La Fiscal¨ªa vuelve a oponerse a que se admitan los avales de la Generalitat por los gastos del ¡®proc¨¦s¡¯
El fiscal argumenta que el recurso de las defensas debe rechazarse porque no se ha producido indefensi¨®n en el expediente
La Fiscal¨ªa ha pedido al Tribunal de Cuentas que rechace los recursos presentados por los l¨ªderes del proc¨¦s contra el auto por el que la delegada instructora inadmiti¨® la utilizaci¨®n de los avales de la Generalitat como f¨®rmula de aseguramiento de las fianzas que se les exigen. Dichas fianzas, por una suma de 5,4 millones de euros, les fueron impuestas a 34 ex altos cargos y funcionarios de la Administraci¨®n catalana por los gastos realizados para la promoci¨®n del proyecto independentista en el extranjero.
La raz¨®n fundamental por la que la Fiscal¨ªa se opone a que prospere la utilizaci¨®n de los avales, concedidos por el Institut Catal¨¤ de Finances (ICF), reside en que su denegaci¨®n no supone indefensi¨®n alguna para los investigados ni implica que hayan dejado de realizarse diligencias que hubieran propuesto. A juicio del fiscal, el art¨ªculo 48.1 de la Ley de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas solo permite recurrir contra la resoluci¨®n de la delegada instructora por alguna de las dos causas mencionadas, que no se dar¨ªan en este caso.
Los recursos de las defensas ¡ªdice el informe del fiscal, al que EL PA?S ha tenido acceso¡ª ¡°resultan ajenos a los motivos que facultan para la interposici¨®n del recurso del art¨ªculo 48.1 (¡), lo que obliga a la desestimaci¨®n de todos ellos¡±. Lo que la Fiscal¨ªa le pide a la Sala de Justicia del Tribunal de Cuentas es, por tanto, que ¡°confirme¡± la resoluci¨®n denegatoria de los avales, dictada por la delegada instructora.
La denegaci¨®n de los avales se bas¨® en que la instructora del expediente, Esperanza Garc¨ªa, consider¨® que los investigados hab¨ªan actuado con dolo ¡ªvoluntad clara¡ª o imprudencia grave en el manejo de fondos de la Generalitat para promover el proc¨¦s en el exterior. Su tesis fue que los avales no pod¨ªan amparar este tipo de conductas.
El auto de la instructora afirmaba en este sentido que la propia ley catalana que regul¨® los avales exclu¨ªa cubrir los casos de actuaciones dolosas o negligentes. Las defensas, a su vez, cuestionaron en sus recursos que se pueda entrar en este tipo de valoraciones sobre el grado de culpabilidad de los investigados, cuando de lo que se trata es de afianzar la cantidad que se les reclama. Es dudoso, por otra parte, que el Tribunal de Cuentas vaya a resolver sobre los avales antes de que tomen posesi¨®n sus nuevos miembros.
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