El Constitucional avala la mayor parte de la ley de vivienda un a?o despu¨¦s de su entrada en vigor
La sentencia respalda, entre otras, la medida que impide la venta de parques de pisos p¨²blicos a inversores privados o fondos buitre, pero declara inconstitucionales algunos preceptos
El Constitucional ha avalado en su mayor parte la Ley de Vivienda, que hab¨ªa sido recurrida por seis comunidades aut¨®nomas, m¨¢s el PP y el Parlamento catal¨¢n. En su primera sentencia sobre estos recursos, que afecta presentado por la Junta de Andaluc¨ªa, el alto tribunal solo ha declarado inconstitucionales cuatro preceptos de la ley, dos de ellos de forma parcial. En sustancia, las normas o incisos que se anulan son los que sobrepasan, a juicio del tribunal, los l¨ªmites propios de las competencias del Estado en la materia. Considera que las competencias estatales sobre vivienda se ci?en al aseguramiento de las condiciones b¨¢sicas del derecho que la Constituci¨®n proclama sobre el acceso a una vivienda digna.
El tribunal ha destacado que su fallo aprecia por primera vez que el Estado ejercita la potestad que le confiere el art¨ªculo 149.1.1 de la Constituci¨®n para regular ¡°las condiciones b¨¢sicas que garantizan la igualdad de todos los espa?oles en el ejercicio del derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada¡±. Pero por ello mismo ha anulado el art¨ªculo 16, que establece el r¨¦gimen de la vivienda protegida. La sentencia estima que dicha regulaci¨®n ¡°tiene un nivel de detalle excesivo¡±, y explica que el Estado no puede dictar normas ¡°con el ¨²nico prop¨®sito de crear derecho supletorio del de las Comunidades Aut¨®nomas en materias de la exclusiva competencia de estas¡±, como ocurre con el ¨¢rea de vivienda. Por coherencia, tambi¨¦n se anula la disposici¨®n transitoria primera, sobre las viviendas que ya estuvieran calificadas como protegidas al entrar en vigor la ley.
El art¨ªculo 16 es el que preve¨ªa, entre otras cosas, que en adelante la vivienda protegida debiera tener, salvo en casos excepcionales, car¨¢cter permanente. Es decir, que imped¨ªa su descalificaci¨®n. Este era uno de los art¨ªculos con los que el Gobierno quer¨ªa garantizar que las casas construidas con dinero p¨²blico no acaban luego en el mercado libre, y por tanto sujetas a las fluctuaciones de precio propios de este. Sin embargo, el tribunal s¨ª ha respaldado el art¨ªculo 28, que fija entre los ¡°criterios orientadores¡± de los parques p¨²blicos de vivienda que estos inmuebles puedan venderse o cederse ¡°¨²nicamente a otras Administraciones P¨²blicas, sus entes instrumentales o a personas jur¨ªdicas sin ¨¢nimo de lucro, dedicadas a la gesti¨®n de vivienda con fines sociales¡±.
Se anula asimismo el art¨ªculo 19.3, segundo inciso, que establece la informaci¨®n que deben suministrar los grandes tenedores. El tribunal estima excesiva la regulaci¨®n de la informaci¨®n m¨ªnima que, en caso de ejercitar la facultad de declarar las zonas de mercado residencial tensionado, tendr¨ªa que requerirse a los grandes tenedores, ¡°ya que la determinaci¨®n de este aspecto debe corresponder a las comunidades aut¨®nomas¡±. El fallo acuerda asimismo la nulidad parcial del art¨ªculo 27, que regula los parques p¨²blicos de vivienda y su financiaci¨®n. Tambi¨¦n aqu¨ª el tribunal estima que la ley incurre en un exceso, en concreto en la determinaci¨®n de la composici¨®n de los parques p¨²blicos de vivienda. La sentencia estima que esta regulaci¨®n es contraria ¡°al principio de autonom¨ªa financiera, al prever la afectaci¨®n finalista de ingresos procedentes de las sanciones impuestas por el incumplimiento de la funci¨®n social de la propiedad de la vivienda y de la gesti¨®n de los bienes integrantes de los parques p¨²blicos de vivienda¡±.
