El Constitucional debate anular la pena por quemar banderas
El Tribunal de Estrasburgo ya consider¨® injustificada la condena de dos j¨®venes independentistas por la quema de fotos del Rey Juan Carlos en 2007
El Tribunal Constitucional tiene sobre la mesa de su pleno de esta semana la propuesta de concesi¨®n de amparo a un sindicalista por la quema de una bandera de Espa?a. El ponente de la resoluci¨®n, el magistrado Andr¨¦s Ollero, perteneciente al sector conservador y exdiputado del PP, propone anular la pena de multa a la que fue condenado Pablo Fragoso, dirigente de la Confederaci¨®n Intersindical Galega (CIG), por pedir a los asistentes de una manifestaci¨®n que le prendieran fuego ¡°a la puta bandera¡± de Espa?a.
El hecho que abordar¨¢ el tribunal ocurri¨® frente a un acuartelamiento de la Armada en Ferrol en 2014 con ocasi¨®n de un conflicto laboral. La resoluci¨®n preparada por el magistrado Ollero propone revocar la condena del sindicalista partiendo de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre libertad de expresi¨®n.
El Tribunal de Estrasburgo ya consider¨® injustificada la condena de dos j¨®venes independentistas por la quema de fotos del Rey Juan Carlos en 2007. El fallo implic¨® que se les devolvieran a los afectados los 2.700 euros de la multa que se les hab¨ªa impuesto y que recibieran una indemnizaci¨®n de 9.000 euros. Esta sentencia de Estrasburgo ya ha sido invocada en otras causas penales por hechos similares de quema de s¨ªmbolos como conducta amparada por la libertad de expresi¨®n.
La ponencia preparada por Ollero sigue en este sentido la l¨ªnea de algunas resoluciones recientes del propio Constitucional, como el amparo concedido al cantante C¨¦sar Strawberry. En este caso se anul¨® la condena de un a?o de prisi¨®n por un supuesto delito de enaltecimiento del terrorismo. El Constitucional dijo que el contenido de los tuits analizados era ¡°producto de la intencionalidad cr¨ªtica en el terreno pol¨ªtico y social¡±.
Ultraje a un s¨ªmbolo
En el caso del sindicalista gallego, no obstante, un sector minoritario del Constitucional considera que hay que ponderar ciertas circunstancias, como el hecho de que a la quema de la bandera se incitara frente a un acuartelamiento militar, lo que dar¨ªa pie a interpretar que m¨¢s que un acto de protesta se pretendi¨® un ultraje a un s¨ªmbolo de la naci¨®n, conducta prevista y descrita como delito en el art¨ªculo 543 del C¨®digo Penal, y sancionado con pena de multa de siete a doce meses.
En este pleno se debatir¨¢ otra ponencia que propone denegar el amparo por la condena impuesta en 2014 tras la irrupci¨®n en una iglesia mientras se celebraba una misa profiriendo gritos de ¡°fuera los rosarios de mis ovarios¡±, entre otros.
Unas 30 personas se manifestaron a favor de la interrupci¨®n voluntaria del embarazo en febrero de 2014 en Palma de Mallorca y entraron en la iglesia de San Miquel cuando se estaba celebrando una misa para protestar por la Ley del Aborto que preparaba el PP y que finalmente no se aprob¨®. El Tribunal Supremo confirm¨® la pena de un a?o para cinco j¨®venes que participaron en esa acci¨®n. El ponente del Constitucional, Alfredo Montoya, entiende que se pretendi¨® ofender los sentimientos religiosos.
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