La Audiencia Nacional confirma pr¨¢cticas ¡°il¨ªcitas¡± de cuatro grandes bancos, pero les anula multas por 91 millones de euros
El tribunal invalida las sanciones impuestas por Competencia a CaixaBank, Santander, BBVA y Sabadell por infracciones en el negocio de derivados
La banca ha salvado los muebles en la Audiencia Nacional. El tribunal ha anulado 91 millones de euros en multas impuestas por la Comisi¨®n Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) a cuatro grandes entidades financieras del pa¨ªs (CaixaBank, Santander, BBVA y Sabadell), a las que se sancion¨® en 2018 por ¡°concertarse para ofrecer derivados de tipos de inter¨¦s en condiciones distintas de las pactadas con los clientes¡±. Los magistrados admiten que se han acreditado ¡°pr¨¢cticas il¨ªcitas¡± perpetradas por las cuatro compa?¨ªas al contratar con el grupo empresarial Vapat, pero consideran que no se ha justificado que esa actividad irregular formase parte de un ¡°plan preconcebido¡± que afectase a m¨¢s sociedades y que, como conducta ¡°¨²nica y continuada¡±, se prolongase durante cerca de una d¨¦cada.
La CNMC concluy¨® que estos cuatro bancos se pusieron de acuerdo para ejecutar ¡°pr¨¢cticas anticompetitivas¡± con la contrataci¨®n de los derivados financieros del ¡°tipo collar y del tipo swaps¡± para la financiaci¨®n de proyectos (project finance). ¡°Las evidencias recogidas en los audios y la mec¨¢nica de determinaci¨®n de los precios de los derivados han puesto de manifiesto que se han estado imponiendo condiciones perjudiciales para los clientes, a espaldas de los mismos, sin tener en cuenta los indicadores de mercado y en beneficio exclusivo de las [entidades financieras]. Y ello en un contexto de creaci¨®n ante los clientes de una falsa apariencia de que los precios del derivado se establec¨ªan conforme a lo acordado contractualmente¡±, expuso el supervisor en su expediente.
Competencia sancion¨® entonces estas pr¨¢cticas como una ¡°infracci¨®n ¨²nica y continuada¡±, que se prolong¨® desde 2006 a 2016, y que afect¨® a las operaciones con el grupo Vapat y con otras empresas. Estas ¨²ltimas, seg¨²n la CNMC, segu¨ªan el mismo ¡°patr¨®n¡± que las de Vapat. Un punto que se ha convertido en la clave de la batalla judicial, pues los bancos han negado que el supervisor haya acreditado esa ¡°continuidad¡±. ¡°La CNMC funda [esa tesis] en el hecho de entender acreditada la infracci¨®n en seis casos y extrapolar esa conducta sobre diez a?os de actividad, dando as¨ª por hecho (sin prueba alguna) que la misma acci¨®n infractora se produjo durante todo ese lapso temporal¡±, aleg¨® una de las entidades.
Y el planteamiento de defensa ha dado resultado. ¡°El tribunal considera que no se ha acreditado que durante todo el periodo investigado de 2006 a 2016 existiese un plan com¨²n entre las entidades sancionadas que justifique la calificaci¨®n jur¨ªdica de una infracci¨®n ¨²nica y continuada¡±, ha anunciado este jueves la Audiencia Nacional, al difundir las cuatro sentencias (fechadas el 28 de diciembre) que anulan las multas de 31,8 millones de euros a CaixaBank; de 23,9 millones al Banco Santander; de 19,8 millones al BBVA; y de 15,5 millones al Sabadell.
En estas resoluciones, los magistrados de la Sala de lo Contencioso-administrativo afirman que se han acreditado las pr¨¢cticas ¡°il¨ªcitas¡± ejecutadas al contratar con el grupo Vapat entre 2010 y 2012 ¡ªseg¨²n el tribunal, las cuatro entidades bancarias, antes de realizar la oferta a sus clientes, acordaron el tipo de inter¨¦s de los derivados financieros al margen del cliente-inversor, que cre¨ªa que el tipo de inter¨¦s que se le ofrec¨ªa en el momento del cierre de la operaci¨®n se correspond¨ªa con el precio del mercado, cuando en realidad era el que hab¨ªan fijado con anterioridad de com¨²n acuerdo¡ª. Sin embargo, respecto al resto de operaciones, los jueces aprecian una concertaci¨®n, pero concluyen que no se ha probado que se determinase as¨ª un precio superior al de mercado y que se fijase a espaldas de los clientes.
Por ello, apostilla la Sala, para apreciar la existencia de una infracci¨®n ¨²nica y continuada hubiera sido necesario que la CNMC analizase las circunstancias de la contrataci¨®n del derivado en cada operaci¨®n bajo sospecha: ¡°Para demostrar que este se fij¨® por encima del precio del nivel de mercado, determinando cual era este y el margen impuesto il¨ªcitamente¡±. Seg¨²n ha a?adido la Audiencia Nacional, el tribunal no tienen dudas del ¡°car¨¢cter il¨ªcito de la conducta de las entidades bancarias en las operaciones realizadas con el Grupo Vapat, pero la calificaci¨®n jur¨ªdica de infracci¨®n ¨²nica y continuada que da cobertura [a las multas de Competencia] es contraria a derecho por su extensi¨®n al resto de operaciones examinadas¡±.
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