La Audiencia Nacional fija la salida de prisi¨®n de Oubi?a en septiembre de 2014
La condena inicial se cumpl¨ªa en 2016, pero el abogado del narcotraficante solicitaba su salida inmediata de prisi¨®n al aplicar al c¨®mputo dos periodos de prisi¨®n provisional.- El tribunal se?ala que s¨®lo procede conmutar una de las provisionales porque ambas fueron simult¨¢neas
La Secci¨®n Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha resuelto que el narcotraficante Laureano Oubi?o saldr¨¢ de la c¨¢rcel el 18 de septiembre de 2014, dos a?os antes de lo inicialmente previsto, tras hab¨¦rsele aplicado la liquidaci¨®n de condena que orden¨® el Tribunal Supremo, en base a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional. Esta jurisprudencia obliga a computar doblemente el tiempo pasado en prisi¨®n cuando se cumple a la vez una condena firme y la prisi¨®n provisional por otra causa. La condena inicial impuesta a Oubi?a expira el 6 de julio de 2016, pero su abogado solicit¨® su salida de prisi¨®n el pasado 7 de junio al aplicar al c¨®mputo de condena los dos per¨ªodos de prisi¨®n preventiva que cumpli¨® el narcotraficante.
En un auto hecho p¨²blico hoy, la Sala desestima la petici¨®n de la defensa de Oubi?a y argumenta ahora que la doctrina del Constitucional "no puede ser aplicada cuando se trata de la concurrencia de dos prisiones provisionales a computar". Por ello, en un caso como este, en el que concurren dos prisiones provisionales con una condena, "¨²nicamente se considera computable una provisional".
En concreto, Oubi?a simultane¨® una condena de cuatro a?os y cuatro meses de c¨¢rcel por el transporte de 6.000 kilos de hach¨ªs hasta Holanda con la prisi¨®n provisional en dos causas relativas a las operaciones Amanecer y Ocaso por las que fue condenado a sendas penas de seis a?os y nueve meses de prisi¨®n.
La primera de las condenas (impuesta por la Secci¨®n Cuarta de la Sala de lo Penal) fue liquidada el 19 de enero de 2003. Con los nuevos c¨¢lculos de la Audiencia Nacional, la segunda de las condenas (de la Secci¨®n Segunda) fue cumplida el 10 de octubre de 2009 y la tercera (de la Secci¨®n Primera) tiene fecha de cumplimiento el 18 de septiembre de 2014, ya que de la condena de seis a?os y nueve meses se le han abonado 656 d¨ªas, y le quedar¨ªan por cumplir 1.804.
La Sala ha tomado esta decisi¨®n despu¨¦s de que el juez central de Vigilancia Penitenciaria, Jos¨¦ Luis Castro, se declarara esta semana incompetente para pronunciarse sobre la liquidaci¨®n de condena del narcotrficante, defendiendo que la decisi¨®n sobre el c¨®mputo de la prisi¨®n preventiva correspond¨ªa a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, ya que debe realizarse "en la misma causa en la que el penado estuvo sometido a aquella medida cautelar".
La resoluci¨®n de Castro, que contaba con el aval de la Fiscal¨ªa, se?alaba que la coincidencia del cumplimiento de la condena y la prisi¨®n provisional se circunscribe al periodo comprendido entre el 5 de julio de 2001 y el 20 de febrero de 2004, aunque se?alaba que la competencia para decidir sobre la liquidaci¨®n de condena corresponde al tribunal sentenciador, en este caso, las Secciones Primera y Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. Ahora, este tribunal ha estimado que la liquidaci¨®n s¨®lo puede establecerse por una prisi¨®n provisional y no por las dos que cumpl¨ªa Oubi?a al mismo tiempo, lo que acorta la condena en dos a?os y no en seis como solicitaba la defensa.
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