El Consejo de Europa insta a Espa?a a cambiar ¡°sin demora¡± el sistema de elecci¨®n del Poder Judicial
El Grupo de Estados contra la Corrupci¨®n pide que se elimine la intervenci¨®n de los pol¨ªticos en el nombramiento de los vocales jueces
El Grupo de Estados contra la Corrupci¨®n (Greco), dependiente del Consejo de Europa, ha publicado este jueves su ¨²ltimo informe sobre el cumplimiento de las recomendaciones que ha ido haciendo en los ¨²ltimos a?os a cada Estado miembro para la prevenci¨®n de la corrupci¨®n en el ¨¢mbito parlamentario, la judicatura y la Fiscal¨ªa. Y el mayor reproche se lo lleva de nuevo la duda de ¡°politizaci¨®n¡± que recae sobre el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). El organismo insta a Espa?a a modificar ¡°sin demora¡± el sistema de elecci¨®n de los 12 vocales jueces para que sean ¡°elegidos por sus pares¡± y que el poder pol¨ªtico no participe ¡°en ninguna etapa¡± del proceso.
El Greco es un organismo creado en 1989 para mejorar la capacidad de sus miembros para luchar contra la corrupci¨®n y en el que est¨¢n representados los 47 pa¨ªses que pertenecen al Consejo de Europa y Estados Unidos. Su ¨²ltimo informe llega en pleno debate pol¨ªtico por el bloqueo en la renovaci¨®n del ¨®rgano de gobierno de los jueces, pendiente desde diciembre de 2018 y que en las ¨²ltimas semanas se ha visto recrudecido por la negativa del PP a sentarse a negociar si el PSOE no acepta su propuesta para el sistema de elecci¨®n de los vocales jueces. La recomendaci¨®n que ahora vuelve a poner sobre la mesa el Consejo de Europa coincide con la de los populares en que sean los jueces quienes elijan a sus representantes, pero el Greco no marca c¨®mo debe hacerse esa selecci¨®n.
Espa?a, seg¨²n recoge el informe, ha defendido ante el organismo internacional ¡°la legitimidad y el car¨¢cter democr¨¢tico¡± del actual m¨¦todo de selecci¨®n: la designaci¨®n de los 20 vocales (12 jueces y 8 juristas de reconocido prestigio) requiere ¡°un amplio consenso del Parlamento¡± a trav¨¦s de una mayor¨ªa de tres quintos; y, en cualquier caso, los candidatos a miembros judiciales son preseleccionados por los propios jueces (cualquier juez en activo puede presentar su candidatura si cuenta con el apoyo de 25 jueces o de una asociaci¨®n judicial) y el Parlamento tiene que elegir a los 12 vocales de entre los integrantes de esa lista. Pero al Greco no le convencen esas explicaciones y advierte que la informaci¨®n facilitada por Espa?a ¡°no aporta nada nuevo¡± a lo que ya se hab¨ªa analizado en el anterior informe. ¡°Hoy, la situaci¨®n es exactamente la misma, y las preocupaciones expresadas por Greco a la luz de ello contin¨²an igual, si no m¨¢s, que antes¡±, a?ade el texto, que lamenta que ¡°cada vez que se ha llevado a cabo una renovaci¨®n del CGPJ, se han expresado recelos sobre la negociaci¨®n pol¨ªtica y para el nombramiento de puestos judiciales clave¡±.
Seg¨²n el organismo, uno de los objetivos principales de un consejo judicial es ¡°salvaguardar la independencia del poder judicial, tanto en apariencia como en la pr¨¢ctica¡±, y en el caso de Espa?a, sostienen los expertos, ha ocurrido ¡°todo lo contrario¡±. El informe recuerda ¡°las normas aplicables del Consejo de Europa¡± respecto a la elecci¨®n a los miembros judiciales de los consejos judiciales: ¡°cuando existe una composici¨®n mixta de los consejos judiciales, para la selecci¨®n de los miembros judiciales, se aconseja que estos sean elegidos por sus pares (siguiendo m¨¦todos que garanticen la representaci¨®n m¨¢s amplia del poder judicial en todos los niveles) y que las autoridades pol¨ªticas, como el Parlamento o el poder ejecutivo, no participen en ninguna etapa del proceso de selecci¨®n¡±.
El organismo ¡°insta a las autoridades a que apliquen sin demora la recomendaci¨®n¡±, y que, al hacerlo, ¡°se consulte al poder judicial y que tenga voz en las decisiones clave relativas a su funcionamiento y a sus prioridades¡±. El informe aboga adem¨¢s por que los debates necesarios con otros poderes del Estado para cambiar el m¨¦todo de elecci¨®n se celebren ¡°en un clima de respeto mutuo y tener especialmente en cuenta la preservaci¨®n de la independencia y la imparcialidad del poder judicial¡±.
El informe publicado este jueves contiene tambi¨¦n otra recomendaci¨®n que el Greco solo considera ¡°parcialmente cumplida¡±: que se establezcan por ley criterios objetivos y requisitos de evaluaci¨®n para el nombramiento de los puestos superiores de la judicatura, por ejemplo, los presidentes de las audiencias provinciales, tribunales superiores de justicia, Audiencia Nacional y magistrados del Tribunal Supremo, con el fin de que estos nombramientos ¡°no pongan en tela de juicio la independencia, imparcialidad y transparencia de este proceso¡±. Los expertos admiten que ha habido importantes avances para mejorar la transparencia y la rendici¨®n de cuentas en estos procesos, como la obligaci¨®n de motivar los nombramientos discrecionales y la publicaci¨®n de toda la informaci¨®n sobre cada procedimiento en la p¨¢gina web del Consejo, pero considera que ¡°pueden adoptarse medidas adicionales¡±. ¡°Ha llegado el momento de racionalizar los requisitos y procedimientos aplicables en este ¨¢mbito a trav¨¦s de nuevas medidas legislativas/reglamentarias¡±, se?ala el informe.
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