El teletrabajo tiene truco: el abono transporte, la comida o la guarder¨ªa, en la cuerda floja
El trabajo a distancia puede suponer que ciertos complementos o mejoras desaparezcan
Aceptar un acuerdo de teletrabajo puede tener truco. Trabajar desde casa, m¨¢s all¨¢ de los evidentes beneficios, puede implicar la renuncia a privilegios que solo se pueden disfrutar en la oficina. La ley es clara al dictar que no puede existir discriminaci¨®n entre unos compa?eros y otros; sin embargo, conceptos como el plus por el kilometraje, el pago de los gastos de transporte o el complemento por puntualidad pierden su sentido si la oficina est¨¢ en el hogar.
La cuesti¨®n ya ha requerido la intervenci¨®n de la justicia. Hace tan solo un mes, la Audiencia Nacional resolvi¨® un conflicto en el que un sindicato reclamaba que la plantilla recibiese un plus para gastos de transporte p¨²blico, a pesar de realizar teletrabajo. Los magistrados rechazaron la petici¨®n con un razonamiento simple: si no hay desplazamiento no hay gasto. Y al ser un concepto extrasalarial (no negociado en la n¨®mina), el pago del beneficio pierde su raz¨®n de ser.
El tique restaurante es uno de los grandes focos de conflicto. ?El teletrabajo implica renunciar a este complemento? No si forma parte del sueldo, explica Eduardo Ortega Figueiral, de Ortega-Condomines Abogados. Pero ojo, si el empresario paga un importe al trabajador cada vez que come fuera de casa, ¡°el plus tiene car¨¢cter indemnizatorio, no salarial¡±, apostilla el letrado. Por el contrario, el vale de restaurante ¡°ser¨¢ de naturaleza salarial cuando se abone con independencia del trabajo realizado, es decir, de forma indiscriminada, sin considerar si se presta servicio o no¡±, explica Ortega.
Con estos mimbres, la Audiencia Nacional aclar¨® en marzo que una empresa no puede suprimir el tique restaurante de la n¨®mina del teletrabajador por raz¨®n de la pandemia, si este hab¨ªa sido negociado por convenio como salario en especie. La compa?¨ªa defend¨ªa que en casa no hay un gasto extra en el men¨², pero los magistrados puntualizaron que, como parte de la n¨®mina, es intocable. Y en todo caso, agreg¨® la sala, el plus no pierde su utilidad, ya que los empleados pueden pedir comida a domicilio.
Que la empresa pague la guarder¨ªa del barrio es m¨¢s complejo. Depender¨¢, de nuevo, de c¨®mo se hayan negociado estos beneficios. Como explica Fernando Ruiz Linaza, socio de laboral de Deloitte Legal, el trabajador ¡°tendr¨¢ derecho a seguir utilizando estos servicios cuando acuda a la oficina¡±. Con trabajo desde casa, la ¨²nica forma de perpetuar estas ventajas es ¡°que el servicio se haya pactado de forma individual o colectiva¡±.
Es com¨²n que estas prestaciones sean meros detalles que el empresario tiene con la plantilla. Los empleados no pueden reclamarlos como derechos adquiridos, explica el abogado laboralista V¨ªctor Manuel Canalda: ¡°Suelen ser mejoras voluntarias o liberalidades de la compa?¨ªa que no generan ninguna expectativa de derecho¡±.
Cuesti¨®n diferente es que, como puede ocurrir con el bono restaurante, el acceso a ciertos servicios se conciba como parte del salario. En este caso, recalca Eduardo Ortega, ¡°si tales beneficios se ofertan a modo de retribuci¨®n flexible, dado su car¨¢cter salarial, se deber¨ªan mantener, con independencia de que se imponga el teletrabajo¡±.
Si el contrato no lo explicita, ni ning¨²n acuerdo lo establece, no hay derecho a exigir estos extras. El gimnasio, la guarder¨ªa o la lavander¨ªa pueden ser servicios colectivos, pero no son exigibles individualmente. Por ejemplo, ¡°si en un despacho hay un gimnasio gratuito, el hecho de teletrabajar no conlleva que se pueda exigir que te abonen una cuota en un centro cercano al domicilio¡±, explica el experto. Una opini¨®n que comparte V¨ªctor Canalda, que descarta que en estos casos se pueda alegar que haya un trato especial para los empleados en la oficina. ¡°No creo que se pueda entender que concurre discriminaci¨®n respecto a los trabajadores que pueden hacer uso de esos servicios¡±, sentencia.
Adri¨¢n Todol¨ª, profesor de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en la Universidad de Valencia, recuerda que, en todo caso, el teletrabajo es voluntario y ¡°siempre reversible¡±. Aun as¨ª, recalca que, si la empresa apalabr¨® el servicio de guarder¨ªa con un operario en concreto, el trabajador ¡°siempre tendr¨¢ derecho a exigirlo, tenga teletrabajo o no¡±. En cambio, si la compa?¨ªa anuncia la apertura de un servicio de lavander¨ªa en un correo para toda la plantilla, ¡°no hay un derecho individual, sino un mero detalle del jefe¡±, puntualiza el docente.
Es com¨²n que los trabajadores en casa tambi¨¦n reclamen la silla o el escritorio a su compa?¨ªa. Con la ley en la mano, las empresas deben proveer de cualquier medio a sus empleados para ejercer labores desde el hogar, pero los expertos dudan de si esta obligaci¨®n engloba los muebles.
Para Fernando Ruiz Linaza, la cuesti¨®n ¡°es discutible¡±, y, por tanto, ¡°cabe analizar lo pactado entre empresa y persona trabajadora¡±, o si ¡°desde un punto de vista preventivo, es necesaria esa silla o mesa para ese particular empleado¡±. Eduardo Ortega apunta que es habitual que los convenios prevean ¡°compensaciones econ¨®micas a tanto alzado¡± para el trabajador por estos gastos. V¨ªctor Manuel Canalda coincide en que la cuesti¨®n ¡°depender¨¢ de lo pactado¡±, pero reitera la idea clave de que ¡°los gastos derivados del teletrabajo los debe asumir ¨ªntegramente la empresa¡±.
En cualquier caso, el acuerdo de teletrabajo tiene que dejar claro qui¨¦n se hace cargo de cada importe. ¡°Si se se?ala, el empleado tendr¨¢ derecho a que la empresa le d¨¦ estos equipos¡±, concluye Ruiz Linaza. De nuevo, lo apalabrado entre el empresario y el trabajador es lo que impera.
Negociaciones en marcha
Septiembre est¨¢ a la vuelta de la esquina. Hay quien espera un tsunami de disputas legales por el trabajo a distancia cuando las empresas decidan qu¨¦ modelo adoptar. Las estad¨ªsticas judiciales reflejan t¨ªmidamente el fen¨®meno: las sentencias que incluyeron el t¨¦rmino ¡°teletrabajo¡± pasaron de 182 en 2019 a 349 en 2020, el a?o del par¨®n judicial, tal como recoge la base de datos La Ley Digital. Sin embargo, el grueso de las discusiones a¨²n se encontrar¨ªa en sede sindical. ¡°Nuestra impresi¨®n es que, de momento, esta discusi¨®n se est¨¢ realizando en las mesas de negociaci¨®n y que todav¨ªa no se est¨¢n judicializando estas cuestiones de manera masiva¡±, corrobora Fernando Ruiz Linaza, socio de Laboral de Deloitte Legal.
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