La respuesta penal al posible pir¨®mano de Sierra Bermeja
El delegado de Medio Ambiente de la Fiscal¨ªa de M¨¢laga explica c¨®mo proceden los tribunales cuando las llamas provocan la muerte de bomberos
El incendio de Sierra Bermeja (M¨¢laga) que ya ha calcinado 10.000 hect¨¢reas y ha acabado con la vida de un bombero podr¨ªa haber sido provocado de forma intencionada. Aunque todav¨ªa est¨¢ en fase de investigaci¨®n, la Fiscal¨ªa de Medio Ambiente ha se?alado en un comunicado que las averiguaciones practicadas "pueden apuntar a una etiolog¨ªa intencional". De momento, las pesquisas corren a cargo del equipo del Seprona de M¨¢laga y del Juzgado de Instrucci¨®n de Guardia de Ronda.
De probarse que se trata de un incendio con riesgo para la vida o integridad f¨ªsica de las personas, el posible autor podr¨ªa enfrentarse a la pena m¨¢xima de 20 a?os de prisi¨®n que recoge el art¨ªculo 351 del C¨®digo Penal. Normalmente la acusaci¨®n p¨²blica pide entre 15 y 20 a?os de c¨¢rcel en funci¨®n de la menor entidad del peligro causado, pero ¡°este puede ser un buen caso de 20 a?os¡±, explica Fernando Germ¨¢n Ben¨ªtez, delegado de Medio Ambiente de la Fiscal¨ªa de M¨¢laga.
Y es que, adem¨¢s de acabar con la vida de un trabajador de los equipos de extinci¨®n, el fuego ha provocado heridas a otras dos personas y ha obligado a desalojar a m¨¢s de un millar de vecinos, am¨¦n de los enormes perjuicios medioambientales producidos.
Por ello, surge la pregunta acerca de si al posible autor, de confirmarse las sospechas, tambi¨¦n se le podr¨ªa imputar un homicidio en virtud de lo que se conoce como concurso de delitos. Esta situaci¨®n tiene lugar cuando una misma conducta il¨ªcita acarrea la condena por varias penas distintas.
En opini¨®n del fiscal, la muerte de un bombero apagando un fuego no ser¨ªa imputable a quien lo causa porque es muy dif¨ªcil probar que tuviera en la mente que alguien iba a fallecer. ¡°No puedes demostrarlo en juicio¡±, se?ala, y en ausencia de pruebas nadie puede ser condenado.
Precisamente, Germ¨¢n Ben¨ªtez se basa en el precedente del incendio de La Riba de Saelices (Guadalajara), en el que muri¨® un ret¨¦n de bomberos. La Audiencia Provincial solo conden¨® al excursionista que se encarg¨® de preparar la comida en la barbacoa que origin¨® el fuego, al que le impuso una pena de dos a?os de prisi¨®n y diez millones de euros de indemnizaci¨®n. Sin embargo, el juez instructor hab¨ªa atribuido distintos delitos (incendio forestal por imprudencia grave, homicidio por imprudencia y delito contra los derechos de los trabajadores) a los 20 imputados (altos cargos de la Junta, personal del 112, y el acalde del municipio, entre otros). El ¨²nico responsable fue condenado por un delito de incendio forestal cometido por imprudencia grave.
El Tribunal Supremo confirm¨® la sentencia en mayo de 2013. Para el alto tribunal, el condenado infringi¨® ¡°la posici¨®n de garante que se le impone a todo aquel que es creador de una fuente de peligro¡±. Es imprudencia temeraria, concluy¨®, ¡°hacer fuego en el campo, en el mes de julio, en un momento de sequ¨ªa, con una temperatura elevada y con baja humedad¡±.
Delito de homicidio
Pero como suele ocurrir en Derecho, todo es discutible. Pablo Lightowler-Stahlberg, penalista en Oliva-Ayala Abogados, explica que, si finalmente se determina que el incendio fue intencionado, ante el fallecimiento del bombero se podr¨ªa hablar no ya de un ¡°homicidio imprudente¡±, sino de un delito de ¡°homicidio doloso por concurrir dolo eventual¡±.
El primero se comete cuando la muerte de otra persona se produce por la irresponsabilidad del sujeto que infringe el deber de cuidado que le era exigible, como puede ocurrir en los accidentes de tr¨¢fico. Por el contrario, ¡°el dolo eventual se da cuando una persona, sabedora del da?o o el resultado que puede provocar su actuaci¨®n, lo asume como posible y, pese a ello, act¨²a. Es decir, en este supuesto, pese a que el posible pir¨®mano no busque la muerte de nadie, el mero hecho de provocar un incendio lleva aparejado un alto riesgo de que alguien fallezca al ser alcanzado por el fuego, de modo que el homicidio no es imprudente sino doloso, y se castiga como tal¡±, argumenta el letrado. El C¨®digo Penal sanciona este delito con la pena de prisi¨®n de diez a quince a?os.
