El presidente del Constitucional: ¡°El tribunal debe alejarse de la la refriega pol¨ªtica¡±
Pedro Gon¨¢zlez-Trevijano cree que PP y PSOE pueden llegar a un acuerdo que desbloquee el Consejo del Poder Judicial y permita renovar el propio tribunal de garant¨ªas en junio
El presidente del tribunal de garant¨ªas, Pedro Gonz¨¢lez-Trevijano, ha defendido este jueves que ¡°el Tribunal Constitucional debe alejarse de la refriega pol¨ªtica¡±. Trevijano ha pronunciado estas palabras durante una conferencia sobre la Carta Magna celebrada en el Instituto de Emprendimiento Avanzado, en la que ha sostenido que ¡°no es bueno dictar las sentencias como respuesta r¨¢pida¡± a los conflictos planteados. Ha a?adido, adem¨¢s, que ¡°hay que distanciarse¡±, citando expresamente la idea de uno de sus antecesores en el cargo, Francisco Tom¨¢s y Valiente, para quien ¡°el Constitucional resuelve asuntos pol¨ªticos, pero con criterios jur¨ªdicos¡±. Y que para hacerlo ¡°hay que ver los problemas con perspectiva, y al mismo tiempo sin dilaciones indebidas¡±, porque ¡°tenemos que dar respuesta en tiempos razonables¡±.
En cuanto a la posibilidad de que la falta de acuerdo para renovar el Consejo del Poder Judicial dificulte tambi¨¦n la renovaci¨®n del Constitucional que corresponde hacer el pr¨®ximo mes de junio, Trevijano ha afirmado: ¡°Es una cuesti¨®n que me ocupa, pero tampoco me quita el sue?o. Las instituciones se respetan, y se respetan cuando se hace el esfuerzo de renovarlas, y se renuevan en tiempo y forma. No soy un pesimista antropol¨®gico. Creo que las cosas son susceptibles de arreglarse, y creo en el consenso, el compromiso y el esfuerzo, y estoy convencido de que las formaciones pol¨ªticas intentar¨¢n un acuerdo para renovar el Consejo General del Poder Judicial pronto y en lo que pueda afectar a la inmediata renovaci¨®n del Tribunal Constitucional¡±. En junio debe producirse el nombramiento de cuatro nuevos magistrados, dos por parte del Gobierno y otros dos por parte del ¨®rgano de gobierno de los jueces.
Sobre la controversia en torno a las recusaciones de magistrados, Trevijano ha sostenido que las Cortes constituyentes quisieron que el tribunal tuviera sensibilidades distintas. Por eso, ha explicado, intervienen en sucesivas renovaciones el Gobierno, el Parlamento y el Consejo General del Poder Judicial. ¡°Es imposible que todos los catedr¨¢ticos pensemos lo mismo del modelo auton¨®mico, por ejemplo. Esas sensibilidades diferentes se concentran en el tribunal y se reflejan en el sistema de elecci¨®n de sus miembros. La sociedad espa?ola es plural, y el tribunal tambi¨¦n. Que todos los magistrados pens¨¢ramos igual ser¨ªa pernicioso. La falta de unanimidad no debe llamar la atenci¨®n¡±, ha aseverado.
El presidente del Constitucional subray¨® tambi¨¦n que los sucesivos jefes de Gobierno, hasta Jos¨¦ Luis Rodr¨ªguez Zapatero, no impulsaron reformas de la Carta Magna. Ha recordado que Zapatero pidi¨® un informe del Consejo de Estado sobre esta cuesti¨®n, y que se pens¨® recoger en el texto el derecho comunitario, y la eliminaci¨®n de la discriminaci¨®n de la mujer en la sucesi¨®n a la jefatura del Estado. ¡°El constituyente acept¨® lo que hab¨ªa sido el modelo tradicional espa?ol, que implicaba la supeditaci¨®n, en igualdad de grado, al var¨®n. La atenci¨®n se centr¨® en construir una Monarqu¨ªa parlamentaria. Si se revisa la Constituci¨®n, se eliminar¨¢ esa discriminaci¨®n, nadie lo duda¡±.
Trevijano ha considerado que el derecho constitucional ¡°no puede anquilosarse¡±. Lo deseable, ha proseguido, es encontrar un punto de equilibrio entre las mejores l¨ªneas de una Constituci¨®n y que pueda acomodarse a su tiempo, ¡°para ser capaz de adaptarse el texto a nuevas exigencias¡±. A lo que ha a?adido: ¡°Se dice que la Constituci¨®n es p¨¦trea. Y es cierto, pero matizable. Tiene una justificaci¨®n. Los espa?oles hemos tenido una idea taumat¨²rgica de las Constituciones. Abrir esa caja de pandora siempre ha suscitado muchas dudas. La Constituci¨®n fue imprecisa, para permitir el consenso. Quedaron muchos preceptos abiertos, y se ha ido desarrollando con las leyes org¨¢nicas y las sentencias del Constitucional¡±.
En todo caso, ha destacado que ¡°la Constituci¨®n del 78 nos introdujo en la modernidad constitucional, con dos rasgos esenciales¡±. Y ha a?adido, para explicarlo, que el texto ¡°reconoce los derechos fundamentales y el principio de separaci¨®n de poderes. En ello es ejemplar. Y los derechos fundamentales se recogen de forma muy prolija y detallada¡±. Fue el resultado de que se impusiera ¡°la tesis de que el contexto pol¨ªtico requer¨ªa prestar una atenci¨®n primigenia a dichos derechos, a los que la Constituci¨®n dedica casi una cuarta parte de su contenido¡±.
Trevijano ha subrayado tambi¨¦n que ¡°cuando se inste la reforma de la Constituci¨®n, hay otras materias posibles¡±, y ha citado como ejemplo ¡°la modificaci¨®n del Senado¡±, para darle el car¨¢cter de c¨¢mara de representaci¨®n territorial. Y ha auspiciado otras reformas ¡°de muy diferente calado¡±. Se ha preguntado, a este respecto, ¡°?por qu¨¦ se decidi¨® un Constitucional con 12 magistrados y no con 13?¡±. Y se ha respondido que el problema que quer¨ªa se?alar es que ¡°con una composici¨®n paritaria del tribunal, parece que una sentencia que se resuelve por el voto de calidad la ha decidido en realidad el presidente, al dirimir el empate¡±.
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