Garz¨®n y el fiscal se enfrentan abiertamente por la causa contra el franquismo
El juez no admite el recurso de Zaragoza y ¨¦ste invoca una norma que nunca se hab¨ªa usado en la Audiencia Nacional
El juez Baltasar Garz¨®n y el fiscal jefe de la Audiencia Nacional Javier Zaragoza han entrado en una guerra abierta a prop¨®sito de la causa contra el franquismo. Garz¨®n ha rechazado este jueves el recurso de apelaci¨®n presentado por el fiscal por una cuesti¨®n procesal, mientras que Zaragoza, anticip¨¢ndose a la jugada hab¨ªa convocado al pleno de la Sala Penal, invocando un art¨ªculo de la ley de Enjuiciamiento Criminal que no se hab¨ªa aplicado nunca antes en la Audiencia para conseguir apartarle de la causa de la Memoria Hist¨®rica.
La trascendencia es relativa, ya que al final, siempre iba a ser la Sala Penal de la Audiencia, que preside Javier G¨®mez Berm¨²dez, la que iba a resolver el caso, pero las batallas y argucias jur¨ªdicas y procesales entre Zaragoza y Garz¨®n han dejado un escenario de campo de minas en las relaciones personales entre ambos que ser¨¢ muy dif¨ªcil de superar.
En un principio, Garz¨®n se hab¨ªa negado a dar tr¨¢mite al recurso presentado por la Fiscal¨ªa contra su decisi¨®n de declararse competente en la investigaci¨®n de los cr¨ªmenes de la Guerra Civil y el Franquismo al considerar que debe ser primero ¨¦l, y no la Sala de lo Penal, quien responda en primera instancia a las objeciones del Ministerio P¨²blico.
Esto es as¨ª despu¨¦s de que el pasado viernes el juez transformara en sumario ordinario las diligencias previas abiertas a ra¨ªz de la presentaci¨®n de las denuncias de 22 asociaciones de Recuperaci¨®n de la Memoria Hist¨®rica que le instaban a investigar los asesinatos, torturas y desapariciones cometidas entre 1936 y 1951.
Garz¨®n recuerda en su auto que el recurso de la Fiscal¨ªa fue presentado per saltum a la Sala de lo Penal el 20 de octubre, es decir, tres d¨ªas despu¨¦s de la conversi¨®n del procedimiento de diligencias previas en sumario. Por ello, a?ade que el juez "se ve compelido, sin alternativa posible, a rechazar la petici¨®n del Ministerio Fiscal en la forma en que lo hace".
En respuesta, el fiscal promueve el incidente previsto por el art¨ªculo 23 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que establece que, "si durante el sumario o en cualquier fase de instrucci¨®n de un proceso penal el Ministerio Fiscal entendiera que el juez instructor no tiene competencia para actuar en la causa, podr¨¢ reclamar ante el tribunal superior al que corresponda (...), el cual resolver¨¢ de plano y sin ulterior recurso", seg¨²n informa la agencia EFE.
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