨®n asimilada a accidente de trabajo (que es como est¨¢ considerado el contagio de coronavirus), e igualmente les result¨® imposible acceder a las prestaciones de la Seguridad Social contempladas para estos casos. Adem¨¢s, la empresa dej¨® de abonarles los salarios correspondientes a los d¨ªas que trabajaron desde que fueron contratados hasta que dieron positivo.
Decisi¨®n unilateral
Los 49 compa?eros restantes mantuvieron su puesto de trabajo tras confirmarse el resultado negativo, por lo que la Inspecci¨®n considera probada la discriminaci¨®n laboral llevada a cabo por la empresa con respecto a estos cuatro empleados.
Este comportamiento supone la infracci¨®n de los art¨ªculos 5.1 y 8.12 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, en los que est¨¢ tipificado como muy grave. Esta consideraci¨®n lleva aparejada una multa de 10.000 euros a la que tendr¨¢ que hacer frente la empresa.
Fuentes jur¨ªdicas consultadas confirman que el despido por causa de covid-19 resulta discriminatorio por vulnerar el art¨ªculo 15 de la Constituci¨®n ¡ª¡±Los espa?oles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminaci¨®n alguna por raz¨®n de nacimiento, raza, sexo, religi¨®n, opini¨®n o cualquier otra condici¨®n o circunstancia personal o social¡±¡ª, y como resultado de ello la empresa podr¨ªa enfrentarse a la declaraci¨®n de nulidad de los cuatro despidos en el caso de que estos demandasen.
El Gobierno, adem¨¢s, ya despleg¨® un paraguas proteccionista en marzo para restringir los despidos en los que se alegase que la covid-19 hab¨ªa provocado las causas econ¨®micas, organizativas o t¨¦cnicas que los justificaban. Con esta base ya se han producido reconocimientos de improcedencia por parte de tribunales, como el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y del juzgado de lo social n¨²mero 1 de Matar¨®.
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