La Audiencia Nacional absuelve a Iberdrola y a sus cuatro directivos acusados de manipular el precio de la luz
El juez, que critica los an¨¢lisis de la CNMC, descarta los delitos contra el mercado y contra los consumidores que se les atribu¨ªan
La Audiencia Nacional ha absuelto a Iberdrola Generaci¨®n, filial de la empresa el¨¦ctrica, y a cuatro de sus directivos acusados de manipular el mercado en 2013 para disparar el precio de la luz y obtener as¨ª un beneficio millonario. El magistrado Jos¨¦ Manuel Fern¨¢ndez-Prieto, responsable del Juzgado Central de lo Penal, considera que no se han acreditado los delitos contra el mercado y los consumidores que se les atribu¨ªan, seg¨²n consta en una sentencia fechada el 4 de enero, a la que tuvo acceso EL PA?S. La Fiscal¨ªa Anticorrupci¨®n ped¨ªa imponer una multa millonaria a la compa?¨ªa y dos a?os de c¨¢rcel para sus altos cargos.
En su escrito de acusaci¨®n, la Fiscal¨ªa sosten¨ªa que Iberdrola alter¨® el mercado entre el 30 de noviembre y 23 de diciembre de 2013, al ¡°aumentar (sin causa leg¨ªtima que lo justificara)¡± el precio de las ofertas de energ¨ªa el¨¦ctrica correspondiente a sus centrales hidr¨¢ulicas de Duero, Sil y Tajo. Seg¨²n su tesis, esa alza provoc¨® que dichas ofertas no casaran en el sistema, por lo que se acab¨® ¡°retirando de programaci¨®n a las centrales referidas¡± y entr¨® en juego la ¡°energ¨ªa procedente de las centrales de ciclo combinado, de coste superior y en un rango de precios m¨¢s elevado frente a la media de precios de la energ¨ªa proveniente de las hidr¨¢ulicas¡±. Eso le report¨® un ¡°beneficio de 21 millones de euros¡±, afirmaba el ministerio p¨²blico.
Sin embargo, la sentencia de la Audiencia Nacional concluye que Iberdrola Generaci¨®n ¡°puso en el mercado, en las fechas analizadas, toda la energ¨ªa hidroel¨¦ctrica de que dispon¨ªa¡±. ¡°En sus escritos de conclusiones, las propias acusaciones no niegan dicho extremo, fundando la comisi¨®n del delito exclusivamente en el precio en que esta compa?¨ªa ofert¨® en el mercado la energ¨ªa hidr¨¢ulica que produc¨ªa, que entienden era excesivo e injustificado, lo que motivo que no se casara y diera lugar a un alza de los precios de la energ¨ªa el¨¦ctrica al hacer entrar en funcionamiento los ciclos combinados¡±, afirma el magistrado, que remacha: ¡°Mas, en esa interpretaci¨®n del precepto penal, las acusaciones parten de una interpretaci¨®n extensiva del tipo que no se revela congruente con los principios de intervenci¨®n m¨ªnima y de legalidad que regulan el derecho penal¡±.
¡°No puede obviarse que la energ¨ªa hidroel¨¦ctrica es y era al tiempo de los hechos enjuiciados de libre mercado [...]. Y los precios de la energ¨ªa hidroel¨¦ctrica era libre para todas las compa?¨ªas generadoras con la ¨²nica limitaci¨®n de no poder alcanzar los 180 euros el megavatio hora, limitaci¨®n que desaparece tiempo m¨¢s tarde por exigencias de la Comunidad Europea¡±, prosigue el fallo de la Audiencia: ¡°En este estado de cosas, en el que no consta acreditado que el precio de la energ¨ªa hidroel¨¦ctrica ofertada por Iberdrola Generaci¨®n [...] alcanzara esos 180 euros, resulta francamente harto complicado apreciar la existencia de un delito por la realizaci¨®n de algo que no estaba prohibido y, por tanto, se encontraba legalmente permitido¡±.
La sentencia critica los an¨¢lisis de los peritos de la Comisi¨®n Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), que afirmaron en el juicio que Iberdrola despleg¨® una ¡°conducta manipulativa¡± del mercado, con una subida ¡°abrupta¡± de las ofertas que carec¨ªa de toda ¡°justificaci¨®n l¨®gica¡±. El magistrado incide en que las conclusiones de estos t¨¦cnicos ¡°fundamentan de forma casi exclusiva las pretensiones de condena¡± impulsadas por las acusaciones; y a?ade que estos expertos ¡°realizan su juicio de valor en base a un procedimiento poco claro, que expresamente manifiestan no haberse utilizado antes de estos hechos, ni posteriormente a los mismos¡±. ¡°Se revela, en consecuencia, como un sistema ad hoc creado exclusivamente para este caso en concreto¡±, subraya la resoluci¨®n.
¡°Los peritos de la acusaci¨®n acaban concluyendo que ese sistema, por ellos empleado, no es el ¨²nico que puede utilizarse para fijar el precio razonable de la energ¨ªa hidr¨¢ulica, pues existen otros igualmente v¨¢lidos¡±, asegura el juez Fern¨¢ndez-Prieto, que prosigue as¨ª: ¡°En otros t¨¦rminos, se trata de meros estudios de probabilidad futurista en la que nunca se explican por los peritos los criterios de razonabilidad que alegan, ni por que se toman en consideraci¨®n unos periodos temporales de comparaci¨®n y no otros¡±.
¡°Cuesti¨®n t¨¦cnica¡±
Durante la vista oral, fuentes de la el¨¦ctrica minimizaron las imputaciones y repet¨ªan que el juicio se centraba en una ¡°cuesti¨®n t¨¦cnica y no penal¡±. Los peritos de Iberdrola y sus directivos negaron que se hubiera manipulado el mercado, e insistieron en que el comportamiento de Iberdrola fue ¡°normal¡±. Los cuatro directivos acusados (?ngel Chiarri, Gregorio Rela?o, Jos¨¦ Luis Rap¨²n y Javier Paradinas) explicaron que la subida del precio respondi¨® a las condiciones y previsiones meteorol¨®gicas del periodo bajo sospecha, cuando las lluvias eran escasas y se vaticinaba ¡°sequ¨ªa¡±.
La sentencia destaca igualmente que, durante el juicio, no se prob¨® que Iberdrola ejecutara esas ¡°ofertas¡± al alza de la energ¨ªa hidr¨¢ulica ¡ªque provoc¨® que no casaran en el mercado¡ª como ¡°represalia¡± contra el Gobierno de Mariano Rajoy (PP) por haber ¡°retirado¡± de los Presupuestos Generales del Estado de 2014 una partida de 3.600 millones de euros que se hab¨ªa comprometido con las compa?¨ªas el¨¦ctricas: ¡°No existe ninguna prueba practicada que as¨ª lo acredite¡±.
En 2015, la CNMC ya mult¨® con 25 millones de euros a Iberdrola Generaci¨®n por este asunto: concluy¨® que se hab¨ªa manipulado el mercado mediante incrementos del precio de la oferta en estas centrales hidr¨¢ulicas de los r¨ªos Duero, Sil y Tajo, entre el 30 de noviembre y el 23 de diciembre de 2013.
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