El Congreso ultima la derogaci¨®n del voto rogado
El pleno del Parlamento aprobar¨¢ su eliminaci¨®n el 9 de junio tras su aprobaci¨®n en la Comisi¨®n Constitucional con el voto a favor de PSOE, PP, Vox, UP, Cs y PNV y la abstenci¨®n de ERC, Bildu y Junts
El pleno del Congreso aprobar¨¢ el 9 de junio la derogaci¨®n del voto rogado que ha convertido en una carrera de obst¨¢culos burocr¨¢tica ejercer el derecho al voto a los 2,2 millones de espa?oles residentes en el exterior. La Comisi¨®n Constitucional del Parlamento aprob¨® el mi¨¦rcoles la reforma de la ley electoral que pone fin a la obligaci¨®n de tener que pedir el voto con antelaci¨®n para participar en los procesos electorales desde el extranjero vigente desde 2011 con el voto a favor de PSOE, PP, Vox, Unidas Podemos, Ciudadanos y PNV y la abstenci¨®n de ERC, Bildu y Junts. Tras su aprobaci¨®n en el pleno, como requiere al tratarse de una ley org¨¢nica, continuar¨¢ su tramitaci¨®n en el Senado. La previsi¨®n es que se publique en el Bolet¨ªn Oficial del Estado (BOE) en oto?o.
La supresi¨®n del requisito de tener que solicitar o rogar el voto permitir¨¢ que todos los espa?oles residentes en otros pa¨ªses ¡°reciban la documentaci¨®n de oficio en su domicilio¡±, establece el dictamen aprobado sin el rechazo de ning¨²n partido. As¨ª mismo, el uso opcional de una papeleta que podr¨¢ descargarse telem¨¢ticamente permitir¨¢ adelantar los plazos de env¨ªo de la documentaci¨®n electoral. De esta forma se facilitar¨¢ que los electores reciban la documentaci¨®n en plazo, ¡°a diferencia de lo que ha venido sucediendo hasta ahora en muchos casos¡± seg¨²n se reconoce en el texto aprobado, al ser posible el env¨ªo de la documentaci¨®n antes de la proclamaci¨®n de las candidaturas y la resoluci¨®n de las impugnaciones.
La reforma se completa adem¨¢s con una ampliaci¨®n de tres a siete d¨ªas de los plazos para el dep¨®sito del voto en urna y mantiene la posibilidad de enviar el voto por correo postal a la Oficina Consular correspondiente en caso de que el elector no pueda acudir a votar en la dependencia habilitada al efecto.
Otra novedad es que se ampl¨ªa el plazo para la apertura de los votos emitidos desde el extranjero de tres a cinco d¨ªas, ¡°retrasando en el mismo intervalo el plazo del escrutinio general¡±. ¡°Esta medida es imprescindible si se quiere que el esfuerzo de participaci¨®n democr¨¢tica de nuestros conciudadanos en el extranjero sea tomado en consideraci¨®n, pues el plazo actual de tres d¨ªas desde la fecha de la votaci¨®n hasta la de apertura de los votos remitidos desde el extranjero se ha demostrado insuficiente para garantizar la recepci¨®n de esos votos¡±, remarca el dictamen.
Por ¨²ltimo, se refuerza ¡°como medida de garant¨ªa¡± el sistema de identificaci¨®n de los votantes en el caso de voto por correo. Seg¨²n estipula el dictamen, ¡°continuar¨¢ siendo obligatorio¡± incluir en el sobre dirigido a la Junta Electoral correspondiente, junto al sobre de votaci¨®n, una fotocopia del pasaporte o del Documento Nacional de Identidad expedidos por las autoridades espa?olas o, en su defecto, la certificaci¨®n de inscripci¨®n en el Registro de Matr¨ªcula Consular expedida por la Oficina Consular de Carrera o la Secci¨®n Consular de la Misi¨®n Diplom¨¢tica de Espa?a en el pa¨ªs de residencia, como en su d¨ªa propuso la Junta Electoral Central.
La combinaci¨®n del voto rogado y de los plazos previstos en la normativa electoral se ha traducido en una reducci¨®n muy significativa en los niveles de participaci¨®n de los electores residentes en el extranjero. En el caso de las elecciones generales celebradas en 2011, 2015, 2016 y 2019, menos del 10% de los electores solicitaron o rogaron el voto como consecuencia de la complejidad del procedimiento. En las ¨²ltimas elecciones generales (noviembre de 2019), los electores que solicitaron la documentaci¨®n en la cita de abril ¡ª8,69%- no tuvieron que reiterar su solicitud y, con la acumulaci¨®n de las nuevas solicitudes, se alcanz¨® el porcentaje del 10,61% de solicitudes sobre el censo de residentes ausentes de Espa?a (CERA). Estas cifras contrastan con los datos medios de participaci¨®n en elecciones generales por parte de los residentes en el extranjero antes de la aprobaci¨®n de la reforma de 2011 durante el Gobierno de Jos¨¦ Luis Rodr¨ªguez Zapatero, que oscilaban entre el 22,99% de los comicios del 2000 y el 31,88% de 2008.
El dictamen resalta la gravedad de c¨®mo en el caso de las elecciones generales los niveles de participaci¨®n se sit¨²an entre el 4,73 y el 6,8%: ¡°Es decir, que entre un tercio y la mitad de los electores que solicitaron o rogaron el voto en los comicios de 2011, 2015, 2016 y 2019, finalmente no ejercieron su derecho de voto, en muy buena medida porque no recibieron la documentaci¨®n electoral a tiempo o porque se registraron incidentes en el env¨ªo posterior de sus votos por correo postal a las Oficinas Consulares¡±.
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