La Audiencia Nacional rebaja las fianzas m¨¢s altas impuestas a los CDR
La Sala de lo Penal reduce las cantidades fijadas por el juez instructor para Jordi Ros y Germinal Tom¨¤s
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha acordado rebajar las fianzas m¨¢s altas decretadas en la causa abierta contra los integrantes de los Comit¨¦s de Defensa de la Rep¨²blica (CDR) acusados de terrorismo, seg¨²n ha confirmado Eva Pous, abogada de la defensa. Tras analizar el recurso presentado por los imputados, los magistrados han reducido sustancialmente los dep¨®sitos de 30.000 y 15.000 euros impuestos respectivamente a Jordi Ros y Xabier Buigas por el juez que instruy¨® la investigaci¨®n, Manuel Garc¨ªa-Castell¨®n. Ambos, a los que la Guardia Civil considera como parte clave del presunto ¡°n¨²cleo productor¡± de material explosivo y que fueron los dos ¨²ltimos en quedar en libertad tras el ingreso en prisi¨®n de siete de los sospechosos, deber¨¢n abonar finalmente 10.000 euros.
Aunque la Sala no entra en el fondo de la investigaci¨®n y adopta esta medida al considerar que no se valor¨® de forma adecuada los importes impuestos a los encarcelados, los imputados consideran esta decisi¨®n como otra peque?a victoria. ¡°Celebramos esta nueva correcci¨®n al juez instructor en este aberrante caso de represi¨®n pol¨ªtica y proclamamos que seguimos firmes en la batalla para lograr la libre absoluci¨®n de nuestros compa?eros independentistas¡±, ha subrayado el colectivo Alerta Solidaria, que ejerce la defensa de los CDR. Eso s¨ª, a trav¨¦s de un comunicado, el propio grupo matiza el alcance de este dictamen: ¡°No supone la anulaci¨®n de la imposici¨®n de las fianzas y, mucho menos, el archivo de la causa, que contin¨²a¡±.
El pasado 10 de enero, el juez Garc¨ªa-Castell¨®n decret¨® la libertad bajo fianza de Ros y Tom¨¤s, que permanec¨ªan encarcelados desde que se pusiera en marcha la Operaci¨®n Judas en septiembre de 2019. Seg¨²n los investigadores, los dos formaban parte del presunto ¡°n¨²cleo productor¡± de los Equipos de Respuesta T¨¢ctica (ERT), el sector m¨¢s combativo de los CDR. Al primero se le atribuye, por ejemplo, la adquisici¨®n de sustancias qu¨ªmicas consideradas precursoras de explosivos, se le intervino varios apuntes donde se le¨ªan las palabras ¡°esquema bomba y mont¨® supuestamente en su casa uno de los ¡°laboratorios¡± para hacer pruebas. A Tom¨¤s, por su parte, se le acusa de participar en la manipulaci¨®n de sustancias qu¨ªmicas.
El magistrado instructor consider¨® a los dos, adem¨¢s, dos piezas clave del entramado y les impuso las fianzas m¨¢s altas para que pudieran quedar libres. Hasta ese momento, solo se hab¨ªan fijado dep¨®sitos de 5.000 euros para cuatro de los encarcelados ¡ªXavier Duch, Eduard Garz¨®n, Xavier Buigas y Ferran Jolis¡ª; y de 10.000 euros para un quinto: Alex Codina, otro de los presuntos componentes del ¡°n¨²cleo productor¡±.
Discrepancias
La v¨ªa de la libertad bajo fianza la abri¨® realmente la Audiencia Nacional en diciembre del pasado a?o. A trav¨¦s de un auto fechado el d¨ªa 20, la Secci¨®n Segunda de la Sala de lo Penal corrigi¨® al juez instructor y dej¨® que tres de los detenidos salieran de prisi¨®n tras depositar una fianza de 5.000 euros. Garc¨ªa-Castell¨®n hab¨ªa decidido mantenerlos en la c¨¢rcel apenas un mes antes, pero el tribunal acept¨® el recurso de la defensa y consider¨® que se pod¨ªan adoptar ¡°medidas menos¡± gravosas para afrontar el posible riesgo de fuga.
A este rev¨¦s al magistrado que lleva las pesquisas se suma tambi¨¦n que la Secci¨®n Segunda haya llegado a cuestionar que los imputados constituyesen un grupo terrorista. Es cierto que los jueces de este tribunal creen que existen ¡°indicios suficientes¡± sobre los hechos investigados, pero se declararon incapaz de ¡°emitir un juicio definitivo suficientemente fundado sobre la naturaleza o no terrorista de los hechos¡± ¡ªsobre todo, al considerar que no existe una previa organizaci¨®n¡± que haya sido declarada como tal ¡°judicialmente¡±¡ª. Unas palabras a las que responder¨ªa despu¨¦s Garc¨ªa Castell¨®n a trav¨¦s de otro auto: ¡°La ausencia de una previa organizaci¨®n terrorista as¨ª declarada judicialmente no impide que los hechos llevados a cabo por los miembros de la organizaci¨®n puedan tener la consideraci¨®n de terrorismo¡±.
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