El fiscal acusa a Garz¨®n de abrir una "causa general" por el franquismo
La competencia nunca ser¨ªa de la Audiencia Nacional, sino del Tribunal Supremo porque Franco y sus ministros eran aforados
El fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, acus¨® ayer al juez Baltasar Garz¨®n de formar una "causa general" para investigar y enjuiciar los cr¨ªmenes cometidos durante la Guerra Civil y el franquismo, circunstancia que, a su entender, violenta las reglas y l¨ªmites del proceso penal. Zaragoza present¨® un recurso de apelaci¨®n directa contra el auto de Garz¨®n por el que se declaraba competente para investigar las atrocidades cometidas durante la Guerra y primeros a?os de la dictadura por entender que se trataba de secuestros con desaparici¨®n forzosa en el contexto de cr¨ªmenes contra la humanidad y que era competencia de la Audiencia porque Franco se hab¨ªa sublevado contra el poder leg¨ªtimo constituido y precisamente ese delito contra la forma de gobierno y contra altos organismos de la naci¨®n determinaba que pudiera investigar el caso.
Los cr¨ªmenes contra la humanidad no exist¨ªan en el C¨®digo de 1932
Zaragoza cree que el proceso se ha convertido en una "inquisici¨®n general"
El juez deber¨ªa haber aplicado al caso la Ley de Amnist¨ªa de 1977
El recurso de la fiscal¨ªa, que pide la nulidad del proceso, es un aut¨¦ntico bombazo contra la l¨ªnea de flotaci¨®n de los argumentos del juez y utiliza un lenguaje inusualmente contundente -llega a hablar de que el proceso "quiebra las m¨¢s elementales reglas del proceso penal y aboca inevitablemente a una inquisici¨®n general prohibida en nuestra Constituci¨®n"- si bien fuentes fiscales afirmaron que se hab¨ªa "suavizado mucho".
Pero lo cierto es que Zaragoza acusa a Garz¨®n de predeterminar el resultado y de haber adaptado todo el proceso de aplicaci¨®n e interpretaci¨®n de las normas a la consecuci¨®n de ese resultado predeterminado, el de su propia competencia en el caso, "salvando de esa manera los escollos impeditivos de una aplicaci¨®n racional del ordenamiento jur¨ªdico".
El recurso destaca que Garz¨®n ha dise?ado "un singular andamiaje jur¨ªdico" vinculando una serie de delitos "mediante una laxa interpretaci¨®n de las normas de conexi¨®n, con un delito contra los altos organismos de la naci¨®n y la forma de gobierno -hoy inexistente en el C¨®digo Penal vigente- cuando es p¨²blico y notorio que los posibles responsables [Franco y otros 34 generales y ministros que el juez Garz¨®n menciona en su auto] de ese delito de rebeli¨®n han fallecido". Pero Zaragoza todav¨ªa va m¨¢s all¨¢ al se?alar que incluso siguiendo el razonamiento de Garz¨®n, ¨¦ste jam¨¢s ser¨ªa competente en el caso, puesto que Franco y sus ministros, por su condici¨®n de autoridades y su responsabilidad, eran aforados y, por tanto, el caso no hubiera correspondido a la Audiencia Nacional, sino al Tribunal Supremo.
El fiscal ataca la piedra angular de la construcci¨®n jur¨ªdica realizada por Garz¨®n, porque el magistrado apreciaba la existencia de miles de secuestros con desaparici¨®n forzosa en un contexto de cr¨ªmenes contra la humanidad y el fiscal considera que no hay secuestros que valgan, sino asesinatos, puesto que es m¨¢s que evidente que nadie permanece secuestrado desde hace 60 a?os, sino que las v¨ªctimas fueron sacadas de sus casas y ejecutadas en aquel momento.
El fiscal considera que el juez ha construido su proceso sobre la base de ese delito de secuestro con desaparici¨®n para evitar la prescripci¨®n a hechos ocurridos hace m¨¢s de 60 a?os.
Tambi¨¦n critica duramente que el juez haya eludido la aplicaci¨®n de la Ley de Amnist¨ªa de 1977, que fue aprobada por las primeras Cortes democr¨¢ticas y que soslaye la aplicaci¨®n del principio de irretroactividad penal de las leyes penales no favorables, as¨ª como la doctrina del Supremo sobre la imposibilidad de aplicar retroactivamente la figura jur¨ªdica de los cr¨ªmenes contra la humanidad. Resulta que en el C¨®digo Penal de la Rep¨²blica no estaban recogidos los cr¨ªmenes contra la humanidad y el Supremo ya advirti¨® del problema al resolver el caso Scilingo, y declar¨® "la imposibilidad de aplicar retroactivamente la normativa penal".
El fiscal dedica todo un cap¨ªtulo del recurso a reconocer la justicia de la pretensi¨®n de las asociaciones denunciantes para recuperar la memoria y la dignidad de los miles de v¨ªctimas de la represi¨®n franquista. Sin embargo, Zaragoza considera que las reparaciones morales de v¨ªctimas y familiares deben de venir por aplicaci¨®n de la Ley de la Memoria Hist¨®rica y no por aplicaci¨®n del Derecho Penal, que tiene otras funciones.
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