En cualquier caso, el autor de un incendio s¨ª podr¨ªa quedar obligado a indemnizar civilmente a los herederos de la persona que muere apagando las llamas, aunque no se le impute penalmente el fallecimiento, explica el delegado de Medio Ambiente de la Fiscal¨ªa de M¨¢laga. Adem¨¢s, se valoran ¡°los gastos de extinci¨®n del incendio, los da?os producidos a ayuntamientos, entidades y particulares¡± o los derivados de la ¡°contaminaci¨®n de los acu¨ªferos¡±.
Alteraci¨®n ps¨ªquica
Desgraciadamente, la gran cantidad de incendios producidos en Espa?a ha dado lugar a una vasta jurisprudencia. Algunos casos se resuelven con penas peque?as o, incluso, la absoluci¨®n si se demuestra la alteraci¨®n ps¨ªquica del pir¨®mano.
Por ejemplo, en el incendio causado en verano de 2017 en la localidad de Mosteiros (Le¨®n) por prender fuego a unos matorrales sin las medidas de protecci¨®n adecuadas. El incidente moviliz¨® medios terrestres y a¨¦reos de extinci¨®n de la Junta de Castilla y Le¨®n y calcin¨® 34,7 hect¨¢reas de matorral y robledal. El Juzgado de lo Penal n¨²mero 1 de Ponferrada absolvi¨® en sentencia de 5 de octubre de 2020 al autor confeso del desastre en aplicaci¨®n de la ¡°eximente completa de anomal¨ªa ps¨ªquica¡±. Un informe m¨¦dico forense acredit¨® que el acusado padec¨ªa un grado de discapacidad intelectual del 66 %. Esta circunstancia, concluy¨® el juez, determinaba que, en el momento de los hechos, ¡°ten¨ªa mermadas completamente sus facultades intelectivas y volitivas, no siendo, por tanto, responsable criminal¡±.
En otros casos, como en el incendio provocado por los restos de una barbacoa que calcin¨® casi 2.400 hect¨¢reas en la zona sur oeste de Mallorca y oblig¨® a evacuar a m¨¢s de 700 personas de sus domicilios, la condena se resumi¨® en dos a?os, seis meses y un d¨ªa de prisi¨®n, m¨¢s la correspondiente multa. La Audiencia Provincial de Las Islas Baleares aplic¨® (sentencia de enero de 2020) la eximente incompleta de anomal¨ªa ps¨ªquica al acusado, al padecer este una ¡°psicosis esquizofr¨¦nica de tipo paranoide de larga evoluci¨®n¡±.
Los incendios forestales suelen ser dif¨ªciles de esclarecer, motivo por el que actualmente son competencia de los jueces profesionales y no del tribunal del jurado, como se establec¨ªa en la ley desde 1995. ¡°En atenci¨®n a la complejidad inherente a este tipo de delitos, y la necesidad de llevar a cabo una investigaci¨®n lo m¨¢s ¨¢gil posible, se ha estimado conveniente que la instrucci¨®n y el enjuiciamiento se encomiende a tribunales profesionales¡±, justifica el pre¨¢mbulo del C¨®digo Penal tras una modificaci¨®n operada en 2015.
63 condenas en 2020
Precisamente, la fiscal¨ªa inici¨® en 2007 un proyecto para estudiar el perfil psicosocial del incendiario forestal liderado por un nutrido equipo cient¨ªfico. El estudio se alimenta de los datos informatizados a partir de cuestionarios cumplimentados por los agentes que investigan el siniestro. La idea es que el aplicativo o modelo predictivo, basado en inteligencia artificial, funcione como una pista para utilizar durante las pesquisas.
Y es que, seg¨²n los datos aportados por los distintos cuerpos policiales, durante 2020 resultaron detenidas o investigadas un total de 437 personas, lo que ha supuesto una sensible disminuci¨®n (14,81 %) con respecto al balance anterior, en el que se contabilizaron 513 personas detenidas o investigadas, recoge la Memoria de la Fiscal¨ªa 2021. Parece una evoluci¨®n l¨®gica teniendo en cuenta la importante disminuci¨®n de siniestros en el a?o de la pandemia, motivado, en gran parte, por la declaraci¨®n del estado de alarma. ¡°Este hecho deja clara la huella del hombre en la producci¨®n de incendios forestales¡±.
Nuevamente la causa m¨¢s frecuente de incendios forestales en Espa?a en 2020, ¡°como viene ocurriendo a?o tras a?o¡±, subraya la Memoria de la Fiscal¨ªa, fueron las quemas, tanto de residuos y restos forestales o agr¨ªcolas como regeneraciones de pasto.
Respecto de los siniestros con origen intencionado, en 2020 se observ¨® un notable descenso de los incendios causados por pir¨®manos (19,39 %), primera causa en a?os anteriores. Motivado, en parte, por el confinamiento general entre los meses de marzo y mayo. Sin embargo, se increment¨® el n¨²mero de actos vand¨¢licos o por venganza. En 2020 se situaron a la par de los originados por perturbados o pir¨®manos (19,39 %), compartiendo as¨ª la tercera deshonrosa plaza entre las causas de los incendios.
Todas estas actuaciones derivaron en un total de 63 condenas por incendio forestal, 73 menos que en 2019, y 20 sentencias absolutorias.
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