Los condenados por el asedio al Parlament de 2011, a un paso de entrar en prisi¨®n
El Constitucional ratifica, dividido, la sentencia del Supremo que impuso tres a?os de c¨¢rcel por un delito contra las instituciones
El Tribunal Constitucional aval¨® este jueves la condena a tres a?os de prisi¨®n que el Tribunal Supremo impuso a los implicados en el asedio al Parlament de Catalu?a los d¨ªas 14 y 15 de junio de 2011. La decisi¨®n se tom¨® por seis votos a cuatro, despu¨¦s de que el tribunal rechazara el pasado d¨ªa 2 otro proyecto de fallo en el que se daba amparo a los condenados porque el Supremo no les tom¨® declaraci¨®n a la hora de revocar la sentencia inicial, de la Audiencia Nacional, que les hab¨ªa absuelto.
La sentencia del Constitucional da por bueno que los hechos constituyeron un delito contra las altas instituciones del Estado, y rechaza que el ejercicio del derecho de manifestaci¨®n pueda llevar a impedir la labor de los parlamentarios. Se recuerda, en este sentido, que el entonces presidente de la Generalitat, Artur Mas, tuvo que llegar en helic¨®ptero a la sede del Parlament, cercado por los manifestantes ¡ªque protestaban por los recortes del Gobierno catal¨¢n¡ª, y varios diputados fueron acosados y agredidos en las inmediaciones de la C¨¢mara auton¨®mica.
Los condenados por el Supremo hab¨ªan sido absueltos en primera instancia por la Audiencia Nacional, que consider¨® que aquella protesta obedeci¨® a la voluntad de los manifestantes de hacerse o¨ªr en un contexto de recortes presupuestarios y crecientes necesidades sociales (un mes antes hab¨ªa estallado el movimiento 15-M). El Supremo, en cambio, rechaz¨® estos argumentos y afirm¨® que los derechos que la ciudadan¨ªa hab¨ªa visto vulnerados eran los de participaci¨®n pol¨ªtica, a trav¨¦s de sus representantes, que tuvieron que vencer un cerco para acceder al Parlamento y desarrollar su labor.
El Constitucional ha compartido ahora el criterio de que los hechos constituyeron un delito contra las altas instituciones del Estado, respecto de los cuales no puede lanzarse el mensaje de que han permanecido impunes.
La esperanza de los condenados para evitar la prisi¨®n es que se reactive de forma inmediata su expediente de indulto ¡ªparalizado a la espera de la decisi¨®n del Constitucional¡ª y que finalmente el Gobierno les conceda la medida de gracia. De momento, el Constitucional enviar¨¢ su sentencia a la Audiencia Nacional, que fue el tribunal que juzg¨® en primera instancia a los implicados, para que ejecute lo dispuesto. Los condenados, a su vez, pueden pedir a la Audiencia que suspenda la ejecuci¨®n de su pena a la espera de la decisi¨®n sobre la petici¨®n de indulto.
La sentencia contar¨¢ con cuatro votos particulares: los de la vicepresidenta del tribunal, Encarnaci¨®n Roca, y los magistrados C¨¢ndido Conde-Pumpido, Juan Antonio Xiol y Mar¨ªa Luisa Balaguer. Todos ellos est¨¢n convencidos de que la jurisprudencia europea ampara a los implicados, porque no fueron o¨ªdos en segunda instancia, cuando se vio su recurso de casaci¨®n, lo que vulnera su derecho a la tutela judicial efectiva. Para estos magistrados, es m¨¢s que probable que, si los implicados acuden ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, su recurso prospere.
El motivo de este convencimiento es que el Tribunal de Estrasburgo ya ha fallado en varias ocasiones que es imprescindible escuchar a los implicados cuando una segunda instancia judicial cambia una absoluci¨®n por una condena. La tesis que ha prosperado en el Constitucional, sin embargo, es que dicho requisito no era necesario en este caso, porque el Supremo no vari¨® en nada el relato de hechos al pasar de una absoluci¨®n a una condena, aunque obviamente s¨ª los valor¨® de forma distinta.
La condena puede ser suspendida si el tribunal sentenciador as¨ª lo acuerda
Una condena de tres a?os de prisi¨®n, con un expediente de indulto abierto, puede ser suspendida si el tribunal sentenciador ¡ªen este caso la Audiencia Nacional, que inici¨® el proceso¡ª as¨ª lo acuerda. Por tanto, la Secci¨®n Primera de la Audiencia ¡ªque fue la que celebr¨® la vista oral¡ª tendr¨¢ que valorar si, atendidas las circunstancias, los implicados en el cerco al Parlament pueden permanecer en libertad hasta que el Gobierno se pronuncie sobre su posible indulto. Fuentes de la Audiencia consideran probable que se acceda a mantener esta situaci¨®n, en atenci¨®n entre otros factores al tiempo transcurrido desde los hechos. Ni la Generalitat ni el Parlamento catal¨¢n, que al principio participaron en el caso como acusaciones, se han mantenido en el proceso.
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