La CNMV pide a los fondos que sean ¡°cautelosos¡± y ¡°esc¨¦pticos¡± a la hora de aprobar el cese de consejeros independientes en las juntas
El supervisor burs¨¢til aprueba el C¨®digo de Buenas Pr¨¢cticas de Inversores
La Comisi¨®n Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha aprobado el C¨®digo de Buenas Pr¨¢cticas de inversores. Este texto est¨¢ dirigido principalmente a los inversores institucionales (fondos de inversi¨®n, sobre todo) y su objetivo es ¡°promover una mayor implicaci¨®n de los accionistas en la vida de las sociedades en las que invierten¡±.
El principio n¨²mero 4 del C¨®digo tiene que ver con un punto muy controvertido como es la participaci¨®n de los inversores institucionales en las juntas de accionistas de aquellas compa?¨ªas en las que tienen participaciones. Tradicionalmente, el quorum de las juntas en Espa?a ha sido bajo por la escasa implicaci¨®n de los fondos que, cuando participan, o bien delegan el voto en el consejo o bien recurren a asesores externos (proxy advisors) para que les aconsejen si deben aprobar o rechazar los puntos propuestos en el orden del d¨ªa.
Teniendo en cuenta estos antecedentes, la CNMV indican en el nuevo c¨®digo lo siguiente: ¡°Los inversores y gestores ejercitar¨¢n activamente sus derechos como accionistas en las sociedades en las que inviertan, participando y ejerciendo su derecho de voto responsablemente en las juntas generales de accionistas, en inter¨¦s de sus clientes y beneficiarios, de conformidad con sus pol¨ªticas de implicaci¨®n y voto¡±. En caso de delegaci¨®n en favor de terceros, el C¨®digo recuerda que ¡°deber¨ªa ser con instrucciones precisas sobre el sentido del voto¡±.
El texto promovido por el organismo que preside Rodrigo Buenaventura recuerda tambi¨¦n que los inversores o gestores deber¨ªan ¡°aplicar la m¨¢xima cautela y extremar el escepticismo respecto de apoyar en la junta general propuestas, como las de cese de consejeros independientes, que no se hubieran incluido previamente en el orden del d¨ªa¡±. En estos casos, recuerda el supervisor, ¡°deber¨ªa realizarse un an¨¢lisis de dichas propuestas tras asegurarse de que las razones aducidas en ellas son plenamente compatibles con sus pol¨ªticas de implicaci¨®n y los principios de este C¨®digo¡±.
Voluntaridad
La adhesi¨®n al texto es voluntaria. No obstante, las entidades que decidan sumarse deber¨¢n indicar en su informe anual c¨®mo han aplicado los distintos principios del C¨®digo en el ejercicio anterior. Dada la novedad de este C¨®digo en el mercado espa?ol (no as¨ª en los mercados anglosajones), la CNMV ha optado por establecer un periodo transitorio de tres a?os durante el cual, las entidades que decidan adherirse podr¨¢n aplicar transitoriamente el criterio de ¡°cumplir o explicar¡± en su informe anual, indicando qu¨¦ principios han aplicado y cu¨¢les no, y, en se caso, informar de manera adecuada las razones por las que han decidido no seguir alguno de ellos durante el ejercicio sobre el que se reporta.
Entre los miembros del Comit¨¦ Consultivo que ha participado en la elaboraci¨®n del C¨®digo de Buenas Pr¨¢cticas de Inversores figuran ?lvaro Pereda (Banco de Espa?a), Jos¨¦ Antonio Fern¨¢ndez de Pinto (Direcci¨®n General de Seguros), Javier Rodr¨ªguez (AEB), Javier Zapata (Emisores), Manuel Conthe (expresidente de la CNMV), Juan Prieto (Corporance), Carlos S¨¢ez (Georgeson) y Fernando Vives (Garrigues), entre otros.
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