El Gobierno responde a la crisis migratoria con expulsiones en caliente, con el aval del Constitucional
El tribunal de garant¨ªas confirm¨® en noviembre la legalidad del rechazo en frontera, al resolver los recursos contra la ley de Seguridad Ciudadana
El presidente del Gobierno, Pedro S¨¢nchez, ha efectuado este martes una declaraci¨®n institucional en la que ha anunciado que la respuesta a la llegada masiva de inmigrantes a Ceuta est¨¢ siendo la devoluci¨®n en caliente de los reci¨¦n llegados en los t¨¦rminos acordados por los pactos bilaterales con Marruecos. S¨¢nchez ha destacado que se va a proceder a la ¡°devoluci¨®n inmediata¡± de todo aquel que entre de manera ¡°ilegal¡± en las ciudades aut¨®nomas. El Tribunal Constitucional aval¨® estas expulsiones en las fronteras de Espa?a y Marruecos en una sentencia, dictada el 18 de noviembre, aunque con condiciones y excepciones.
Aquel fallo concedi¨® al Ministerio del Interior el instrumento legal que precisaba para mantener el rechazo en frontera de la inmigraci¨®n ilegal en Ceuta y Melilla y que est¨¢ contemplado en la disposici¨®n adicional d¨¦cima de la Ley de Seguridad Ciudadana, conocida popularmente como ley mordaza. Solo hay dos excepciones para las devoluciones en caliente: los menores y las personas pertenecientes a colectivos vulnerables, como ancianos o embarazadas. Se trata de casos que son muy infrecuentes en los intentos de salto de las vallas fronterizas, pero no tanto en otros similares a los de las ¨²ltimas horas. Se calcula que entre las 8.000 personas que han alcanzado suelo ceut¨ª en el episodio extraordinario que est¨¢ viviendo la ciudad, figuran unos 1.500 menores.
El tribunal de garant¨ªas tard¨® cinco a?os en resolver los recursos presentados contra la ley de Seguridad Ciudadana. Se dieron varios intentos de conseguir una sentencia un¨¢nime, pero al final no hubo consenso, y la sentencia se aprob¨® por nueve votos contra dos. El Constitucional dej¨® claro que su sentencia no iba a condicionar eventuales cambios en la legislaci¨®n e hizo lo que se conoce como una ¡°interpretaci¨®n conforme¡± a la Carta Magna de la disposici¨®n adicional d¨¦cima de la Ley de Seguridad Ciudadana. Ese precepto establece en su primer p¨¢rrafo que ¡°los extranjeros que sean detectados en la l¨ªnea fronteriza de la demarcaci¨®n territorial de Ceuta o Melilla mientras intentan superar los elementos de contenci¨®n fronterizos para cruzar irregularmente la frontera podr¨¢n ser rechazados a fin de impedir su entrada ilegal en Espa?a¡±.
El p¨¢rrafo clave de la sentencia estableci¨® que el ¡°rechazo en frontera es una actuaci¨®n material de car¨¢cter coactivo, que tiene por finalidad restablecer inmediatamente la legalidad transgredida por el intento por parte de las personas extranjeras de cruzar irregularmente esa concreta frontera terrestre¡±. La condici¨®n importante es que especifica que ser¨¢ constitucional ¡°la actuaci¨®n material, sin perjuicio del control judicial que proceda realizarse en virtud de las acciones y recursos que interponga, en cada caso concreto, la persona extranjera¡±.
El Constitucional tambi¨¦n a?adi¨® en su sentencia de noviembre que ¡°el rechazo se realizar¨¢ respetando la normativa internacional de derechos humanos y de protecci¨®n internacional de la que Espa?a es parte¡±. Obviamente, tambi¨¦n a estos efectos la situaci¨®n es m¨¢s dif¨ªcil de manejar si la entrada de inmigrantes es tan masiva como la que se ha producido en Ceuta, y en grado mucho menor en Melilla. De ah¨ª, en parte, el refuerzo policial acordado en esta ocasi¨®n por el Ministerio del Interior para atender este tipo de casos.
Los matices, en todo caso, no condicionan las expulsiones en caliente, en la medida en que, unos meses antes del fallo del Constitucional, una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ya aval¨®, en febrero de 2020, esta respuesta a la inmigraci¨®n ilegal a la luz de los convenios internacionales suscritos por Espa?a. Con ello, el Tribunal de Estrasburgo se corrigi¨® a s¨ª mismo tras un recurso del Gobierno de Mariano Rajoy que mantuvo el Ejecutivo de Pedro S¨¢nchez, puesto que en un primer fallo hab¨ªa respaldado la demanda de dos inmigrantes expulsados por Espa?a. En su sentencia, el tribunal europeo dio la raz¨®n al Estado espa?ol en relaci¨®n con la expulsi¨®n inmediata de dos inmigrantes, de Mal¨ª y Costa de Marfil, respectivamente, que saltaron la valla fronteriza de Melilla en agosto de 2014. El Constitucional tuvo en cuenta el segundo fallo del TEDH y subray¨® que su decisi¨®n se ajusta a la doctrina de esta resoluci¨®n.
Los dos magistrados que en noviembre votaron en contra de la decisi¨®n del Constitucional fueron Mar¨ªa Luisa Balaguer y C¨¢ndido Conde-Pumpido, ambos del sector progresista, aunque solo el ¨²ltimo hizo referencia en su voto particular a las devoluciones en caliente. Conde-Pumpido puso el acento en la exigencia de que con la inmigraci¨®n ilegal funcionen de manera efectiva las oficinas de atenci¨®n para que se cumpla el punto tres de la disposici¨®n final recurrida, que prev¨¦ que ¡°las solicitudes de protecci¨®n internacional se formalizar¨¢n en los lugares habilitados al efecto en los pasos fronterizos y se tramitar¨¢n conforme a lo establecido en la normativa en materia de protecci¨®n internacional¡±.
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