El Supremo confirma la anulaci¨®n de la inspecci¨®n que la CNMC realiz¨® a Altadis
La decisi¨®n del Alto Tribunal, que obliga a retirar la documentaci¨®n obtenida en 2017 en las oficinas de las empresa, deja en el aire la multa de 57 millones que Competencia impuso al fabricante de tabaco junto con Philips Morris, Japan Tobacco International y Logista
El Tribunal Supremo ha confirmado la anulaci¨®n de una inspecci¨®n realizada en Altadis por la Comisi¨®n Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) en 2017. El Alto Tribunal da as¨ª la raz¨®n a la Audiencia Nacional, que dictamin¨® en 2021 que aquel procedimiento de Competencia para investigar las oficinas de la tabaquera era inv¨¢lido al no informar a la compa?¨ªa sobre si hab¨ªan solicitado autorizaci¨®n judicial para ello. De esta forma, queda sin efecto la documentaci¨®n recabada: la CNMC se la tiene que devolver a la empresa y eliminarla del macroexpediente sancionador que, en 2019, llev¨® al organismo a imponer una multa de 57,7 millones de euros a la antigua Tabacalera, junto con Philips Morris, Japan Tobacco International (JTI) y la distribuidora Logista, por una supuesta infracci¨®n en el intercambio de informaci¨®n para la fijaci¨®n de precios.
¡°Esta decisi¨®n judicial tendr¨¢ una influencia decisiva en la sentencia definitiva sobre el asunto¡±, aseguran portavoces de Altadis. La documentaci¨®n, obtenida en registros entre el 28 de febrero y el 2 de marzo de 2017, es considerada clave para la sanci¨®n que compartieron las compa?¨ªas del sector y supone un rev¨¦s para la CNMC, que tras la decisi¨®n en contra de la Audiencia decidi¨® imponer un recurso de casaci¨®n ante el Supremo. ¡°Es nulo el consentimiento obtenido ocultando un dato relevante para la toma de posici¨®n sobre el consentimiento que se solicita¡±, esgrime la Sala de lo Contencioso-administrativo del Supremo en un fallo del pasado 28 de febrero.
Los hechos se remontan a febrero de 2017, cuando Competencia llev¨® a cabo inspecciones simult¨¢neas en Altadis, Philip Morris, British American Tobacco ¡ªfinalmente esta no fue sancionada¡ª y Logista. Tras dichas inspecciones, se abri¨® el expediente sancionador a estas compa?¨ªas, junto con JTI (entre las cuatro copaban el 96% del mercado tabaquero en Espa?a en esa fecha). Finalmente, la sanci¨®n se public¨® en abril de 2019 y se reparti¨® entre varias empresas: Logista (casi 21 millones), Philip Morris Spain (15,3 millones), Altadis (11,4 millones) y JTI (10 millones) por una supuesta infracci¨®n en intercambio de informaci¨®n para la fijaci¨®n de precios.
Altadis era una de las tabaqueras investigadas por su ¡°posible participaci¨®n en pr¨¢cticas restrictivas prohibidas (...) en el mercado de fabricaci¨®n, distribuci¨®n y comercializaci¨®n de cigarrillos, consistentes en intercambios de informaci¨®n y/o acuerdos entre operadores del mercado, directamente o a trav¨¦s de terceros, de precios, condiciones comerciales y/o cierre de mercado, al menos desde 1998¡å. La compa?¨ªa, en su defensa, aleg¨® la inviolabilidad del domicilio y que ¡°la existencia de autorizaci¨®n judicial no se encuentra demostrada¡±, seg¨²n recoge el fallo. E insisten en que ¡°los inspectores omitieron, en todo caso, informaci¨®n relevante¡±.
¡°Respuesta elusiva¡±
Este segundo argumento ha sido reconocido tanto por la Audiencia Nacional como por el Tribunal Supremo: coinciden en que los inspectores no informaron sobre si hab¨ªan solicitado autorizaci¨®n judicial para la entrada en la compa?¨ªa. De hecho, relata el texto, los inspectores de la CNMC respondieron a las preguntas de los asesores de la empresa inspeccionada con evasivas: ¡°No hay auto denegatorio de entrada¡±, sostuvieron. Esto es, una ¡°respuesta elusiva¡±, incompleta y poco clara, ¡°que oculta un dato que pod¨ªa ser relevante para la prestaci¨®n del consentimiento de las empresas recurridas a la entrada e inspecci¨®n en su sede social¡±.
La CNMC, en cambio, recoge en su resoluci¨®n que se hab¨ªa producido un intercambio de informaci¨®n relativa a las ventas de cigarrillos entre 2008 y 2017. Seg¨²n el organismo, Logista facilitaba informaci¨®n sobre las ventas agregadas a nivel provincial, de manera que los fabricantes pod¨ªan ¡°conocer con total precisi¨®n y en tiempo real el patr¨®n de comportamiento de todos los consumidores del mercado; la reacci¨®n de la demanda en cada provincia para cada una de las marcas y categor¨ªas ante modificaciones de precios; y el lanzamiento de nuevos productos¡±.
Adem¨¢s, la resoluci¨®n de Competencia cuenta como hechos acreditados que ¡°Logista ha estado facilitando a todos los fabricantes de tabaco, con los que tiene suscrito un contrato de distribuci¨®n, informaci¨®n diaria y gratuita sobre ventas a los estancos¡±, explicaba el organismo entonces en su nota de prensa. Falta por ver ahora si, al no poder contar con la documentaci¨®n recogida en Altadis, puede mantener estas acusaciones.
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