La Audiencia Nacional libra a Dani Alves de pagar dos millones a Hacienda
La Agencia Tributaria reclamaba la cantidad al exjugador de f¨²tbol por irregularidades en la cesi¨®n de sus derechos de imagen
La Audiencia Nacional ha admitido el recurso interpuesto por el exjugador del FC Barcelona Dani Alves ¡ªen prisi¨®n provisional desde enero por haber violado supuestamente a una mujer en una discoteca¡ª contra una liquidaci¨®n de dos millones de euros realizada por Hacienda en 2016 respecto de los ejercicios 2013 y 2014 del IRPF. La Agencia Tributaria consideraba que el futbolista hab¨ªa cometido irregularidades en la cesi¨®n de sus derechos de imagen al FC Barcelona, lo que le hab¨ªa permitido pagar menos impuestos. Contra la sentencia, a la que ha tenido acceso EL PA?S, cabe recurso de casaci¨®n ante el Tribunal Supremo.
Alves cedi¨® en 2008 sus derechos de imagen a la sociedad Cedro Sport por 1,6 millones de euros. Cedro era propiedad al 50% del jugador y el otro 50% de su exmujer. Cuando, ese mismo a?o, el lateral derecho fich¨® por el FC Barcelona, la sociedad le cedi¨® al club los derechos por 3,18 millones de euros, a raz¨®n de 795.000 por temporada, m¨¢s prima y variables. Esta cantidad se aument¨® hasta los 900.000 cuando el futbolista renov¨® para la temporada 12/13. De esta forma, el FC Barcelona le pagaba una parte de su sueldo a trav¨¦s de la sociedad, lo que se sumaba a las cantidades que marcas como Adidas o Gillette le pagaban por sus colaboraciones.
La cuesti¨®n era discernir si la sociedad ten¨ªa una actividad real o si, por el contrario, solo se usaba para pagar menor IRPF. Para ello, Hacienda distingu¨ªa entre las dos actividades de Cedro: por un lado, consider¨® que, en sus colaboraciones con marcas, s¨ª realizaba ¡°una labor comercializadora¡±, algo que no reconoci¨® para la cesi¨®n de los derechos al FC Barcelona. La Agencia Tributaria defend¨ªa que la cesi¨®n se hab¨ªa hecho por un precio por debajo de su precio de mercado, y concluy¨® que la sociedad no ten¨ªa una actividad real que justificase los cobros al club ¡ªlos servicios, defend¨ªa, eran ¡°de bajo valor a?adido¡±¡ª, sino que se utilizaba como medio para tributar por el impuesto de sociedades el trabajo de Alves, en lugar de por IRPF, que tiene tipos m¨¢s altos.
Por todo ello, Hacienda concluy¨® que deber¨ªa haber pagado por gran parte de esas rentas 1.795.500 euros en 2013 y 1.645.875 euros en 2014. El jugador recurri¨® ante el Tribunal Econ¨®mico-Administrativo Central, que rechaz¨® su recurso. Frente a esta decisi¨®n, Alves acudi¨® a la Audiencia Nacional, que ahora anula las liquidaciones.
La Audiencia rechaza la interpretaci¨®n de Hacienda por una cuesti¨®n cuantitativa: el jugador no recibi¨® a trav¨¦s de la sociedad m¨¢s del 15% de su salario, lo que, de acuerdo con la ley, le permit¨ªa a la empresa facturarlo por su cuenta y tributar as¨ª por el impuesto de sociedades. Adem¨¢s, la Audiencia rechaza el m¨¦todo de valoraci¨®n de las cantidades recibidas por Cedro, que Hacienda consideraba que, de acuerdo con el valor de mercado, no val¨ªan, en realidad, nada. La sentencia, que impone las costas a la administraci¨®n, supone un respiro financiero para Alves, que sigue en prisi¨®n a pesar de los intentos de su defensa de que le sea concedida la libertad provisional.
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