Un tribunal veta a los guardias civiles ir a protestas para reivindicar derechos laborales del cuerpo
Desestima un recurso de una asociaci¨®n de oficiales por la prohibici¨®n del director general a que fueran a una marcha policial en 2008
El Tribunal Superior de Madrid considera que los guardias civiles no tienen derecho a participar en protestas sindicales para reivindicar derechos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. La Sala de la Contencioso Administrativo asegura que el veto a los agentes del instituto armado a acudir a protestas pol¨ªticas o sindicales no puede ser gen¨¦rico. Pero cree que los agentes del instituto armado que acudieron a la manifestaci¨®n del 18 de octubre de 2008 , convocada por sindicatos policiales, vulneraron la ley de derechos y obligaciones de la Guardia Civil, porque "es inconcebible" que no lo hicieran en condici¨®n de tales, incluso si lo hicieron "de forma an¨®nima".
La resoluci¨®n rechaza un recurso de Uni¨®n de Oficiales de la Guardia Civil contra un escrito del director general de la Polic¨ªa y la Guardia Civil, Francisco Javier Vel¨¢zquez, difundido a todas las unidades en la que recordaba a los agentes que no pod¨ªan acudir a dicha marcha por su car¨¢cter sindical y que su presencia pod¨ªa significar una falta muy grave. La asociaci¨®n entend¨ªa que en su escrito Vel¨¢zquez hab¨ªa violado el derecho de reuni¨®n y manifestaci¨®n de los guardias y reclamaba 24.000 euros "por los da?os morales y econ¨®micos" que habr¨ªa provocado su escrito.
El tribunal estima que la manifestaci¨®n del d¨ªa 18 de octubre "estaba claramente regida por una finalidad sindical" y que el escrito del director general s¨®lo record¨® los preceptos generales de la ley, por lo que no hubo infracci¨®n alguna. Eso s¨ª, abre la puerta a un nuevo recurso para aquellos guardias que fueron sancionados por ir a la protesta en el caso de que lo hicieran "omitiendo su condici¨®n" de agentes.
Pero, antes de desestimar el recurso, entra a fondo en la posibilidad de que los guardias puedan o no ir a manifestaciones. Lo que dice es que la ley de derechos y deberes s¨®lo pretende "preservar la neutralidad de la Guardia Civil como instituci¨®n" y, por ello, s¨®lo se puede prohibir que vayan a protestas de car¨¢cter sindical y pol¨ªtico si lo hacen manifestando su condici¨®n de miembros del cuerpo. Si no lo hacen, "no hay riesgo para la neutralidad del cuerpo".
El tribunal estima que un guardia puede ir de forma an¨®nima a la protesta que quiera, porque extender la prohibici¨®n a cualquier manifestaci¨®n supondr¨ªa privarles de ejercitar su derecho de manifestaci¨®n "en su condici¨®n de ciudadanos". "De este modo se les imposibilitar¨ªa acudir a casi todas, sino a todas, las manifestaciones, pues evidentemente la inmensa mayor¨ªa de estos actos tienen connotaciones sindicales o pol¨ªticas. En esta hip¨®tesis nos encontrar¨ªamos ante una injustificada, por desproporcionada, limitaci¨®n del derecho".
Pero en la manifestaci¨®n del 18 de octubre, concurren "unas muy especiales circunstancias". El tribunal alega que "entre los fines de la manifestaci¨®n se hac¨ªa especial menci¨®n, entre otros motivos, al malestar patente de los guardias civiles por la falta de di¨¢logo con el Ministerio del Interior" Por tanto, a?ade, "no nos hallamos entonces ante la eventual participaci¨®n de los guardias civiles como ciudadanos por intereses inherentes a su condici¨®n de tales, sino en la asistencia a una manifestaci¨®n que, formalmente convocada por terceros, tiene por finalidad reivindicar derechos de naturaleza sindical cuya titularidad se atribuye, entre otros, a los propios guardias civiles".
La Sala de lo Contencioso concluye: "Es inconcebible que la asistencia de un guardia civil a ese acto no lo fuera en su condici¨®n de tal y s¨ª en la de simple ciudadano, pues eran sus derechos o intereses corporativos el objeto de la manifestaci¨®n, de manera que, adem¨¢s, dif¨ªcilmente puede decirse que esa asistencia, a¨²n cuando fuera aparentemente a t¨ªtulo individual, dispusiera de naturaleza an¨®nima",
En suma, el tribunal no veta el que los agentes (sin uniforme) puedan acudir a una protesta pol¨ªtica o sindical, sino s¨®lo a las que se reivindiquen cuestiones sindicales relacionadas con el cuerpo porque violan su obligaci¨®n de neutralidad.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.