Condenado a m¨¢s de tres a?os de c¨¢rcel un empleado de Caja Rural Zamora que se adue?¨® de 207.000 euros
El director de unas sucursales de la entidad retir¨® el dinero durante tres a?os y fue descubierto por una auditor¨ªa interna
El director de unas sucursales de Caja Rural Zamora se aprovechaba de ser el director y ¨²nico empleado para apropiarse del dinero de los clientes. La Audiencia Provincial ha condenado a R.F.V. a tres a?os y ocho meses de prisi¨®n por un delito continuado de apropiaci¨®n indebida y un delito de falsedad en documento mercantil por adue?arse de 207.646,42 euros ingresados por parte de los usuarios de Caja Rural Zamora en tres oficinas bancarias de la provincia. El banco supo de estos movimientos irregulares a trav¨¦s de una auditor¨ªa interna no programada que condujo al empleado zamorano, cuyos movimientos fueron efectuados seg¨²n la sentencia ¡°con el prop¨®sito de obtener un beneficio econ¨®mico il¨ªcito¡± mediante asientos contables ficticios. Este reconoci¨® de inmediato los hechos y a¨²n no ha devuelto la cantidad retirada. La resoluci¨®n judicial ordena reintegrar a la Caja 204.646,42 euros m¨¢s los intereses y las costas del caso.
Los hechos ocurrieron en ¡°fecha no determinada¡±, pero ubicada entre febrero de 2016 y el 14 de febrero de 2019. El estudio realizado por la entidad revel¨® que del importe total el hombre hab¨ªa extra¨ªdo 38.371,33 euros de la sucursal de Mah¨ªde, otros 142.091,43 de Villadeciervos y 27.183,66 de Ferreras de Abajo. Zamora es una de las provincias con m¨¢s tasa de despoblaci¨®n de Espa?a y el 82% de los municipios tienen menos de 500 habitantes, de ah¨ª que en muchos de ellos no haya locales bancarios y las cajas de una localidad m¨¢s grande aglutinen a residentes de toda la comarca.
El investigado trabaj¨® en Caja Rural Zamora desde enero de 2013 hasta que fue despedido por motivos disciplinarios en marzo de 2020. La Fiscal¨ªa solicitaba para el acusado cinco a?os de c¨¢rcel mientras que la defensa del trabajador, que reclamaba su absoluci¨®n, intent¨® sin ¨¦xito que se tuviera en cuenta como atenuante de la pena la colaboraci¨®n del hombre con las autoridades una vez fue sorprendido y una supuesta ludopat¨ªa que tambi¨¦n qued¨® desestimada. El tribunal que lo ha sancionado ha admitido que reconoci¨® los hechos, pero que esta actitud no parti¨® de su propia voluntad sino que obr¨® as¨ª cuando fue identificado por la auditor¨ªa no programada. Asimismo, el fallo destaca que el empleado de la banca present¨® un escrito que negaba la veracidad de los actos que se le imputaban.
La defensa del detenido trat¨® de plantear una posible adicci¨®n al juego por parte de R.F.V. La Sala ha precisado que no existe ning¨²n informe pericial que as¨ª lo corrobore, al igual que tampoco hay acreditaci¨®n por parte de forenses u otros especialistas. Los informes que se presentaron justo el d¨ªa antes del juicio no tienen, para la Audiencia Provincial, fundamento en ¡°documentaci¨®n alguna sino en las propias manifestaciones del acusado¡±. A su vez, el informe del m¨¦dico privado y especialista en derecho del trabajo ¡°fue impugnado y no consta ratificado¡±, de modo que qued¨® anulado como efecto probatorio, especialmente cuando las ¡°apreciaciones relativas a la ludopat¨ªa¡± provinieron solamente de comentarios del paciente investigado. La sentencia no es firme y el condenado tiene la posibilidad de interponer un recurso de apelaci¨®n ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Le¨®n.
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