El art¨ªculo 155, sin emociones
Unas elecciones no deben ser convocadas en situaciones de excepcionalidad
Hay quienes opinan que gobernar en democracia es manejar, o dirigir, crisis, una tras otra. Lo que convierte a un dirigente pol¨ªtico en un l¨ªder es, primero, su capacidad para verlas venir e instalar cortafuegos. A veces eso es imposible porque depende de elementos incontrolables. Por eso, lo segundo es una respuesta adecuada que limite los da?os. Por supuesto, es todo m¨¢s f¨¢cil si los dirigentes pol¨ªticos que manejan esas crisis son personas que han acumulado prestigio democr¨¢tico y aprecio popular.
Lo m¨¢s importante, dicen muchos expertos en liderazgo pol¨ªtico, es que los dirigentes que hacen frente a esas crisis no se nieguen a corregir errores evitables, no tomen por verdades lo que son suposiciones refutables y, sobre todo, que no se equivoquen a la hora de valorar la probabilidad o magnitud de los costes y beneficios de sus decisiones. Los pol¨ªticos m¨¢s peligrosos son aquellos que se sienten dispuestos a hacer algo ¡°cueste lo que cueste¡±, porque nada tiene en pol¨ªtica semejante valor para los ciudadanos. Nada es necesario ¡°cueste lo que cueste¡±, sobre todo porque los que pagan esa terrible factura no son quienes lo predican, sino millones de personas que jam¨¢s estuvieron dispuestas a desprenderse de tanto. En pol¨ªtica, la frase de marras solo tiene sentido en reflexivo: ¡°Lo har¨¦, me cueste lo que me cueste¡±. Eso se llama aceptar responsabilidades personales, la primera obligaci¨®n de un dirigente democr¨¢tico y algo muy ¨²til para sanear situaciones pol¨ªticas complicadas.
En la crisis catalana ha faltado, es una evidencia, liderazgo pol¨ªtico porque o no se pusieron cortafuegos o los que se quiso instalar eran defectuosos. Tambi¨¦n porque ha habido demasiados pol¨ªticos, economistas y dirigentes sociales independentistas que predican el ¡°le cueste a usted lo que le cueste¡±. La cuesti¨®n es que estamos en el segundo escenario: dar una respuesta adecuada que limite los da?os. Por eso es importante recordar que el art¨ªculo 155 de la Constituci¨®n, tan mencionado y a punto de ser aplicado, no fue introducido para eliminar un r¨¦gimen auton¨®mico, sino para reconducirlo a esa legalidad auton¨®mica.
En el primer borrador de la Constituci¨®n, el tema se trataba en el art¨ªculo 147 y desarrollaba unos mecanismos de intervenci¨®n del Gobierno central en las decisiones de los Parlamentos auton¨®micos mucho m¨¢s perturbadores, hasta el extremo de contemplar la posibilidad de que el Gobierno central exigiera una segunda lectura de un texto ya aprobado por ¡°la asamblea regional¡± o a exigir mayor¨ªa absoluta en determinadas circunstancias. La redacci¨®n actual se debi¨® m¨¢s a la intervenci¨®n del ponente nacionalista catal¨¢n, Miquel Roca, que a la voluntad de UCD. El 155 es un art¨ªculo dise?ado para ser aplicado con frialdad y sin a?adir emociones. Introduce una situaci¨®n de excepcionalidad, aunque conviene recordar que en la Constituci¨®n espa?ola la excepcionalidad no afecta al ejercicio de los derechos, ni mucho menos a la vigencia del poder judicial.
Los expertos dir¨¢n si, desde un punto de vista legal, es posible que el Gobierno central, dentro de las competencias asumidas por el 155, pueda convocar unas elecciones auton¨®micas, como reclama Ciudadanos. Sea posible o no, pol¨ªticamente se trata de una opci¨®n envenenada, que se puede convertir en un error formidable. Unas elecciones no deben ser convocadas en situaciones de excepcionalidad. El refer¨¦ndum del 1-O fue un error pol¨ªtico (que se hubiera apreciado mejor sin las cargas policiales) porque, entre otras cosas, y desde su misma convocatoria, dejaba fuera a m¨¢s de la mitad de la ciudadan¨ªa catalana. Una consulta en la que solo es posible un resultado, abrumadoramente respaldado, tiene muy poca credibilidad democr¨¢tica. De poco servir¨ªan unas elecciones auton¨®micas convocadas sin el acuerdo de los independentistas.
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