El juez procesa por allanamiento de morada a los seis polic¨ªas que irrumpieron en una fiesta ilegal con una patada en la puerta
El juez considera ¡°incontrovertido¡± que los agentes entraron en el piso sin orden judicial y da el primer paso para que se sienten en el banquillo ante un tribunal del jurado
El titular del Juzgado de Instrucci¨®n 28 de Madrid, Jaime Serret, ha dictado un auto conocido este mi¨¦rcoles en el que propone sentar en el banquillo por un delito de allanamiento de morada a los seis polic¨ªas nacionales que el pasado 21 de marzo irrumpieron por la fuerza en una vivienda de la calle Lagasca de la capital en la que se estaba celebrando una fiesta privada que contraven¨ªa las medidas sanitarias del estado de alarma entonces en vigor. La decisi¨®n, que no es firme, se?ala que los agentes sean juzgados por un tribunal del jurado. En su resoluci¨®n, el magistrado cita a las partes para el 8 de octubre para que propongan la pr¨¢ctica de nuevas diligencias antes de dar por concluida la causa y mandarla a la Audiencia Provincial para ser juzgada. Fuentes de la defensa de los agentes apuntan que pedir¨¢n que se tome declaraci¨®n a los vecinos que alertaron a la Polic¨ªa de la fiesta y a varios de los participantes en la misma.
Aquella intervenci¨®n policial gener¨® una enorme pol¨¦mica tras difundirse en las redes sociales, d¨ªas despu¨¦s del suceso, las im¨¢genes grabadas por una de las ocupantes de la vivienda. En el v¨ªdeo se ve¨ªa a una joven negarse a abrir la puerta si los agentes no llevaban un mandamiento judicial. Tras un intercambio de palabras, los polic¨ªas derribaron la puerta con un ariete. Nueve de las catorce personas que participaban en la fiesta fueron detenidas y acusadas de un delito de desobediencia grave a la autoridad. En su informe, los polic¨ªas recalcaban que su actuaci¨®n hab¨ªa estado amparada, entre otros preceptos legales, por la ley de seguridad ciudadana, conocida como ley mordaza. El Ministerio del Interior tambi¨¦n defendi¨® entonces que los agentes hab¨ªan intervenido dentro de la legalidad y esgrimi¨® que la vivienda ¡°no constituir¨ªa morada¡± al tratarse supuestamente de un inmueble tur¨ªstico y que, por tanto, no era necesaria la autorizaci¨®n judicial para entrar. Este argumento fue rechazado p¨²blicamente por numerosos juristas.
En un primer momento, un juzgado de Madrid abri¨® diligencias contra los nueve detenidos por los delitos de resistencia o desobediencia a la autoridad y coacciones. Sin embargo, el pasado junio, la Audiencia Provincial de Madrid conclu¨ªa que la negativa de los ocupantes a identificarse no tuvo car¨¢cter delictivo y ordenaba investigar a los agentes al considerar que su actuaci¨®n fue ¡°un exceso en el ejercicio de la autoridad¡±. Los magistrados consideraron que, para identificar a las personas que estaban en el piso infringiendo las medidas de distanciamiento social y toque de queda ordenadas por el Gobierno para minimizar el riesgo de expansi¨®n del coronavirus, ¡°no era necesario penetrar en la vivienda por la fuerza, quebrantando el derecho a la inviolabilidad del domicilio¡±.
¡°Sin consentimiento de los moradores¡±
Ahora, el juez Serret se ampara esta ¨²ltima decisi¨®n judicial para respaldar su decisi¨®n de procesar a los polic¨ªas. En el auto, el magistrado destaca que las declaraciones que prestaron el pasado viernes el querellante, una testigo y los seis polic¨ªas, resulta ¡°incontrovertido¡± que aquella noche, poco antes de la una de la madrugada, los agentes entraron en el piso tras tirar la puerta con un ariete para detener a los j¨®venes que estaban en la fiesta ¡°a pesar de que no ten¨ªan ni consentimiento de los moradores, ni autorizaci¨®n judicial¡±. De hecho, el juez destaca que el desarrollo de los sucesos no es puesto en cuesti¨®n ni por los ocupantes de la vivienda ni por los polic¨ªas ¡ªen la causa constan tanto el v¨ªdeo grabado por los j¨®venes con un m¨®vil como los que registraron los agentes con sus c¨¢maras¡ª, y que las discrepancias surge de la calificaci¨®n jur¨ªdica de lo ocurrido. Para la acusaci¨®n particular, los polic¨ªas cometieron un delito de allanamiento de morada, mientras que para la defensa insiste que la entrada en el piso estuvo justificada para poner fin a un delito flagrante de desobediencia grave de los participantes en la fiesta, que se negaron a abrir la puerta e identificarse.
El juez se?ala que, despu¨¦s de que la Audiencia Provincial de Madrid descartase ¡°contundentemente¡± que los j¨®venes hubieran cometido ning¨²n delito, solo se puede concluir que en la actuaci¨®n de los agentes ¡°hay s¨®lidos indicios de la concurrencia del delito de allanamiento¡±. No obstante, recuerda que debe ser finalmente ¡°el tribunal sentenciador quien realice la calificaci¨®n definitiva de los hechos¡± y si, finalmente, existi¨® un delito flagrante que justificase la actuaci¨®n policial o un error de apreciaci¨®n de los agentes. En este sentido, el magistrado cita una sentencia del Tribunal Supremo del pasado 15 de enero en la que absolvi¨® a unos guardias civiles que penetraron en una vivienda al considerar que sus moradores estaban cometiendo un delito flagrante cuando finalmente no era as¨ª al considerar que los agentes se equivocaron al valorar lo que ocurr¨ªa.
En su declaraci¨®n ante el juez del pasado viernes, los polic¨ªas insistieron en que, seg¨²n su criterio, la casa en la que irrumpieron no ten¨ªa car¨¢cter de morada pues, seg¨²n hab¨ªan denunciado otros vecinos del inmueble, se trataba de un piso tur¨ªstico que se utilizaba de jueves a domingo para celebrar fiestas ilegales. Tambi¨¦n alegaron que consideraban que se pod¨ªa estar produciendo un posible delito de lesiones por las molestias a uno de los vecinos que estaba enfermo y no pod¨ªa descansar, adem¨¢s de tener en cuenta que hab¨ªa un riesgo para la salud p¨²blica porque en el interior hab¨ªa personas no convivientes, con el consiguiente peligro de expansi¨®n del coronavirus. Asimismo relataron que de las 14 personas que hab¨ªa dentro de la vivienda, cinco de ellos hab¨ªan intentado salir, pero que, seg¨²n se escuchaba a trav¨¦s de la puerta, el resto no les dejaba. Los agentes dedujeron que se les pod¨ªa estar reteniendo en contra de su voluntad. ¡°Era la ¨²nica forma de poner fin al delito¡±, recalcaron.
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