Un hombre pasa 18 meses en la c¨¢rcel por una denuncia falsa que su ex pareja le puso "en un arrebato de rabia"
Antes de ingresar en prisi¨®n present¨® una declaraci¨®n de su mujer en la que ¨¦sta admit¨ªa que todo era una invenci¨®n
Juan Antonio P. S. reclama al Ministerio de Justicia una indemnizaci¨®n de 300.000 euros por haber estado casi 18 meses preso debido a una denuncia falsa de su ex pareja sentimental. La mujer se autolesion¨® y le culp¨® de las lesiones "en un arrebato de rabia" hacia ¨¦l fruto de las desavenencias matrimoniales, que acabaron en divorcio. Los gritos de inocencia de Juan Antonio diciendo que todo era mentira y que no hab¨ªa agredido a su esposa cayeron en saco roto. Cuando pudo acreditarlo, ya hab¨ªa cumplido entre barrotes la injusta pena. Justo antes de ingresar en prisi¨®n, fue al juzgado que le hab¨ªa condenado e inform¨® de que en otro juzgado se segu¨ªa un procedimiento contra su ex pareja por denuncia falsa. E incluso present¨® una declaraci¨®n de la mujer en la que ¨¦sta admit¨ªa que todo era una invenci¨®n suya.
Juan Antonio fue condenado el 7 de marzo de 2005 en el Juzgado de lo Penal n¨²mero 1 de Plasencia (C¨¢cares) por un delito de violencia de g¨¦nero contra su ex pareja. Apel¨® la condena ante la Audiencia Provincial de C¨¢ceres, insistiendo en que la denuncia era falsa. El 9 de mayo de 2005, dos meses despu¨¦s, el tribunal ratific¨® la pena impuesta por el Juzgado de lo Penal 1 de Plasencia. Una vez firme la condena, el Juzgado de lo Penal orden¨® su ingreso en prisi¨®n. Juan Antonio acudi¨® al juzgado el 9 de junio de 2005 pidiendo que se dejase en suspenso la condena porque en ese momento exist¨ªa una denuncia por falso testimonio contra su ex pareja que estaba siendo instruida en el Juzgado de Instrucci¨®n 2 de Navalmoral de la Mata. El juzgado de lo penal desestim¨® su petici¨®n y Juan Antonio tuvo que ingresar en prisi¨®n el 12 de febrero de 2006. Antes de entrar en prisi¨®n, su ex pareja ya hab¨ªa reconocido en el juzgado de Navalmoral que su denuncia era mentira y que las lesiones se las hab¨ªa causado ella misma. Desesperado, pidi¨® al juzgado que reclamara los documentos al de Navalmoral. No le hicieron caso y finalmente ingres¨® en prisi¨®n.
El juzgado de Navalmoral sigui¨® con los tr¨¢mites de la denuncia falsa y, concluida la instrucci¨®n, remiti¨® las diligencias a Plasencia para que fuese juzgada la mujer por denuncia falsa. El asunto recay¨® precisamente en el Juzgado de lo Penal 1 de Plasencia, que sent¨® a la mujer en el banquillo. Era el mismo juzgado que antes hab¨ªa juzgado y condenado a Juan Antonio y le hab¨ªa denegado la suspensi¨®n de la condena. El juicio contra ella por denuncia falsa se celebr¨® el 5 de diciembre de 2007 y el juzgado, el mismo que hab¨ªa ordenado el ingreso carcelario de Juan Antonio por malos tratos, dict¨® d¨ªas despu¨¦s otra sentencia, pero en esta ocasi¨®n condenando a la ex esposa por la falsa denuncia. El Juzgado declara en la sentencia que la denuncia falsa se produjo "en un arrebato de rabia y que las lesiones se las hab¨ªa producido ella misma". Pero entonces, Juan Antonio ya hab¨ªa cumplido los 18 meses de c¨¢rcel que le hab¨ªa impuesto, curiosamente, el mismo juzgado.
Juan Antonio se?ala en la demanda que ha interpuesto ante el Ministerio de Justicia por responsabilidad patrimonial del Estado, en la que pide 300.000 euros de indemnizaci¨®n, que en su caso se ha producido un mal funcionamiento de la administraci¨®n de justicia. Asegura que el juzgado que orden¨® su ingreso en prisi¨®n debi¨® no ejecutar la condena a la vista de que ya entonces otro juzgado, el de Navalmoral de la Mata, investigaba a su ex pareja por denuncia falsa y, adem¨¢s, la supuesta v¨ªctima se hab¨ªa retractado de lo denunciado. El asunto ha llegado al Consejo General del Poder Judicial, que obligatoriamente tiene que informar al ministerio sobre errores judiciales. El Consejo tiene tasados los casos en que puede dictaminar que ha habido un mal funcionamiento de la Administraci¨®n de Justicia. Pero si un juez se equivoca, por ejemplo, no puede reprenderlo ni censurarle. Para eso, el afectado tiene la v¨ªa del recurso ante un ¨®rgano judicial superior. Aunque la opini¨®n del Consejo no es vinculante y el ministerio puede acordar la indemnizaci¨®n si entiende que se ha cometido un error judicial, como en este caso, pues se ha condenado injustamente a alguien por una denuncia falsa, el Consejo entiende que en este caso no ha habido un mal funcionamiento de la Administraci¨®n de Justicia "en los t¨¦rminos" que expone Juan Antonio en su demanda. Se?ala que tiene derecho a que se le revise la condena que sufri¨® y quede liberado de esa losa, aunque en este asunto el Poder Judicial concluye que nada se pudo hacer para evitar que ingresase en prisi¨®n, ya que la condena a su ex pareja por denuncia falsa fue firme el 5 de diciembre de 2007, cuando ¨¦l ya hab¨ªa cumplido los 18 meses de c¨¢rcel.
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