Hacienda litiga con Acek por el impuesto de Sociedades de 2011 a 2014
La Audiencia Nacional admite un aval para suspender el pago mientras se dirimen los recursos
La Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional ha emitido un auto en el que admite que se presente un aval de Banco Santander con el que se suspenda el pago de 45 millones por parte de Acek Desarrollo y Gesti¨®n Industrial, sociedad patrimonial de la familia Riberas, due?os de Gestamp y Gonvarri, mientras se dirime el recurso de la entidad frente al Tribunal Econ¨®mico Administrativo Central (TEAC). La empresa lo reclam¨® el 16 de junio pasado.
La causa es una reclamaci¨®n que se inici¨® en 2018 interpuesta por un acuerdo de liquidaci¨®n del impuesto de sociedades de los ejercicios que van de 2011 a 2014, ¡°que se deriva una deuda a ingresar por importe de 45.345.389,02 euros¡±, seg¨²n el auto. Esta cantidad ¡°cubre el principal, intereses y recargos que pudieran proceder y extiende sus efectos a la v¨ªa judicial¡±.
El TEAC decidi¨® una ¡°estimaci¨®n parcial con retroacci¨®n de actuaciones¡± y anul¨® la sanci¨®n inicialmente impuesta. Acek reclam¨® ¡°que no se dicte ninguna de las liquidaciones correspondientes a la ejecuci¨®n del fallo del TEAC indicadas¡±.
El tribunal se?ala que ¡°la petici¨®n presenta, por tanto, una evidente particularidad con respecto a las peticiones de esta naturaleza que se nos hace en estos recursos, que consisten en suspender el pago de la deuda. Aqu¨ª se va m¨¢s all¨¢, pidiendo que como el fallo del TEAC orden¨® la retroacci¨®n de actuaciones, y el dictado de las liquidaciones que procedan, estas no se dicten; pero, a la vez, aporta la misma garant¨ªa (aval bancario) que el que le sirvi¨® para suspender el pago de la deuda en v¨ªa econ¨®mico-administrativa¡±.
Garant¨ªa suficiente
El auto judicial concluye: ¡°No encontramos raz¨®n para suspender el dictado de las liquidaciones, que hayan de surgir de la ejecuci¨®n del fallo del TEAC, porque ello por s¨ª solo no puede considerarse cause perjuicio de dif¨ªcil o imposible reparaci¨®n, ni hace perder al recurso su leg¨ªtima finalidad¡±. A continuaci¨®n se acuerda ¡°suspender el pago de la deuda, al haber aportado la garant¨ªa suficiente, que no ha sido rechazada por la Abogac¨ªa del Estado¡±. La Sala tambi¨¦n alega que el aval bancario es ¡°la misma garant¨ªa que le sirvi¨® para suspender el pago de la deuda en v¨ªa econ¨®mico-administrativa¡±.
La Audiencia tambi¨¦n ha suspendido la deuda en otro procedimiento relacionado tambi¨¦n con el impuesto de sociedades de 2011 a 2014 de la propia Acek Desarrollo y Gesti¨®n Industrial en otro caso de en el que el TEAC estim¨® en parte un recurso del que se derivaba una deuda a ingresar por importe de 23,6 millones, seg¨²n un auto publicado tambi¨¦n recientemente.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.