La sentencia se ha aprobado por 6 votos a 4, estos ¨²ltimos del sector conservador del tribunal, que estima que la ley lesiona derechos de las comunidades aut¨®nomas. Se ha avalado, por ejemplo, el art¨ªculo que impide la venta de los parques p¨²blicos de vivienda a inversores privados o fondos buitre, como han hecho algunas comunidades aut¨®nomas, entre ellas la de Madrid. Dicha venta solo ser¨¢ posible entre administraciones o a ONGs relacionadas con la promoci¨®n del derecho a la vivienda, entre otros supuestos restrictivos. No ha participado en la deliberaci¨®n la magistrada Laura D¨ªez, en viaje oficial.
La Junta de Andaluc¨ªa se ha mostrado ¡°satisfecha¡± con el fallo, aunque rechaza la mayor parte del recurso presentado, que afectaba a 16 art¨ªculos de la ley. En un comunicado, la Consejer¨ªa de Fomento destaca que se haya considerado excesiva la regulaci¨®n que la norma estatal efectu¨® en materia de vivienda protegida, parque p¨²blico de viviendas u obligaciones de los grandes tenedores.
El Congreso aprob¨® la ley de Vivienda el 27 de abril del a?o pasado. Se trataba de la primera ley de vivienda con la que se pretende contener el precio de los alquileres, un debate clave en un momento en el que el derecho a la vivienda se hab¨ªa convertido en un asunto central de la precampa?a para las elecciones auton¨®micas y municipales del 28 de mayo. El presidente del Gobierno, Pedro S¨¢nchez, se felicit¨® por haber superado el tr¨¢mite de la C¨¢mara baja y agradeci¨® este ¡°hito¡± ¡°para la mayor¨ªa social¡±, y en particular, para los ¡°j¨®venes¡±.
La iniciativa recibi¨® 176 votos a favor, 167 en contra y una abstenci¨®n. El texto fue pactado entre el Ejecutivo de coalici¨®n con ERC y EH Bildu y ha recibido el rechazo de PP, Vox, Cs, Junts, PDeCAT y Coalici¨®n Canaria. Ione Belarra, ministra de Asuntos Sociales, se declar¨® ¡°orgullosa de defender la primera ley de vivienda de la democracia¡±. ¡°Pierde la banca, pierden los fondos buitre y gana la gente¡±, afirm¨® tras la votaci¨®n. Raquel S¨¢nchez, entonces ministra de Transporte, coimpulsora de la ley en el Gobierno junto a Belarra, manifest¨® a su vez que ¡°esta ley no va en contra de nadie (...) busca reorientar toda la pol¨ªtica de vivienda¡±.
El Constitucional ten¨ªa sobre la mesa el proyecto de sentencia hace dos semanas, en plena campa?a de las elecciones catalanas. El texto, sin embargo, no fue sometido a votaci¨®n, en parte en coherencia con anteriores decisiones similares para no coincidir con citas electorales.
Tras conocerse el sentido del fallo, el Ministerio de Vivienda ha asegurado que la correcci¨®n ¡°de determinados aspectos no elimina y elemento esencial que es que esta ley, en palabras del propio TC, es un texto no solo necesario sino imprescindible¡±. Por ello, el departamento que encabeza Isabel Rodr¨ªguez ha considerado que la noticia es ¡°una buena noticia¡± y que ¡°refrenda la competencia del Estado a la hora de garantizar una vivienda asequible y digna¡±. En declaraciones a los medios durante la inauguraci¨®n de la feria Construmat, este martes por la tarde, la ministra ha pedido ¡°prudencia¡± hasta conocer el contenido completo del fallo, informa Clara Blanchar desde Barcelona. ¡°Se pone de manifiesto lo que el Gobierno ha mantenido durante todo este tiempo, que es la competencia del Estado para intervenir en las pol¨ªticas de vivienda¡±, ha valorado Rodr¨ªguez.
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